RESOLUCIÓN N° 00746 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-04-2021
Fecha de publicación | 13 Mayo 2021 |
Fecha | 23 Abril 2021 |
Número de expediente | PPE0001-00-2020 |
Número de resolución | 00746 |
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00746
( 23 de abril de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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Nit.: 900.467.239-2
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www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se prorroga la vigencia del Permiso de Prospección y Exploración de Aguas
Subterráneas, otorgado mediante la Resolución No. 00526 del 26 de marzo de 2020 y se
toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES
DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos -Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, mediante Resolución No.
00526 del 26 de marzo de 2020, otorgó a la Corporación Autónoma Regional de La Guajira
-CORPOGUAJIRA, con NIT 892.115.314-9, Permiso de Prospección y Exploración de
Aguas Subterráneas, para la ejecución del proyecto denominado “Implementación de
acciones de mitigación y adaptación al cambio climático ante sequias en comunidades
indígenas del municipio de Maicao, La Guajira”, en las comunidades indígenas Ceura,
Shulema, Kululumana, Jisemana y Flor de la Sabana, ubicadas en la zona rural del
municipio de Maicao, departamento de La Guajira, para la construcción de cinco (5) pozos
profundos, uno (1) en cada comunidad señalada, en un radio máximo de 50 metros a partir
de las coordenadas establecidas en el artículo primero de la precitada Resolución.
Que el Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas, fue otorgado por
una vigencia de un (1) año, contado a partir de la ejecutoria de la Resolución No. 00526 del
26 de marzo de 2020, es decir, a partir del 15 de abril de 2020.
Que la Corporación Autónoma Regional de La Guajira -CORPOGUAJIRA, mediante
radicado 2021061363-1-000 del 06 de abril de 2021, solicitó a esta Autoridad “(…) la
ampliación del plazo concedido mediante Resolución 00526 del 26 de marzo de 2020, en
un tiempo adicional de 4 meses; esto con el propósito de obtener la modificación del
permiso otorgado en cuanto al sitio de construcción de pozo en la comunidad indígena de
Flor de la Sabana y lograr su construcción, lo que garantizará no solo la culminación del
proyecto, sino también la entrega de agua potable a la mencionada comunidad (…)”.
CONSIDERACIONES JURIDICAS
Que el Decreto Ley 2811 de 19741, establece en su artículo 51 que el derecho de usar los
recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso,
concesión y asociación.
1 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”
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