Resolución N° 000541 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 23-12-2020 - Normativa - VLEX 877432730

Resolución N° 000541 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 23-12-2020

Fecha23 Diciembre 2020
Número de resolución000541
Tipo de documentoResolución
REPUBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLANTICO CRA
RESOLUCIÓN No. DE 2020
“POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y SE
APRUEBA EL PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA A LA SOCIEDAD VILTAGRO
S.A.S. FINCA VILLA VALE, UBICADA EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE CANDELARIA EN EL
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO.”
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El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., en uso de sus
facultades legales contenidas en la Ley 99 de 1993, teniendo en cuenta la Constitución Política,
Resolución N°36 de 2016, Resolución N°359 de 2018, demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Que mediante Radicado No. 3089 de 7 de mayo de 2020 la sociedad VILTAGRO S.A.S. -Finca
Villa Vale, identificada con NIT 900.838.377-3, a través de su Representante Legal el señor
Orlando Alberto Villa Lora con cédula de ciudadanía No. 77190761, solicita ante la
CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO CRA una concesión de aguas
superficiales, proveniente del Río Magdalena, exactamente en las siguientes coordenadas
geográficas: Latitud: 10º29’44,66” N y Longitud: 74º48’52,43” O.
Que anexo a la mencionada solicitud se presentó la siguiente documentación:
Formato único nacional de solicitud de concesión de aguas superficiales;
Certificado de existencia y representación legal de VILTAGRO S.A.S.;
Certificado de tradición de matrícula inmobiliaria N°045-55015;
Certificado de uso del suelo predio identificado con matrícula inmobiliaria N°045-555015;
Cantidad de agua que se desea utilizar en litro por segundo;
Información sobre la destinación que se le dará al agua;
Información sobre los sistemas que se adoptarán para la captación, derivación, conducción,
restitución de sobrantes, distribución y drenaje, y sobre las inversiones, cuantía de estas y
término en el cual se van a realizar;
Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua;
Planos de localización del predio.
Que por medio del Auto No. 425 de 2020 la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL
ATLÁNTICO CRA inicia el trámite de Concesión de Aguas superficiales a la sociedad VILTAGRO
S.A.S. -Finca Villa Vale.
Que a través de los Radicados No. 6435 del 10 de septiembre de 2020 y 6517 del 11 de
septiembre de 2020 la empresa VILTAGRO S.A.S. entregó copia del soporte de pago de los
servicios de evaluación ambiental y copia de la publicación de la parte dispositiva del Auto No.
425 de 2020.
Que para efectos de determinar la viabilidad de la solicitud, personal de esta Corporación evaluó
la documentación presentada y realizó visita de inspección técnica el día veinticinco (25) de
septiembre de 2020, al predio objeto de la solicitud, emitiendo el Concepto Técnico No. 429 del
23 de noviembre de 2020, el cual se sintetiza así:
II. CONCEPTO TÉCNICO N°429 DEL 23 DE NOVIEMBRE DE 2020.
II.I MEMORANDO No. 2855 de 31/05/2019.
Por medio del anterior documento la Subdirección de Planeación de la CORPORACIÓN
AUTONOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO CRA emit un concepto sobre la zonificación
establecida de acuerdo con el POMCA y al EOT, para el predio donde se ubica la empresa
Viltagro S.A.S. Finca Villa Vale. A continuación, se resumen las conclusiones:
(…)
El predio objeto de estudio desde el punto de vista de planificación se encuentra localizado en la
Cuenca del Complejo de Humedales de la Vertiente Occidental del Río Magdalena el cual está en
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REPUBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLANTICO CRA
RESOLUCIÓN No. DE 2020
“POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES Y SE
APRUEBA EL PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA A LA SOCIEDAD VILTAGRO
S.A.S. FINCA VILLA VALE, UBICADA EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE CANDELARIA EN EL
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO.”
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proceso de Ordenación, conforme a la declaratoria realizada mediante Acuerdo No. 001 del 27 de
noviembre del 2009. A la fecha NO se cuenta con POMCA adoptado para esta cuenca.
De acuerdo con el análisis de predio arrojó que se encuentra bajo el Escenario de Compensación
asociado con el Escenario II Prioridades de Conservación y Plan Nacional de Restauración, Escenario
III Conectividad Ecológica Regional, exclusión y otras áreas no priorizadas. En relación con la
resolución No. 799 de 2015, en donde la Corporación adoptó el portafolio de áreas prioritarias para la
conservación de la Biodiversidad como herramienta para la asignación de compensaciones
obligatorias y voluntarias en el Departamento del Atlántico y las Acciones de Compensación son: Otras
áreas No Priorizadas.
De acuerdo con el análisis realizado al predio con respecto a la existencia de las áreas protegidas
declaradas y propuestas por la Corporación, el portafolio de áreas protegidas del SIRAP y sitios
RAMSAR áreas de manejo especial o límites de Parques Naturales Nacionales y/o Regionales, se
evidencia que NO existe afectación del predio sobre las denominaciones anteriormente señaladas.
De acuerdo con la evaluación realizada en el área del predio en relación con la susceptibilidad de
amenazas existentes (Inundación, Erosión, Incendios Forestales, Remoción en Masa y Sismo). A
continuación, se presenta un resumen de la evaluación realizada:
FENÓMENO NATURAL
CATEGORÍA DE AMENAZA
Erosión
Moderada y Moderadamente Baja
Remoción en masa
Baja y Moderadamente Baja
Inundación
Alta
Incendios Forestales
Alta, Moderada y Moderadamente baja
Sismicidad
Moderadamente baja
(…)”
II.II EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD DE CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES:
“(…) OBSERVACIONES DE CAMPO. ASPECTOS TÉCNICOS VISTOS DURANTE LA VISITA:
Durante la visita se realizó un recorrido por los alrededores de la empresa Viltagro S.A.S. Finca Villa Vale,
ubicada en jurisdicción del Municipio de Candelaria, obteniendo siguiente información:
En la Finca se está desarrollando la cría, levante y engorde de cerdos para consumo humano y un
cultivo de 50 hectáreas de palma de aceite. La explotación porcícola se compone de 5 galpones
que ocupan un área de aproximadamente 1.800 m2, divididos en una zona de cría, zona de
gestación, zona de precebo y zona de ceba. cada zona está construida con pisos de cemento,
techo de zinc y paredes de bloques de cemento.
En la finca se pretende captar agua de un brazo del rio Magdalena, en el punto localizado en las
siguientes coordenadas:
Latitud: 10º29’44,66” N
Longitud: 74º48’52,43” O
El agua del brazo del rio Magdalena se captará empleando una bomba centrifuga con potencia de
35 HP y se conducirá con tubería PVC de 4 pulgadas hacia un reservorio construido en la Finca
Villa Vale, ubicada a aproximadamente 3,5 kilómetros del punto de captación. En el reservorio el
agua será conducida hacia el sistema de riego del cultivo de palma de aceite, empleando la bomba
centrifuga con potencia de 35 HP. Asimismo, se conducirá hacia la explotación porcina empleando
una bomba eléctrica con potencia de 3 HP.
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