RESOLUCIÓN N° 00277 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-02-2021 - Normativa - VLEX 873835478

RESOLUCIÓN N° 00277 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-02-2021

Fecha04 Febrero 2021
Número de resolución00277
Fecha de publicación25 Febrero 2021
Número de expedienteLAV0037-00-2019
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00277
( 04 de febrero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se modifica una licencia ambiental”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, en el Decreto-Ley 3573 de
2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, en el Decreto 1076 de 2015, las
Resoluciones 1690 del 6 de septiembre de 2018 y 1743 del 26 de octubre de 2020, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 2539 del 26 de diciembre de 2019, la Autoridad Nacional de
licencias Ambientales – ANLA, (en adelante esta Autoridad), otorgó a la sociedad UNIÓN
VIAL RÍO PAMPLONITA S.A.S., licencia ambiental para la ejecución del proyecto
denominado “Construcción de la doble calzada Pamplona - Cúcuta Unidades Funcionales
3, 4 y 5 sector Pamplonita Los Acacios”, localizado en los municipios de Pamplonita,
Chinácota, Bochalema y Los Patios, en el departamento del Norte de Santander.
Que mediante Resolución 268 del 17 de febrero de 2020, esta Autoridad resolvió un recurso
de reposición interpuesto por parte del señor Gustavo Enrique Díaz Romero, en su
condición de tercero interviniente en contra de la Resolución 2539 del 26 de diciembre de
2019, resolviendo confirmar en todas sus partes el acto administrativo recurrido.
Que mediante Resolución 744 del 22 de abril de 2020, esa Autoridad aclaró la Resolución
2539 del 26 de diciembre de 2019, en el sentido de aclarar la tabla 4 del numeral 1 del
artículo segundo, en cuanto a la infraestructura y/u obras autorizadas por considerarlas
ambientalmente viables a la sociedad UNIÓN VIAL RÍO PAMPLONITA S.A.S., y el artículo
vigésimo octavo respecto al permiso para la recolección de especímenes de especies
silvestres de la diversidad biológica, , de acuerdo con las características, descritas en la
citada resolución, entre otras disposiciones.
Que mediante Resolución 1705 del 16 de octubre de 2020, esta Autoridad modificó la
Resolución 2539 del 26 de octubre de 2019, en el sentido de adicionar infraestructura y/u
obras que hacen parte del proyecto vial denominado “Construcción de la doble calzada
Pamplona - Cúcuta Unidades Funcionales 3, 4 y 5 sector Pamplonita Los Acacios”.
Que mediante Resolución 2144 del 30 de diciembre de 2020, esta Autoridad aclaró la parte
considerativa de la Resolución 1705 del 16 de octubre de 2020, en el sentido de precisar
que el puente proyectado como paso de fauna es el VIA445, el artículo segundo respecto
a las coordenadas de ocupación de cauce solicitadas para el puente VIA 315, el numeral
2 del artículo quinto en el sentido de corregir el volumen del aprovechamiento forestal
autorizado, y sexto sobre el sistema de referencia de coordenadas, entre otros aspectos.
Que la sociedad UNIÓN VIAL RÍO PAMPLONITA S.A.S., identificada con NIT. 901.082.545-
1, mediante comunicación presentada en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en
Resolución No. 00277 Del 04 de febrero de 2021 Hoja No. 2 de 195
“Por la cual se modifica una licencia ambiental”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
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Línea –VITAL, con radicación ANLA 2020123460-1-000 del 31 de julio de 20201 del 27 de
octubre de 2020, a través de su apoderada, presentó solicitud de modificación de la licencia
ambiental otorgada mediante Resolución 2539 del 26 de diciembre de 2019 para el proyecto
de “Construcción de la doble calzada Pamplona - Cúcuta Unidades Funcionales 3, 4 y 5
sector Pamplonita Los Acacios”, localizado en los municipios de Pamplonita, Chinácota,
Bochalema y Los Patios, en el departamento del Norte de Santander.
Que en la reunión virtual de socialización de los resultados de la Verificación Preliminar de
la Documentación presentada por la sociedad UNIÓN VIAL RÍO PAMPLONITA S.A.S. para
el trámite solicitud de trámite para la modificación de la licencia ambiental del proyecto en
comento, adelantada el día 6 de agosto de 2020, se informó a la sociedad, que el resultado
era APROBADO.
Que la sociedad UNIÓN VIAL RÍO PAMPLONITA S.A.S. presentó el complemento del
Estudio de Impacto Ambiental –EIA del proyecto, acompañado de la documentación
enunciada a continuación:
1. Solicitud de modificación de licencia ambiental suscrita por la abogada Maryury Muñoz
Robles identificada con cédula de ciudadanía número 52.421.486 de Bogotá y T.P.
94.762 del Consejo Superior de la Judicatura, de acuerdo con el poder conferido por el
señor José Luis Vilaplana Ruiz identificado con cédula de extranjería 668085, en calidad
de gerente general y representante legal de acuerdo con el certificado de existencia y
representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá.
2. Poder otorgado a la abogada Maryury Muñoz Robles identificada con cédula de
ciudadanía número 52.421.486 de Bogotá y T.P. 94.762 del Consejo Superior de la
Judicatura, por el señor José Luis Vilaplana Ruiz identificado con cédula de extranjería
