RESOLUCIÓN N° 00181 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-01-2021 - Normativa - VLEX 873834784

RESOLUCIÓN N° 00181 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-01-2021

Fecha de publicación10 Febrero 2021
Número de resolución00181
Número de expedienteLAM6765-00
Fecha20 Enero 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00181
( 20 de enero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para las especies Caiman crocodilus fuscus
(Babilla) y Crocodylus acutus (Caimán) y se adoptan otras determinaciones”
EL ASESOR DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, los Decretos
3573 del 27 de septiembre de 2011, 1076 del 26 de mayo de 2015, 376 y 377 del 11 de marzo de
2020, la Resolución 423 del 12 de marzo de 2020, Resolución 669 del 14 de abril de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 201 del 25 de marzo de 1992, el Instituto Nacional de los Recursos
Naturales Renovables y del Ambiente – INDERENA (en adelante INDERENA), otorgó a la sociedad
ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., licencia para el establecimiento de un zoocriadero en etapa
experimental con las especies Caiman crocodilus fuscus (Babilla) y Boa constrictor (Boa), ubicado en
los predios Los Ángeles y San José, en el municipio de Luruaco, departamento del Atlántico.
Adicionalmente autorizó un grupo parental de Babilla de 2.000 ejemplares, y de Boa para conformar
un pie parental de 100 ejemplares, y otorgó un permiso de caza de fomento para 1.500 Babillas (1.250
hembras y 250 machos) y para 100 Boas (75 hembras y 25 machos).
Que mediante Resolución 306 del 4 de mayo de 1993, el INDERENA modificó el Artículo Primero de
la Resolución 201 del 25 de marzo de 1992, con la que otorgó la licencia para el establecimiento del
zoocriadero, en el sentido de establecer que los 2.000 ejemplares de Babilla autorizados se obtuvieran
del medio natural; en ese sentido, otorgó un permiso de caza de fomento para 500 individuos (250
hembras y 250 machos) adicionales a los concedidos con la citada Resolución.
Que mediante Resolución 877 del 8 de octubre de 1993, el INDERENA amplió a la sociedad
ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., las especies autorizadas con la Resolución 201 del 25 de marzo
de 1992, con las especies Crocodylus acutus (Caimán aguja) e Iguana iguana (iguana). Así mismo: i)
otorgó permiso de caza de fomento para 10 individuos de Crocodylus acutus (7 hembras y 3 machos),
y 1.000 individuos de Iguana iguana (800 hembras-200 machos); ii) aceptó el desistimiento del
programa de zoocría de Boa constrictor (Boa).
Que mediante Resolución 219 del 7 de abril de 1994, el INDERENA otorgó a la sociedad
ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., licencia de funcionamiento por el termino de diez (10) años para
adelantar actividades comerciales con la especie Caiman crocodilus fuscus (Babilla), y otorgó un
primer cupo de aprovechamiento y comercialización correspondiente a la producción del año 1992.
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“Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para las especies Caiman crocodilus fuscus
(Babilla) y Crocodylus acutus (Caimán) y se adoptan otras determinaciones”
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Que mediante Resolución 1399 del 29 de diciembre de 1994, el INDERENA otorgó a la sociedad
ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., cupo de aprovechamiento y comercialización de Babilla,
correspondiente a las producciones de los años 1993 y 1994. También autorizó el aumento y la
inclusión al pie parental de Babilla en 3.000 ejemplares (2.250 hembras y 750 machos), provenientes
de la producción del zoocriadero (Año 1992).
Que mediante Resolución 231 del 15 de julio de 1996, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico
– CRA (en adelante CRA), otorgó al ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., cupo de aprovechamiento
y comercialización de la especie de Caiman crocodilus fuscus, de la producción 1995, en la cantidad
de 39.298 ejemplares.
Que mediante Resolución 23 del 4 de febrero de 1997, la CRA otorgó al ZOOCRIADERO BETLAHEM
LTDA., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la
producción 1996, en la cantidad de 50.983 ejemplares.
Que mediante Resolución 365 del 28 de noviembre de 1997, la CRA estableció el pie parental de la
especie Caiman crocodilus fuscus del ZOOCRIADERO BETLAHEM LTDA., en cantidad de 7.278
individuos (5.451 hembras y 1.827 machos).
Que mediante Resolución 389 del 31 de diciembre de 1997, la CRA otorgó al ZOOCRIADERO
BETLAHEM LTDA., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus
fuscus, de la producción del año 1997, en la cantidad de 46.633 ejemplares.
Que mediante Resolución 145 del 29 de mayo de 1998, la CRA autorizó el aumentó el pie parental de
Caiman crocodilus fuscus (Babilla) con 8 especímenes (1 hembra y 7 machos), así como de Caimán
aguja (Crocodylus acutus) en un individuo (1 hembra).
Que mediante Resolución 72 del 31 de marzo de 1999, la CRA estableció que, para todos los efectos
de la Resolución 201 del 25 de marzo de 1992, se tuviera como beneficiario a la sociedad CI
ZOOCRIADERO BETLAHEM S.A.
