Resolución N° 00200 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 13-04-2015 - Normativa - VLEX 877908529

Resolución N° 00200 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 13-04-2015

Número de resolución00200
Año2015
Fecha13 Abril 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL (SINA)
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
CORPONOR
ResotuciónN". I g 0 . t l r ¿"'r1,3 ABR 2015
"Por la cuaf se otorga un permiso Marco de Recolección de especímenes de especrbs
si/vesfres de la diversidad b¡ológ¡ca con fines de investigación científica no comercial "
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conced¡das
por los Decretos 2811 de 1974,la Ley 99 de '1993, Decreto 309 de 2000, y
Decreto 1376 de 2013 v
CONSIDERANDO
Que el Decreto 2811 de 1974 en su artículo 51. disoone oue el derecho de usar los
recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerlo de la ley, perm¡so,
concesión y asociación.
Que el Articulo 31 de la ley 99 de '1993 señala, que las corporac¡ones autónomas
regionales tienen entre sus funciones la de ejercer la función de máxima autor¡dad
amb¡ental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y
conforme a los criterios y directrices trazadas por el ministerio de med¡o ambiente.
Que la misma ley dispone que corresponde a las autoridades ambientales el otorgam¡ento
de los permisos de estudio con fines de investigación c¡entífica.
Que el Decreto 1376 de 2013 en su artículo 1 dispone:" Artículo 1. Objeto. El presente
Decreto tiene por objeto reglamentar el perm¡so de recolección de especímenes de
especles si/vesfres de la d¡vers¡dad biológica con f¡nes de investigación científ¡ca no
comerc¡a\." Y establece además el ámb¡to de aplicación señalando: " El presente decreto
se aplicará a las act¡v¡dades de recolecc¡ón de especímenes de especies silvestres de la
d¡vers¡dad biológ¡ca con fines de investigación científica no comerc¡al, que se real¡ce en el
territoio nacional, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley 13 de 1990 acerca de Ia
competencia de la Autoidad Nac¡onal de Acu¡cultura y Pesca (AUNAP) o la entidad que
haga sus veces, en materia de investigación científica de recursos pesgueros y de las
competenc¡as asignadas por el Decreto 644 de 1990 en lo que concierne a Ia
investigación científica o tecnológ¡ca marina. '
Que de acuerdo a los establecido en el Artículo 6 del Decreto 1376 del 27 de junio de
2013, "Las lnstituciones Nacionales de lnvestigación que pretendan recolectar
especímenes de especrbs s/vesfres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos
de investigación c¡entífica no comercial, deberán sol¡c¡tar a la autoridad ambiental
competente la expedición de un Permiso Marco de Recolección que ampare todos ,os
programas de investigación científica, que real¡cen los invest¡gadores vinculados a Ia
re spect¡va i n stitución".
Que el Permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de investigación científica no comercial es la autorización que otorga la
autoridad ambiental competente para la recolección de especímenes de especies
silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. Este
oerm¡so en adelante se denominará Permiso de Recolección
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