668.085, en calidad de gerente general y representante legal de la sociedad UNIÓN VIAL
RÍO PAMPLONITA S.A.S., de acuerdo con el certificado de existencia y representación
legal aportado.
3. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad UNIÓN VIAL RÍO
PAMPLONITA S.A.S. identificada con NIT. 901.082.545-1, expedido por la Cámara de
Comercio de Bogotá, el 29 de julio de 2020.
4. Formulario Único de solicitud o modificación de licencia ambiental.
5. Planos que soportan el EIA, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2182 de
6. Constancia de pago a FONAM-ANLA, por concepto del servicio de evaluación el cual
está relacionado para el presente trámite, de conformidad con la información
suministrada por la Subdirección Administrativa y Financiera de la Entidad.
7. Constancia de pago del 27 de julio de 2020, por concepto de apoyo a la evaluación, a
favor de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR.
8. Constancia de la radicación del complemento del Estudio de Impacto Ambiental –EIA,
ante la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, con
número de radicado 5342 del 31 de julio de 2020.
9. Autorizaciones de intervención arqueológica 7108 del 25 de febrero de 2018 y 8209 del
12 de julio de 2019 y sus respectivos adendos de modificación, expedidos por el Instituto
Colombiano de Arqueología e Historia – ICANH.
10. Certificación número 684 del 13 de julio de 2018 expedida por la Dirección de Consulta
1 Solicitud presentada en la Ventanilla Integrada de Trámites Ambientales en Línea –VITAL, con número
3800090108254520006. Expediente VPD0120-00-2020
Resolución No. 00277 Del 04 de febrero de 2021 Hoja No. 3 de 195
“Por la cual se modifica una licencia ambiental”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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Previa del Ministerio del Interior, la cual certifica que no se presentan comunidades
Indígenas, Minorías, Rom, Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en el área
del proyecto: "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LA DOBLE CALZADA
PAMPLONA CÚCUTA UF 3 – 4 – 5 SECTOR PAMPLONITA – LOS ACACIOS”,
localizado en jurisdicción de los Municipios de Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los
Patios, en el Departamento de Norte de Santander …”.
La mencionada certificación, indica lo siguiente:
PRIMERO: Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Rom y Minorías en
el área del proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LA DOBLE CALZADA
PAMPLONA – CÚCUTA UF 3 – 4 – 5 SECTOR PAMPLONITA – LOS ACACIOS”,
localizado en jurisdicción de los Municipios de Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los
Patios, en el Departamento de Norte de Santander …
(…)
SEGUNDO: Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales o Palenqueras en el área del proyecto "ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
PARA LA DOBLE CALZADA PAMPLONA CÚCUTA UF 3 4 5 SECTOR
PAMPLONITA LOS ACACIOS”, localizado en jurisdicción de los Municipios de
Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los Patios, en el Departamento de Norte de Santander
(…)”
11. Certificación número 1072 del 18 de octubre de 2018 expedida por la Dirección de
Consulta Previa del Ministerio del Interior, la cual certifica que no se presentan
comunidades Indígenas, Minorías, Rom, Negras, Afrocolombianas, Raizales y
Palenqueras en el área del proyecto: "ÁREAS ADICIONALES PARA EL PROYECTO
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LA DOBLE CALZADA PAMPLONA
CÚCUTA UF 3–4–5 SECTOR PAMPLONITA LOS ACACIOS”, localizado en
jurisdicción de los Municipios de Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los Patios, en el
Departamento de Norte de Santander….
La mencionada certificación, indica lo siguiente:
PRIMERO: Que no se registra presencia de Comunidades Indígenas en el área del
proyecto “ÁREAS ADICIONALES PARA EL PROYECTO ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL PARA LA DOBLE CALZADA PAMPLONA – CÚCUTA UF 3–4–5 SECTOR
PAMPLONITA LOS ACACIOS”, localizado en jurisdicción de los Municipios de
Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los Patios, en el Departamento de Norte de
Santander...
(…)
SEGUNDO: Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales o Palenqueras en el área del proyecto " ÁREAS ADICIONALES PARA EL
PROYECTO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LA DOBLE CALZADA
PAMPLONA – CÚCUTA UF 3–4–5 SECTOR PAMPLONITA – LOS ACACIOS”, localizado
en jurisdicción de los Municipios de Pamplonita, Bochalema, Chinácota y Los Patios, en el
Departamento de Norte de Santander.
(…)
TERCERO: Que no se registra presencia de comunidades Rom en el área del proyecto
"ÁREAS ADICIONALES PARA EL PROYECTO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
PARA LA DOBLE CALZADA PAMPLONA – CÚCUTA UF 3–4–5 SECTOR PAMPLONITA
– LOS ACACIOS”, localizado en jurisdicción de los Municipios de Pamplonita, Bochalema,
Chinácota y Los Patios, en el Departamento de Norte de Santander.
(…)”
12. Certificación número 0516 del 12 de septiembre de 2019 expedida por la Dirección de
Consulta Previa del Ministerio del Interior, la cual certifica que no se presentan

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