Resolución N° 0058 de la Gobernación del Casanare, 09-05-2022 - Normativa - VLEX 910681487

Resolución N° 0058 de la Gobernación del Casanare, 09-05-2022

Número de resolución0058
Año2022
Fecha09 Mayo 2022
EmisorDirección Técnica de Vivienda
Sanare
HITO
RESOLUCIÓN
No.
0058 DE
09
DE
MAYO
DE 2022
620.15.15
"Por
la
cual
se
ordena
el
desembolso
del
100%
de
la
suma
de
dinero
adjudicado
a
título
de
subsidio
sobre
un
(01)
núcleo
familiar
en
cumplimiento
a
lo
dispuesto
en
la
“Por
la
cual
se
asignan
ocho
(8)
subsidios
de
mejoramiento
de
vivienda
rural
en
el
municipio
de
Yopal
departamento
de
Casanare”
EL
DIRECTOR
TECNICO
DE
VIVIENDA
DEPARTAMENTAL
En
Uso
de
sus
facultades
constitucionales,
y
en
especial
las
funciones,
facultades,
y
atribuciones
legales
y
de
carácter
administrativo
establecidas
con
base
en
el
artículo
9
de
la
1998,
la
2021,
el
artículo
37
del
Decreto
Departamental
No.
0323
del
01/11/2019
en
concordancia
con
el
artículo
37 de
la
Ordenanza
N*
006
del
11/07/2019;
el
artículo
2
del
Decreto
Departamental
N*
0177
del
12/09/2019;
el
artículo
2.1.1.1.1.5.1.1
del
Decreto
Nacional
N*
1077
del
26/05/2015;
el
artículo
8
del
Decreto
Departamental
N*
0205
del
03/09/2021;
y
CONSIDERANDO
Que,
el
Departamento
de
Casanare
como
parte
de
la
estructura
política
y
administrativa
del
estado
colombiano
debe
procurar,
con
base
en
el
artículo
51
de
la
1991,
las
condiciones
necesarias
para
hacer
efectivo
el
derecho
de
acceder
a
una
vivienda
digna
a
los
ciudadanos
que
habitan
en
su
territorio
de
injerencia,
esto
como
derecho
fundamental
y
progresivo
de
todos
los
colombianos,
para
lo
cual,
mediante
la
promoción
de
planes,
programas
y
proyectos
de
urbanización
y
de
vivienda
de
interés
social,
sistemas
adecuados
de
financiación
a
largo
plazo
y
demás
formas
asociativas
de
ejecución
de
estos.
El
Departamento
de
Casanare
en
asocio
con
los
municipios
del
área
de
su
injerencia,
de
conformidad
con
los
postulados
de
los
artículos
51,
287,
288
y
298
de
la
en
concordancia
con
los
artículos
5
al
9
y
24
de
la
Ley
N”
3
de
1991,
los
artículos
91
al
95 de
la
Ley
N”
388
de
1997,
y
los
respectivos
decretos
que
reglamentan
la
materia,
han
venido
ejecutando
planes,
programas
o
proyectos
de
urbanización
y
de
vivienda
de
interés
social,
y
demás
modos,
medios
o
formas
previstas
conforme
a
su
definición
para
tal
fin,
mediante
la
asignación
de
subsidios
consistentes
en
aportes
en
dinero
y
especie
para
los
hogares
residentes
en
sus
áreas
de
injerencia,
respectivamente,
siempre
que
se
ajusten
a
las
definiciones
y
requisitos
que
se
señalan
en
la
respectiva
convocatoria,
con
la
finalidad
de
facilitarles
el
acceso
a
una
vivienda
de
interés
social,
ya
sea
mediante
la
adquisición
de
una
vivienda
nueva
o
usada,
o
para
la
construcción
en
sitió
propio,
mejoramiento
de
vivienda,
o
arrendamiento
y
arrendamiento
con
opción
de
compra.
Carrera
20
No.
08-02,
Quinto
(5)
Piso,
Bloque
A,
Yopal,
Casanare
Xx
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vivienda
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