Resolución N° 000315 de la Gaceta Ambiental ANLA, 28-02-2024 - Normativa - VLEX 1027570649

Resolución N° 000315 de la Gaceta Ambiental ANLA, 28-02-2024

Fecha28 Febrero 2024
Número de resolución000315
Fecha de publicación18 Marzo 2024
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 000315
(28 FEB. 2024)
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POR LA CUAL SE ACEPTAN UNAS ACTIVIDADES EN EL MARCO DEL PLAN
DE INVERSIÓN FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES”
EL ASESOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES –
ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en el Decreto-ley 3573 del 27 de
septiembre de 2011, las competencias establecidas en la Ley 99 de 1993, los
Decretos 1076 del 26 de mayo de 2015 y 376 de 11 de marzo de 2020 del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Resolución 669 del 14 de abril
de 2020, la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la ANLA, Resolución
2795 de 25 de noviembre de 2022 de la ANLA y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución 1469 del 29 de julio de 2009 el entonces Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Sostenible MAVDT hoy Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, otorgó Licencia Ambiental a la sociedad ECOPETROL S.A.,
para el proyecto Área de Perforación Exploratoria Hechicera, ubicada en jurisdicción
del municipio de Puerto Lleras en el departamento de Meta.
Que mediante la Resolución 0915 del 28 de mayo de 2019, la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales aceptó el acogimiento al decreto 2099 de 2016,
modificado por el Decreto 075 del 20 de enero de 2017 y el Decreto 1120 del 29 de
junio de 2017 compilados en el Decreto 1076 de 2015.
Que mediante el Auto 9382 del 31 de octubre de 2019, esta Autoridad efectuó
seguimiento a la inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto “APE
Hechicera”.
Que mediante el Auto 3689 del 27 de mayo de 2021, esta Autoridad efectuó
seguimiento y control ambiental al proyecto.
Que mediante la Resolución 00949 del 02 de junio de 2021 esta Autoridad efectuó
modificación a la Resolución 1469 del 29 de julio de 2009, en el sentido de aprobar
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Por la cual se aceptan unas actividades en el marco del Plan de Inversión forzosa de no menos del 1% y se
dictan otras disposiciones”
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el acogimiento al porcentaje incremental de la base de liquidación de la inversión
forzosa de no menos del 1% contemplado en el Artículo 321 de la Ley 1955 del 25
de mayo de 2019.
Que mediante el Auto 4216 del 15 de junio de 2021, esta Autoridad efectuó
seguimiento y control ambiental de las obligaciones referentes a la Inversión
Forzosa de no menos del 1%.
Que mediante la Resolución 1377 del 6 de agosto de 2022, esta Autoridad resuelvió
el Recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 949 del 2 de junio
de 2021.
Que mediante el Acta de Reunión de Control y Seguimiento Ambiental 673 del 29
de septiembre de 2022, esta Autoridad efectuó seguimiento al proyecto Área de
Perforación Exploratoria Hechicera.
Que mediante la Resolución 02759 del 22 de noviembre de 2022, esta Autoridad
aceptó el desistimiento de la línea de proyecto/programa “Capacitación ambiental
para la formación de promotores de la comunidad”, establecida con el Artículo
Décimo Tercero de la Resolución 1469 del 29 de junio de 2009, acorde con lo
presentado por la sociedad ECOPETROL S.A. en el radicado 2022008925-1-000
de 24 de enero de 2022.
Que mediante el Acta de Reunión de Control y Seguimiento Ambiental No. 784 del
03 de noviembre de 2023, esta Autoridad efectuó seguimiento al proyecto Área de
Perforación Exploratoria Hechicera y se establecieron algunos requerimientos.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES.
El Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el presidente de la República
en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f) del
artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998, con
autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hará parte del
Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, conforme con lo
establecido en el artículo 2 del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, es
la entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de
licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de
tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.
De acuerdo con la función establecida en el numeral 1 del artículo 3º del citado
Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, a la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales-ANLA le corresponde otorgar o negar las licencias, permisos
y trámites ambientales de su competencia, de conformidad con la ley y los

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