RESOLUCIÓN N° 00382 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-02-2021 - Normativa - VLEX 873836794

RESOLUCIÓN N° 00382 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-02-2021

Fecha23 Febrero 2021
Número de resolución00382
Fecha de publicación17 Marzo 2021
Número de expedienteLAV0016-00-2019
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00382
( 23 de febrero de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
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“POR LA CUAL SE APRUEBA UN PLAN DE COMPENSACIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL ASESOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades legales establecidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre
256 del 22 de febrero de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible-MADS, las Resoluciones
ANLA 423 del 12 de marzo de 2020, 669 del 14 de abril de 2020 y 1743 del 26 de octubre de 2020, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 2199 del 6 de noviembre de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA, otorgó Licencia Ambiental a la Sociedad CONCAY S.A., para la ejecución del proyecto “Variante San
Gil”, el cual tiene una longitud aproximada de 9,663 km. y que se encuentra localizado en los municipios de San
Gil, Pinchote y El Socorro en el departamento de Santander.
Que mediante Resolución 143 del 27 de enero de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –
ANLA, resolvió el recurso de reposición presentado contra la Resolución 2199 del 6 de noviembre de 2019,
modificando parcialmente sus artículos segundo, tercero, quinto y sexto.
Que mediante comunicación con radicado 2020192472-1-000 del 03 de noviembre de 2020, la Sociedad
CONCAY S.A. remitió el Plan de compensación del Componente Biótico.
Que mediante Acta 551 del 21 de diciembre de 2020, esta Autoridad Nacional, efectuó seguimiento y control
ambiental, formulando requerimientos a la Sociedad CONCAY S.A.
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales–ANLA, evaluó el Plan de compensación del Componente
Biótico, presentado mediante radicado 2020192472-1-000 del 03 de noviembre de 2020, por la Sociedad
CONCAY S.A., expidiendo el Concepto Técnico 7788 del 18 de diciembre de 2020.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley 1444
de 2011, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, creando la AUTORIDAD
NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA, y le asignó entre otras funciones, la de otorgar o negar las
licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, entre otras, la función de otorgar o negar las licencias, permisos y
trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con
la ley y los reglamentos.
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“Por la cual se aprueba un plan de compensación y se dictan otras disposiciones”
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El Decreto 1076 de 2015, establece en el parágrafo 1º de su artículo 2.2.2.3.9.1 que: “La autoridad ambiental
que otorgó la licencia ambiental o estableció el plan de manejo ambiental respectivo, será la encargada de
efectuar el control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades autorizadas”.
Por otra parte, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, establece, entre las
funciones del director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, la correspondiente a
“Suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la terminación de las
licencias, permisos y trámites ambientales”.
Por otra parte, mediante el numeral 6 del artículo octavo de la Resolución 423 del 12 de marzo de 2020, “Por
la cual se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones”, se delegó en el Asesor del Despacho del
Director General, código 1020, grado 15, la función de suscribir los actos administrativos que aprueben los
planes de compensación y de no menos del 1%.
Entre tanto, mediante la Resolución 669 del 14 de abril de 2020, se nombró en el empleo de libre nombramiento
y remoción de Asesor, código 1020, grado 15, adscrito a la Dirección General de la planta global de la ANLA,
al doctor Edilberto Peñaranda Correa; por lo tanto, es el funcionario competente para suscribir el presente acto
administrativo.
Por su parte, la Resolución 1743 del 26 de octubre de 2020 de la ANLA, se adoptó el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de la planta de personal de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales – ANLA, se establece que le corresponde al Despacho de la Dirección General de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, expedir el presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, adelantó una revisión documental al expediente
LAV0016-00-2019, realizando la evaluación del Plan de Compensación del Componente Biótico, presentado a
esta Autoridad por la Sociedad CONCAY S.A., mediante radicado 2020192472-1-000 del 03 de noviembre de
2020 y como resultado expidió el Concepto Técnico 7788 del 18 de diciembre de 2020, del cual se extraen los
aspectos más relevantes:
“(…)
ESTADO DEL PROYECTO
DESCRIPCIÓN GENERAL
