RESOLUCIÓN N° 00341 de la Gaceta Ambiental ANLA, 17-02-2021 - Normativa - VLEX 873835701

RESOLUCIÓN N° 00341 de la Gaceta Ambiental ANLA, 17-02-2021

Número de expedienteSAN0238-00-2020
Fecha de publicación18 Febrero 2021
Fecha17 Febrero 2021
Número de resolución00341
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00341
( 17 de febrero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“POR LA CUAL SE LEVANTA PARCIALMENTE LA MEDIDA PREVENTIVA IMPUESTA A
TRAVÉS DE LA RESOLUCIÓN No. 1557 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Y SE ADOPTAN
OTRAS DETERMINACIONES”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES –
ANLA
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 99 de 1993, en la Ley 1333 de 2009, de las facultades
conferidas por el Decreto - Ley 3573 de 2011, así como lo dispuesto en el Decreto 376 del 11 de marzo
de 2020 y la la Resolución No. 1743 del 26 de octubre de 2020, en concordancia con la Ley 1437 de
2011, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución No. 1690 del 06 de septiembre de 2018,
y
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES PERMISIVOS (Expediente LAV0060-00-2016)
La ANLA mediante la Resolución No. 763 del 30 de junio del 2017, otorgó Licencia Ambiental a la
sociedad CONCESIONARIA RUTA DEL CACAO S.A.S., con NIT 900.871.368-6, para la ejecución del
proyecto Concesión Vial Ruta del Cacao”, localizado en jurisdicción de los municipios de
Barrancabermeja, San Vicente de Chucurí, Betulia, Girón y Lebrija en el departamento de Santander.
La ANLA a través de la Resolución No. 1098 del 11 de septiembre de 2017, resolvió el recurso de
reposición interpuesto por parte de la CONSESIONARIA RUTA DEL CACAO S.A.S. (Rad. ANLA No.
2017054779-1-000 del 19 de julio de 2017), contra la decisión adoptada en la Resolución No. 763 del
30 de junio de 2017, en el sentido de aclarar el numeral 2 del artículo cuarto de la providencia recurrida.
La ANLA por intermedio de la Resolución No. 1247 del 5 de octubre de 2017, la evaluación y el control
a la información presentada mediante el Radicado ANLA No. 2017078628-1-000 del 22 de septiembre
de 2017, de conformidad con lo solicitado en el numeral 2 del artículo 4 de la Resolución No. 763 del
30 de junio de 2017, aclarado por el artículo 1 de la Resolución No. 1098 del 11 de septiembre de
2017, resolvió aprobar el consolidado de la red de monitoreo y su temporalidad, para los puntos de
agua subterránea en vías en superficie.
La ANLA a través de la Resolución No. 133 del 6 de febrero de 2018, declaró el cumplimiento de las
obligaciones establecidas en los numerales 1°, 3°, 4°, 5° y 6° del artículo 4 de la Resolución No. 763
del 30 de junio de 2017 (Licencia Ambiental). Así mismo, exhortó a la mencionada sociedad para que
diera cumplimiento de las obligaciones relacionadas en su artículo 2, allegando los respectivos
soportes de su ejecución.
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TRAVÉS DE LA RESOLUCIÓN No. 1557 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Y SE ADOPTAN
OTRAS DETERMINACIONES”
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La ANLA por medio de la Resolución No. 451 del 2 de abril de 2018, modificó la Licencia Ambiental
otorgada para el desarrollo del proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”, en el sentido de adicionar
infraestructura y/u obras ambientalmente viables, Zonificación de Manejo Ambiental para la ejecución
del proyecto, adicionar la concesión de aguas superficiales, entre otros aspectos.
La ANLA acogiendo el seguimiento ambiental que se derivó con ocasión de la visita técnica practicada
los días 5, 6 y 7 de marzo de 2018 al proyecto denominado Concesión Vial Ruta del Cacao(Concepto
Técnico No. 1978 del 26 de abril de 2018), por medio del Auto No. 03596 del 29 de junio de 2018,
requirió a la Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S., para que en el siguiente Informe de Cumplimiento
Ambiental – ICA, presentará la respectiva información documental, soportes y/o registros de las
obligaciones ambientales relacionadas con la Licencia ambiental otorgada mediante la Resolución No.
763 del 30 de junio de 2017,
La ANLA mediante la Resolución No. 01034 del 9 de julio de 2018, entre otros aspectos, resolvió negar
la solicitud de modificación de la licencia ambiental elevada a través del Radicado ANLA No.
2018012521-1-000 del 8 de febrero de 2018, para la ejecución dentro del proyecto denominado
Concesión Vial Ruta del Cacao”, de las unidades funcionales 8 y 9, localizadas desde el sector de
Lisboa (Cruce con la vía a San Vicente de Chucurí) hasta el caserío de Portugal y desde este último
hasta el casco urbano del municipio de Lebrija (Santander).
La ANLA por Resolución No. 01900 del 22 de octubre de 2018, le impuso a la sociedad Concesionaria
Ruta del Cacao S.A.S. unas medidas adicionales relacionadas con presentar información documental
y/o soportes de la ejecución de las obligaciones impuestas en la citada Resolución.
La ANLA mediante la Resolución No. 01176 del 20 de junio de 2019, aprobó entre otros aspectos, el
Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad presentado por parte de la sociedad
Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S. a través del Radicado ANLA No. 2018129037-1-000 del 18 de
septiembre de 2018.
La ANLA por intermedio de la Resolución No. 2051 del 15 de octubre de 2019, modificó el artículo 2°
de la Resolución No. 763 del 30 de junio de 2019 (Licencia Ambiental), en el sentido de adicionar una
infraestructura y/u obras que hacen parte del proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”, así como
adicionar unas obligaciones para el desarrollo del mismo.
