Resolución Nº 002 de Secretaría de Educación del Distrito, 30-01-2024 - 2 de Febrero de 2024 - Registro distrital - Legislación - VLEX 1016363887

Resolución Nº 002 de Secretaría de Educación del Distrito, 30-01-2024

Fecha de publicación02 Febrero 2024
Fecha de emisión30 Enero 2024
EmisorSecretaría de Educación del Distrito
Número de Gaceta7925
RESOLUCIÓN No.002 DE 30 DE ENERO DE 2024
“Por la cual se modifican las Resoluciones No. 5581 de 11 de agosto de 199 7 y 18 033 27 de 27 de noviembre de
2017, a un colegio de naturaleza oficial denominado Colegio La Paz IED.”
Av. Eldorado No. 66 63
PBX: 324 10 00
Fax: 315 34 48
www.sedbogota.edu.co
Información: Línea 195
LA SUSCRITA SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL
DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994 - Ley General de
Educación, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución
2684 de 2019, y la Resolución No. 3079 de 2019,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5 literal I del Decreto 310 de 2022 establece que, corresponde a las funciones del Secretario
de Educación Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en
desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”
Que mediante Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en el/la Subsecretaria de Integración
Interinstitucional la facultad de expedir y modificar Reconocimientos de Carácter Oficial.
Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la
expedición y modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.
Que el 6 de abril de 2006, la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., expidió la Directiva 001 de 2006,
mediante la cual se solicita acatar las disposiciones contenidas en la Resolución 4702 de 2004 “… y por lo
tanto, en adelante el nombre de nuestros establecimientos educativos debe estar precedido por la expresión
Colegio. Dicha denominación deberá aparecer en el papel membreteado, pancartas, vallas, o cualquier
otra presentación oficial del Colegio adicionando debajo del nombre en tamaño menor la expresión
Institución Educativa Distrital o Centro Educativo Distrital, según corresponda.” (sic).
Que el 11 de agosto de 1997, la Secretaría de Educación del Distrito, expidió la Resolución No. 5581
“Mediante la cual se legaliza la existencia de instituciones estatales en el Distrito Capital” en la cual se
decidió:
ARTICULO PRIMERO: Reconocer en las localidades se Santa Fe de Bogotá D.C., las siguientes
instituciones estatales:
LOCALIDAD 18
Centro Educativo Distrital La Paz (Educación Básica) M/T
(…)
Continuación de la Resolución N°.002 de 30 de enero de 2024
Página 2 de 27
“Por la cual se modifican las Resoluciones No. 5581 de 11 de agosto de 199 7 y 18 033 27 de 27 de noviembre de
2017, a un colegio de naturaleza oficial denominado Colegio La Paz IED.”
Av. Eldorado No. 66 63
PBX: 324 10 00
Fax: 315 34 48
www.sedbogota.edu.co
Información: Línea 195
Que el 27 de noviembre de 2017, la Dirección Local de Educación de Rafael Uribe Uribe expidió la
Resolución No. 18 033 - 27 Por la cual se modifica la Resolución No 5581 del 11 de agosto de 1997 del
centro educativo distrital denominado la PAZ C.E.D de la localidad (18) Rafael Uribe Uribe”, en la que se
manifestó:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la Resolución 5581 del 11 de agosto de 1997, en el sentido
de ampliar el servicio educativo al Nivel de Educación Preescolar, Grados (Prejardín, Jardín y
Transición), al establecimiento Educativo oficial denominado Colegio La Paz C.E.D, de propiedad
del Distrito Capital, ubicado en la Diagonal 52 A Sur No 4P 10, Código DANE No 11100178933
ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás artículos de la resolución No 5581 del 11 de agosto de 1997,
no sufre modificación alguna.” (sic)
Que el 28 de junio de 2019, la Secretaría de Educación del Distrito expidió la Resolución No. 1768Por la
cual se autoriza a unas Instituciones Educativas Distritales (IED) para prestar el servicio público educativo
en Jornada Única”, en la que se estableció:
ARTICULO 1º. AUTORIZAR LA JORNADA ÚNICA. Autorizar a las siguientes Instituciones
Educativas Distritales (IED) para que en adelante presten el servicio educativo en Jornada Única
en las sedes, niveles o grados que se mencionan a continuación:
LOCALID
AD
DANE
ESTABLECIMIEN
TO EDUCATIVO
NOMBRE
ESTABLECIMIEN
TO EDUCATIVO
DANE
SEDE
EDUCATIV
A
SEDE
EDUCATI
VA
NIVELES
DE
GRADOS
QUE
INGRES
AN A
JORNAD
A ÚNICA
RAFAEL
URIBE
URIBE
111001078930
LA PAZ (IED)
1110010789
30
LA PAZ
Jardín,
Transició
n y 1
ARTICULO 3º. DURACION DE LA JORNADA ÚNICA. La duración de la Jornada escolar en
las IED que presten el servicio educativo en Jornada Única se encontrará sujeta a lo dispuesto en
el artículo 2.3.3.6.1.6. del Decreto Nacional 1075 de 2015, adicionado por el Decreto 501 de 2016,
y deberá tener en cuenta las disposiciones relacionadas con la jornada laboral de los docentes y
directivos docentes señaladas en los artículos 2.4.3.3.1 y siguientes, y las disposiciones que lo
reformen, adicionen, subroguen, y/o sustituyan.
(…) (sic)

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