Resolución Nº 007 de null, 13-02-2023 - 17 de Febrero de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 923818991

Resolución Nº 007 de null, 13-02-2023

Fecha de emisión13 Febrero 2023
Fecha de publicación17 Febrero 2023
Número de Gaceta7651
SECRETARÍA DE
GOBIERNO
RESOLUCION No.
007 del 13 de
febrero de 2023
"Por la cual se notifica la declaratoria de vacancias absolutas del Consejo local de
Juventud de Rafael Uribe Uribe, 2022- 2025 y
.
se cita a posesión a nuevos consejeros
locales de Juventud de Rafael Uribe Uribe"
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Mediante Decreto No. 418 del 28 de octubre de 2021, fue nombrado
EDUARD HUMBERTO
QUINTANA ARELLANO,
identificado con cédula de ciudadanía No. 1.031.164.535, en el
empleo de Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
y mediante acta de posesión No. 303 del dos (2) de noviembre del año dos mil veintiuno
(2021), tomó posesión del cargo mencionado, en ejercicio de sus facultades legales
otorgadas en el artículo 322 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 86 del
Decreto 1421 de 1993, los artículos 16, 19 y 40 de la Ley 1622 de 2013 y demás normas
concordantes, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 1622 de 2013 "Estatuto de Ciudadanía Juvenil", modificada por la Ley 1885 de
2018, establecen la elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud.
Que a través de procesos concertados y autónomos se erigieron en la Localidad de Rafael
Uribe Uribe dos (2) consejeros de juventud para ocupar las curules especiales creadas por
la Ley 1622 de 2013.
Que el 5 de diciembre se eligieron Diecisiete (17) consejeros de juventud por voto popular
en la Localidad de Rafael Uribe Uribe, en cumplimiento de lo establecido en la ley 1622
de 2013 y la Ley 1885 de 2018.
Que la Ley 1885 de 2018, en su artículo 21 establece que los Consejos de Juventud deben
posesionarse dentro de los 3 meses siguientes a su elección, hasta que se realicen nuevas
elecciones, las cuales deberán realizarse cada cuatro años.
Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo 57, establece qué cada alcalde adoptará mediante
acto administrativo las medidas establecidas en dicha Ley, para asegurar la operación de
los consejos de juventud de cada ente territorial.
Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo 53, establece.
"Vacancias. Se presentará vacancia de los Consejeros de la Juventud cuando: (....)
1. Vacancia absoluta. Se producirá vacancia absoluta de un Consejero de
Juventud, por decisión judicial o cuando ocurra una de las siguientes
,
situaciones:
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Calle 32 sur No. 23-62
Información Linea 195
www.rafaeluribe.gov.co
Código: GDI - GPD — F034
Versión: 03
Vigencia: 16 de enero de 2020
ALCALDIA MAYOR
DE BOGO1A DC

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