Resolución N° 00646 de la Gaceta Ambiental ANLA, 03-04-2023 - Normativa - VLEX 928605108

Resolución N° 00646 de la Gaceta Ambiental ANLA, 03-04-2023

Número de resolución00646
Fecha03 Abril 2023
Fecha de publicación12 Abril 2023
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00646
( 03 de abril de 2023 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA DE LA
RESOLUCIÓN 3043 DEL 26 DE DICIEMBRE DE 2022”
EL DIRECTOR GENERAL AD - HOC DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA.
En uso de las competencias establecidas en la Ley 99 de 1993 y las funciones asignadas en
el Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015,
Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la
ANLA, Resoluciones 1223 del 19 de septiembre de 2022 y 1414 de 25 de octubre de 2022 del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Resolución 113 de 27 de enero de 2023 de la
ANLA
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 899 de 15 de mayo de 2009, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante
el Ministerio, otorgó a la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., Licencia Ambiental para el proyecto
“HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO”, localizado en jurisdicción de los municipios de Garzón,
Gigante, El Agrado, Paicol, Tesalia y Altamira, en el departamento del Huila.
Que mediante la Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009, el Ministerio resolvió los recursos
de reposición interpuestos por la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., por la Fundación El Curíbano
y por Alexander López Quiroz, contra la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido
de modificar el acto administrativo recurrido en algunos aspectos como: El Plan de
Restauración, Obras Principales, Vía Panamericana, Vías Sustitutivas, Compensación por
Aprovechamiento Forestal, Ataguía, Programa Socioeconómico, Vegetación de Protección
Perimetral, Manejo Íctico y rescate de peces
Que mediante la Resolución 1814 del 17 de septiembre de 2010, el Ministerio ajustó vía
seguimiento el artículo décimo tercero de la Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009, entre
otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010, el Ministerio modificó el artículo
sexto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar sitios de
ocupación de cauces, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 310 del 22 de febrero de 2011, el Ministerio aclaró el artículo
segundo de la Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010, en el sentido de indicar que el
Resolución No. 00646 Del 03 de abril de 2023 Hoja No. 2 de 19
“Por la cual se resuelve un recurso de reposición contra de la Resolución 3043 del 26
de diciembre de 2022”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
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número del contrato único de concesión expedido por el Instituto Colombiano de Geología y
Minería – INGEOMINAS- corresponde al KI9-08302X.
Que mediante la Resolución 971 del 27 de mayo de 2011, el Ministerio modificó el numeral 2
del artículo cuarto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar y
autorizar la construcción de la vía industrial por la orilla izquierda del río Magdalena y obras
relacionadas, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 012 del 14 de octubre de 2011, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, resolvió el recurso de reposición interpuesto por la sociedad EMGESA S.A. E.S.P.,
en contra de la Resolución 971 de 27 de mayo de 2011 en el sentido de modificar su artículo
segundo, adicionando una zona de material de arrastre, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 306 del 30 de diciembre de 2011, esta Autoridad Nacional, modificó
el numeral 1 del artículo quinto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, en el sentido de
adicionar y autorizar algunas concesiones, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 589 del 26 de julio 2012, esta Autoridad Nacional modificó los
numerales 2.2.3.3, 2.2.3.4, 2.2.3.5, 2.2.3.6, 2.2.3.8, 2.2.3.9 del artículo décimo de la Resolución
899 de 15 de mayo de 2009, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 945 del 13 de noviembre de 2012, esta Autoridad Nacional resolvió
el recurso de reposición interpuesto por la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., en contra de la
Resolución 589 del 26 de julio de 2012 en el sentido de modificar su literal a) del numeral 2.2.3.5
del artículo primero.
Que mediante la Resolución 1142 del 28 de diciembre de 2012, esta Autoridad Nacional
modificó el numeral 8 del artículo cuarto de la Resolución 899 del 26 de julio de 2009, en el
sentido de autorizar el cambio de uso del área licenciada para el relleno sanitario a un área de
actividades temporales como vías industriales, zonas de acopio temporal, zonas de parqueo,
zonas de almacenamiento de equipos, zonas industriales y zonas de descanso y alimentación
del personal, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 283 del 22 de marzo de 2013, esta Autoridad Nacional resolvió el
recurso de reposición interpuesto por la sociedad EMGESA S.A. E.S.P., en contra de la
Resolución 1142 del 28 de diciembre de 2012 en el sentido de modificar su artículo quinto
adicionando el permiso de ocupación de cauce para el campamento de vivienda de los equipos
electromecánicos, en el sitio de coordenadas 764462N 835503E, bajo las condiciones y
obligaciones generales para ejecutar este tipo de actividades en esta zona, entre otras
determinaciones.
Que mediante la Resolución 395 del 2 de mayo de 2013, esta Autoridad Nacional modificó el
numeral 4 del artículo sexto de la a Resolución 899 del 26 de julio de 2009, en el sentido de
autorizar la ocupación del cauce del río Magdalena para algunas actividades necesarias en la
ejecución del proyecto, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 181 del 28 de febrero de 2014, esta Autoridad Nacional modificó
el artículo cuarto de la Resolución 306 del 30 de diciembre de 2011, en el sentido de adicionar
nuevos sitios de ocupación de cauces, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 906 del 13 de agosto de 2014, esta Autoridad Nacional modificó el
numeral 3 del artículo segundo de la Resolución 395 del 2 de mayo de 2013, en el sentido de
adicionar el permiso de aprovechamiento forestal otorgado para la construcción de los cuatro
(4) tramos de vías sustitutivas autorizadas del proyecto, en una cantidad de 3.058 árboles,

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