Resolución N° 0025 de la Gobernación del Casanare, 27-01-2023 - Normativa - VLEX 921920071

Resolución N° 0025 de la Gobernación del Casanare, 27-01-2023

Número de resolución0025
Año2023
Fecha27 Enero 2023
EmisorSecretaría de Hacienda
RESOLUCION No.O
0 2 5
-
-.
-:.~DE
2
7
ENE
2023
"Por
la
cual se autoriza
la
operacion de un juego promocional"
3001515
LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE
En
uso
de
las
facultades constitucionales, legales
y
especialmente
las
conferidas
en
la
Resoluci6n
NO.0075
del
26 de
abril de
2021,
Y
CONSIDERANDO
Que
la
competencia para autorizar las rifas de caracter Departamental
y
los juegos
promocionales de que tratan los artfculos 28 y
31
de
la
Ley 643 de 2001, recae en
el
senor
Gobernador de Casanare, competencia que podra ser delegada en
el
Secretario de Hacienda del
departamento, como qued6 establecido en
el
Artfculo
3
de
la
Ordenanza No.024 de 2017 que
rnodifico
el
artfculo 65 de
la
Ordenanza No.016 de 2015.
Que
el
Gobernador del Departamento de Casanare deleg6
la
competencia para autorizar las
rifas de caracter departamental y los juegos promocionales del nivel territorial
a
la
Secreta
ria
de
Hacienda del Departamento de Casanare, mediante Resoluci6n NO.0075 del 26 de abril de 2021.
Que de conformidad con
el
Artfculo 25 del Estatuto Tributario del Departamento de Casanare
"Ordenanza No.016 de 2015", establece que
la
base legal para
el
rnonopolio de los juegos de
suerte y azar
la
constituye
el
artfculo 336 de
la
Constituclon Politica,
la
Ley 643 de 2001
y
sus
decretos reglamentarios, Ley 1393 de 2010,
el
Decreto 4142 de 2011, Decreto 3034 de
2.0n,
Decreto 1350 de 2003
y
dernas normas que
10
modifiquen
0
adicionen.
Que
el
Artfculo 30 del Estatuto Tributario del Departamento de Casanare establece como
modalidades de operacion de juegos de suerte
y
azar explotadas
en
el
Departamento de
Casanare,
la
loterfa tradicional
0
de billetes, apuestas permanentes
0
chance, rifas y juegos
promocionales de circulacion departamental.
Que
el
Artfculo 35 del Estatuto Tributario del Departamento de Casanare establece las
Facultades de fiscalizaci6n sobre los derechos de explotaci6n, asf: "EI Departamento de
Casanare a treves de la Secretaria de Hacienda,
0
quien haga sus veces, tienen amplias
facultades de fiscalizaci6n para asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones a cargo de
los concesionarios
0
destinatarios de autorizaciones para operar juegos de suerte yazar".
Que
la
Ley 643 de 2001 "Regimen Propio del Monopolio Rentistico de los Juegos de Suerte y
Azar" defini6
el
monopolio como
la
facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar,
administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular
y
vigilar todas las modalidades de juegos de
suerte y azar.
Que
el
Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Unico
Reglamentario del Sector Hacienda y Credito Publico" compila toda
la
normatividad que rige
el
monopolio rentfstico de juegos de suerte y azar y especfficamente en los artfculos 2.7.4.1
a
2.7.4.1010 atinente con losjuegos promocionales y
el
Decreto 2104 del 22 de diciembre de 2016
vmodificatorio del Decreto 1068 de 2015.
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I)'
Carrera
20
No.8-02, Cod. Postal 850001, Tel. 6336339,
Ext.
1301-13~~ Yopal, Casanare
·-1·~-6---
www.casanare.gov.co
-
hacienda@casanare.gov.c"

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