El proyecto “Variante San Gil” tiene como objetivo construir la Variante San Gil, cuyo corredor vial comprende
una longitud de 9.663 km, que tiene su inicio (K0+000) en el municipio de Pinchote sobre la ruta nacional Puente
Nacional (PR0+000) - San Gil (PR128+800) de la vía Troncal Central del Norte Ruta 45A06; este tramo de la
Variante finaliza (K9+663) en el municipio de San Gil, sobre la ruta nacional San Gil (PR0+000) – Bucaramanga
(PR93+180) que pertenece a la Ruta 45A07.
Localización
El proyecto Construcción de la variante San Gil se encuentra ubicado en el departamento de Santander, en los
municipios de Pinchote (vereda Capellanía, conjunto residencial Castillo Real, vereda Capellanía sector El
Congual), San Gil (casco urbano con los barrios Ciudad Blanca, Villas de Mochuelo, Cerros de Moral, vereda
Ojo de Agua, vereda Guarigua Bajo, vereda Egidos y Pericos, Vereda Montecitos Bajo, Vereda Agua El Tabor)
y El Socorro (vereda El Naranjal).
(Ver Figura 1. Localización general del proyecto, en el Concepto Técnico 7788 del 18 de diciembre de 2020
(…)
OTROS PLANES Y PROGRAMAS
(…)
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“Por la cual se aprueba un plan de compensación y se dictan otras disposiciones”
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PLAN DE COMPENSACIÓN DEL MEDIO BIÓTICO
Mediante el radicado 2020192472-1-000 del 03 de noviembre de 2020, la SOCIEDAD CONCAY S.A., remitió
el Plan de Compensación del Componente Biótico “Construcción de la Variante San Gil” localizado en el
municipio de San Gil y Pinoche, de acuerdo con lo establecidos en el Manual de Compensaciones del
Componente Biótico (MADS, 2012), el cual fue actualizado mediante Resolución 256 del 22 de febrero de 2018,
que está enfocado en la formulación de alternativas cuyo objetivo es resarcir los impactos o efectos negativos
que no pueden ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos y que conlleven pérdida de biodiversidad en
los ecosistemas naturales terrestres y vegetación secundaria.
Cabe indicar que el Plan de Compensaciones del Componente Biótico para la construcción de la Variante San
Gil, se presentó en el Estudio de Impacto Ambiental mediante radicado 2019034190-1-000 del 19 de marzo de
2019 a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, el cual mediante el artículo décimo cuarto de
la Resolución 2199 del 06 de noviembre de 2019 se solicitó realizar los ajustes establecidos en dicho artículo
donde se establecieron obligaciones referentes al Plan de Compensación presentado, el cual tenía previsto
desarrollar las acciones en el PNN Serranía de los Yariguíes o en sus áreas adyacentes; sin embargo, según
la sociedad, en atención a las solicitudes de la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS (Numeral
11.2.2.9 Proceso de concertación del proyecto con la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS y
Anexo 11.2.2.3.), se trasladó la medida al municipio de Curití donde se ubica la zona de recarga hídrica del
municipio de San Gil identificando algunos de los predios presentados en este documento.
A continuación, se realiza el análisis del Plan de Compensación del Componente Biótico propuesto por la
SOCIEDAD CONCAY S.A., mediante radicado 2020192472-1-000 del 3 de noviembre de 2020, con el fin de
dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo décimo cuarto de la Resolución 2199 del 6 de
noviembre de 2019.
Objetivos y alcance del Plan de Compensación del Componente Biótico
-Objetivo general
“Establecer un Plan de Compensación del componente biótico del proyecto, mediante actividades de
conservación de la biodiversidad para la compensación de los impactos residuales ocasionados por el mismo,
en el marco del manual de la Resolución 256 de 2018.”
-Objetivos específicos
-Realizar un diagnóstico físico - biótico de sitios definidos para la compensación, y detallar los métodos
de evaluación buscando identificar el estado actual del ecosistema y sus servicios ambientales.
- Identificar y priorizar servicios ecosistémicos relacionados con medidas y estrategias de manejo para
el mejoramiento de la estructura, composición y función ecosistémica de 98,51 ha definidas mediante
la implementación de acciones de recuperación.
-Plantear alternativas que permitan compensar las alteraciones sobre el medio natural causadas por la
ejecución de actividades propias del proyecto según lo definido en el Manual de Compensación del
Componente Biótico.
-Establecer estrategias de compensación por pérdida de biodiversidad y abordar indicadores de
monitoreo y seguimiento de las acciones planteadas y de los servicios ecosistémicos existentes para
asegurar el mejoramiento de la estructura y función ecológica en las áreas definidas.
-Realizar la programación, costos asociados y sostenibilidad financiera del desarrollo de las estrategias
de manejo establecidas para la compensación por pérdida de biodiversidad.
-Alcance
Mediante la implementación del presente Plan de compensación para el componente biótico, se encaminará a
que los impactos residuales generados por el desarrollo del proyecto desarrollen un balance, buscando resarcir

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