La ANLA mediante la Resolución No. 2594 del 31 de diciembre de 2019, modificó el instrumento de
manejo ambiental otorgado para el desarrollo del proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”, en el
sentido de ampliar la longitud del mismo de 82,43 km a 92,05 km, entre otras determinaciones.
La Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S. por intermedio del Radicado No. 2020071954-1-000 de 08
de mayo de 2020 (Rad. VITAL No. 4100900871368620002), reportó un evento contingente ocurrido
el día 07 de mayo de 2020, en cual puso en conocimiento un deslizamiento ocurrido entre las abscisas
PK 98 + 280 a PK 98 + 320 del tramo de empalme de la Unidad Funcional -UF-7 con la vía
Barrancabermeja – Bucaramanga (Ruta Nacional 66), esta, localizadas en la vereda Lisboa, en
jurisdicción del municipio de Lebrija en el departamento de Santander.
La señora Elizabeth Jaimes Montañez por intermedio del Radicado No. 2020119534-1-000 de 27 de
julio de 2020, elevó ante esta Autoridad queja en la cual pone de presente al parecer la generación de
afectaciones a sus cultivos, áreas de bosque y contaminación de la quebrada La Chafarota, en el
predio Buenos Aires de la vereda Lisboa, indicando que la Concesionaria dispuso material en su predio
sin autorización, adicionalmente reportó que esta queja ya había sido presentada a la Concesionaria
en noviembre de 2019, sin respuesta alguna (Radicado No. 2020119302-1-000 de 27 de julio de 2020).
Resolución No. 00341 Del 17 de febrero de 2021 Hoja No. 3 de 41
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La Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta De Bucaramanga – CDMB – a
través del Radicado No. 2020120957-1-000 de 29 de julio de 2020 trasladó por competencia la
denuncia ambiental elevada por el Congresista Fabián Díaz Plata, quien solicitó la práctica de una
visita técnica con el fin de verificar presuntas afectaciones en los ecosistemas naturales y nacimiento
de agua ubicado en el kilómetro 36 en la vereda Lisboa del municipio de Lebrija Santander, al parecer
ocasionados por la ejecución del proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”.
La Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S. a través del Radicado No. 2020126437-1-000 de 05 de
agosto de 2020 (Rad. VITAL No. 4100900871368620003), reportó un evento contingente ocurrido el
día 04 de agosto de 2020, en cual puso en conocimiento un deslizamiento ocurrido entre las abscisas
PK 96 + 700 a PK 96 + 950 del tramo de empalme de la Unidad Funcional -UF-7 con la vía
Barrancabermeja – Bucaramanga (Ruta Nacional 66), esta, localizadas en la vereda Lisboa, en
jurisdicción del municipio de Lebrija en el departamento de Santander.
Posteriormente, la señora Elizabeth Jaimes Montañez mediante los Radicados Nos. 2020127597-1-
000 de 06 de agosto de 2020, 2020127597-1-000 de 26 de agosto de 2020 y, 2020147220-1-000 de
4 de septiembre de 2020, allegó información complementaria, así como un registro fotográfico para
sustentar las presuntas afectaciones ambientales en el predio Buenos Aires, por presencia de material
de excavación producto de las actividades de construcción de la Unidad funcional 7, del proyecto
Concesión Vial Ruta del Cacao” y un registro fílmico, como elemento probatorio de la afectación de
la Quebrada La Chafarota.
El Grupo Medio Magdalena – Cauca Catatumbo de la Subdirección de Seguimiento de Licencias
Ambientales de esta Autoridad, con el fin de atender las quejas antes relacionadas, procedió a realizar
el seguimiento y control ambiental al cumplimiento de las obligaciones que hacen parte de la Licencia
Ambiental otorgada para el desarrollo del proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”, para lo cual entre
el 23 al 27 de julio y el 03 de agosto del 2020, practicó una visita guiada al área de influencia del
proyecto en mención, así como la revisión de la documentación obrante en el expediente LAV0060-
00-2016 (permisivo), consideraciones que quedaron consignadas en el Concepto Técnico No. 05363
del 28 de agosto de 2020 y acogidas mediante la Resolución No. 01537 del 16 de septiembre de 2020.
ANTECEDENTES DE LA MEDIDA PREVENTIVA
El equipo técnico del Grupo del Medio Magdalena – Cauca Catatumbo de la Subdirección de
Seguimiento de Licencias de esta Autoridad Ambiental, una vez valorados los hallazgos evidenciados
con ocasión de la referida visita de seguimiento ambiental realizada al área de influencia del proyecto
en mención, emitió el Concepto Técnico No. 5601 de 08 de septiembre de 2020 en el cual recomendó
evaluar el mérito de imponer una medida preventiva de suspensión de actividades a la sociedad
Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S., con Nit. 900.871.368-6, en su condición de titular del proyecto
vial en mención.
Atendiendo lo antes mencionado, esta Autoridad Ambiental una vez analizados los hallazgos
consignados en el referido insumo técnico, a través de la Resolución No. 1557 de 21 de septiembre
de 2020, le impuso a la sociedad en mención, medida preventiva de suspensión inmediata de la
Construcción del tramo de 2.14 Km de la Unidad Funcional UF-7, comprendido entre las abscisas
PR96+456 (Coordenadas 1085876 Este - 1284387 Norte) y PR98+600 (Coordenadas 1085793 Este
- 1282515 Norte), localizado en la vereda Lisboa, en jurisdicción del municipio de Lebrija, en el
departamento de Santander.”.
La decisión adoptada en la Resolución No. 1557 de 21 de septiembre de 2020, se le comunicó a la
sociedad Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S., a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales

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