Resolución N° 00459 de la Gaceta Ambiental ANLA, 08-03-2023 - Normativa - VLEX 926664519

Resolución N° 00459 de la Gaceta Ambiental ANLA, 08-03-2023

Número de resolución00459
Fecha08 Marzo 2023
Fecha de publicación22 Marzo 2023
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00459
( 08 de marzo de 2023 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se define competencia entre Autoridades Ambientales”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES
DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos - Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 02665 de 2022 y 02795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE:
La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena
(CORMACARENA), con NIT 822.000.091-2, mediante radicado SILA 2023028923- 1-000
del 15 de febrero de 2023, solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
(ANLA), definir la autoridad ambiental competente para conocer el trámite de licencia
ambiental para el proyecto minero “Formalización Minera LLV-10361”, a llevarse a cabo en
los municipios de Cabuyaro, departamento del Meta, y Villanueva, departamento de
Casanare, en jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de
Manejo Especial La Macarena (CORMACARENA), y la Corporación Autónoma Regional
de La Orinoquia (CORPORINOQUIA), con NIT 832.000.283-6, respectivamente.
El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de
esta Autoridad evaluó la información que reposa en el expediente COM04307-00,
emitiendo el Concepto Técnico No. 00908 del 03 de marzo de 2023, el cual hace parte
integral del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURIDICAS
El artículo 2.2.2.3.2.6 del Decreto 1076 de 20151, establece que cuando el proyecto, obra
o actividad se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales, le
corresponde a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), definir la
competencia.
Con fundamento en la información presentada por la Corporación para el Desarrollo
Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena (CORMACARENA), el equipo técnico
de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad,
emitió el Concepto Técnico No. 00908 del 03 de marzo de 2023, mediante el cual realizó la
evaluación de los elementos técnicos para definir la competencia entre la Corporación para
el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena (CORMACARENA), y
la Corporación Autónoma Regional de La Orinoquia (CORPORINOQUIA), evidenciando,
entre otros, los siguientes aspectos:
En el área donde se pretende ejecutar el proyecto minero “Formalización Minera LLV-
10361”, cuyas características se exponen en el sub numeral 3.2 del Concepto Técnico No.
1“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”

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