RESOLUCIÓN N° 00280 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-02-2021
Fecha | 05 Febrero 2021 |
Número de expediente | COM0387-00 |
Fecha de publicación | 24 Febrero 2021 |
Número de resolución | 00280 |
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00280
( 05 de febrero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se define competencia entre Autoridades Ambientales”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos -Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante radicado No. 2020225954-1-000 del 21 de diciembre de 2020, la Corporación
Autónoma Regional del Atlántico - CRA, con NIT. 802.000.339-0, solicitó a la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, definir la competencia para conocer del trámite
administrativo de licenciamiento ambiental del proyecto denominado
“Descripción_UPME_02”, consistente en la construcción y operación de una nueva
subestación eléctrica denominada “Estadio” de 110Kv y en la instalación de 24 kilómetros
de línea subterránea, a ejecutarse en jurisdicción del Distrito Especial Portuario e Industrial
de Barranquilla y del municipio de Soledad, en el Departamento del Atlántico; en jurisdicción
de dos autoridades ambientales, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA- y
el Establecimiento Público Ambiental Barranquilla Verde -EPA Barranquilla Verde, con NIT.
901.034.433-0.
Que con oficio radicado No. 2020231993-2-000 del 28 de diciembre de 2020, esta Autoridad
requirió a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, con el fin de que aportara
la documentación necesaria para acreditar la representación legal de dicha Corporación
como solicitante del trámite de definición de competencias antes descrito.
Que a través del radicado No. 2021007597-1-000 del 21 de enero de 2021, la Corporación
Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, presentó la documentación requerida por parte de
esta Autoridad en el oficio radicado No. 2020231993-2-000 del 28 de diciembre de 2020.
Que el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
Ambientales de esta Autoridad, evaluó toda la información allegada por parte de la
Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA-, y emitió el Concepto Técnico No.
00292 del 29 de enero de 2021, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURIDICAS
obra o actividad se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales, le
1 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”
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