RESOLUCIÓN N° 00280 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-02-2021 - Normativa - VLEX 873834586

RESOLUCIÓN N° 00280 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-02-2021

Fecha05 Febrero 2021
Número de expedienteCOM0387-00
Fecha de publicación24 Febrero 2021
Número de resolución00280
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00280
( 05 de febrero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se define competencia entre Autoridades Ambientales”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos -Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante radicado No. 2020225954-1-000 del 21 de diciembre de 2020, la Corporación
Autónoma Regional del Atlántico - CRA, con NIT. 802.000.339-0, solicitó a la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, definir la competencia para conocer del trámite
administrativo de licenciamiento ambiental del proyecto denominado
“Descripción_UPME_02”, consistente en la construcción y operación de una nueva
subestación eléctrica denominada “Estadio” de 110Kv y en la instalación de 24 kilómetros
de línea subterránea, a ejecutarse en jurisdicción del Distrito Especial Portuario e Industrial
de Barranquilla y del municipio de Soledad, en el Departamento del Atlántico; en jurisdicción
de dos autoridades ambientales, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA- y
el Establecimiento Público Ambiental Barranquilla Verde -EPA Barranquilla Verde, con NIT.
901.034.433-0.
Que con oficio radicado No. 2020231993-2-000 del 28 de diciembre de 2020, esta Autoridad
requirió a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, con el fin de que aportara
la documentación necesaria para acreditar la representación legal de dicha Corporación
como solicitante del trámite de definición de competencias antes descrito.
Que a través del radicado No. 2021007597-1-000 del 21 de enero de 2021, la Corporación
Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, presentó la documentación requerida por parte de
esta Autoridad en el oficio radicado No. 2020231993-2-000 del 28 de diciembre de 2020.
Que el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
Ambientales de esta Autoridad, evaluó toda la información allegada por parte de la
Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, y emitió el Concepto Técnico No.
00292 del 29 de enero de 2021, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURIDICAS
Que el artículo 2.2.2.3.2.6 del Decreto 1076 de 20151, establece que cuando el proyecto,
obra o actividad se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales, le
1 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”

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