Que mediante Resolución 230 del 27 de agosto de 1999, la CRA otorgó a la sociedad CI
ZOOCRIADERO BETLAHEM S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie
Caiman crocodilus fuscus, correspondiente a la producción 1998, en la cantidad de 31.246 ejemplares.
Que mediante Resolución 195 del 1 de agosto de 2000, la CRA otorgó a la sociedad CI
ZOOCRIADERO BETLAHEM S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie
Caiman crocodilus fuscus, de la producción 1999, en la cantidad de 42.496 ejemplares.
Que mediante Resolución 422 del 7 de septiembre de 2001, la CRA otorgó a la sociedad CI
ZOOCRIADERO BETLAHEM S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de Babilla para la
producción del año 2000, adicionalmente autorizó la nivelación del pie parental de dicha especie, con
254 individuos (174 hembras y 80 machos).
Que mediante Resolución 423 del 7 de septiembre de 2001, la CRA estableció como obligatorio el
cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental al ZOOCRIADERO BETLAHEM S.A., para el aumento del
pie parental de Babilla con 672 individuos, y para la cría de Babilla y Caimán aguja en fase comercial
y experimental respectivamente.
Que mediante Resolución 597 del 26 de diciembre de 2001, la CRA autorizó el incremento del pie
parental en 6 individuos (4 hembras y 2 machos) de la especie Crocodylus acutus (Caimán aguja),
dos ejemplares ingresaron bajo custodia según Acta de Secuestre Depositario de la Corporación.
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“Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para las especies Caiman crocodilus fuscus
(Babilla) y Crocodylus acutus (Caimán) y se adoptan otras determinaciones”
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Que mediante Resolución 2 del 9 de enero de 2002, la CRA estableció que, para todos los efectos
legales de la Resolución 219 del 7 de abril de 1994 (por la que se otorgó la licencia de funcionamiento),
se tuviera como beneficiario a la Sociedad C.I. ZOBEM S.A. (cambio de razón social).
Que mediante Resolución 296 del 26 de septiembre de 2002, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM
S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de Babilla de la producción del año 2001.
Adicionalmente, autorizó el aumento del pie parental de Babilla con 418 ejemplares (341 hembras y
77 machos) provenientes de la producción del zoocriadero de los años 1993 y 1994.
Que mediante Resolución 306 del 24 de septiembre de 2003, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM
S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la
producción 2002, en la cantidad de 46.616 ejemplares.
Que mediante Resolución 38 del 2 de febrero 2004, la CRA “renovó la Licencia Ambiental” otorgada
mediante la Resolución 219 del 7 de abril de 1994 para la fase comercial de la especie Caiman
crocodilus fuscus, y fase experimental de la especie Crocodylus acutus (Caimán aguja), por el término
de duración de la actividad.
Que mediante Resolución 174 del 7 de mayo de 2004, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM S.A.,
cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la producción
2003, en la cantidad de 47.167 ejemplares.
Que mediante Resolución 282 del 29 de junio de 2005, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM S.A.,
cupo de aprovechamiento y comercialización de Babilla de la producción del año 2004. Autorizó,
adicionalmente, un aumento del pie parental de Babilla con 1.646 animales (1.223 hembras y 423
machos) alcanzando un grupo autorizado de 10.000 ejemplares (7.500 hembras y 2.500 machos).
Que mediante Resolución 88 del 31 de marzo de 2006, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM S.A.,
cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la producción
2005, en la cantidad de 53.354 ejemplares.
Que mediante Resolución 82 del 26 de marzo de 2007, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM S.A.,
cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la producción
2006, en la cantidad de 63.385 ejemplares.
Que mediante Resolución 143 del 28 de marzo de 2008, la CRA otorgó al zoocriadero C.I. ZOBEM
S.A., cupo de aprovechamiento y comercialización de la especie Caiman crocodilus fuscus, de la
producción 2007, en la cantidad de 75.523 ejemplares.
Que mediante Resolución 829 del 22 de diciembre de 2008, la CRA autorizó la cesión de la Licencia
Ambiental otorgada a través de la Resolución 38 del 2 de febrero 2004 para el funcionamiento del
zoocriadero con las especies Caiman crocodilus fuscus (Babilla) y Crocodylus acutus (Caimán aguja),
a la sociedad CROCODILUS SKINS LTDA., con NIT. 802.011.039- 3.
Que mediante Resolución 6 del 6 de enero de 2009, la CRA modificó el Artículo Primero de la
Resolución 38 del 2 de febrero 2004, por medio de la cual se renovó la Licencia Ambiental al
zoocriadero C.I. ZOBEM S.A., en el sentido de precisar que la renovación de la Licencia Ambiental
con Resolución 219 del 7 de abril de 1994, se efectuó para el funcionamiento del zoocriadero con la
especie Babilla (Caiman crocodilus fuscus) con un pie parental de 10.000 ejemplares (2.500 machos
y 7.500 hembras) y en consecuencia, adelantar actividades comerciales, así como fase experimental

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