Resolución N° 00759 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 07-09-2015 - Normativa - VLEX 877910518

Resolución N° 00759 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 07-09-2015

Número de resolución00759
Año2015
Fecha07 Septiembre 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL'SINA'
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL _
CORPONOR
Resorución*"dg 0 7 5 .g. a" 0 7 s'ii' 2015
"Por la cual se otorga una Goncesión de Aguas Superficiales"
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facultades const¡tucionales y legales, en especial, las concedidas por en la Ley
99 de 1993 y en los Decretos 2811 de1974y 1541 de1978y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 88 del Decreto 2811 de 1974, contempla que salvo disposiciones especiales'
solo puede hacerse uso de las aguas en virtud de concesión
Que,elarticu|o89de|Decreto2811de1974,contemp|aque|aconces¡Óndeun
aprovechamiento de aguas estará sujeta a las disponibilidades del fecurso y a las necesidades
que imponga el obieto para el cual se destina
Que, el artículo Artículo 2.2.3.2.5.1, del Decreto 1076 de 20'15, contempla que el derecho al uso
de|asaguasyde|oscaucesseadquiereporMinisteriode|aLey,porconcesión,porperm¡Soy
oor asociación.
Que, en virtud el artÍculo 2.2.3.2.5.2.de1 Decreto 1076 de 2015, Derecho al uso de las aguas, el cual
establece ,,que toda persona natural o jurídica, pÚbl¡ca o privada, requiere de conces¡Ón para
obtener el derecho at aprovecham¡eñto de tas aguas para uso en consumo hum,ano y
¿oÁie"t¡"ái,, riego de cuttivos, abrevadero de animáles, acuicultura y pesca, uso in.dustrial,
je,neración ter-mica o nuclear de etectricidad, explotación minera y tratamiento de m¡nerales,
Zlpioiacion petrotera, inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica'
g;ráiái¡On cinét¡ca aírectá, ftotación de maderas, recreación y deporfe, usos medicinales"'
Que, entre las funciones de las corporaciones Autónomas Regionales según lo dispuesto en el
artículo 31 numerales I y 12 de la Ley 99 de 1993, está la de otorgar conceslones. para el uso
á" t"" "gr"" superficiales y subterránLas y realizar la evaluación, control y seguimiento de sus
USOS.
Que, mediante formulario único de concesión de aguas con radicado ante la Corporación
ño. e¡StZS de Mayo de 201S, et señor MISAEL GAMBOA ROSAS, identificado con cédula de
ciudadanía No. 5.463.039, de Mutiscua, solicitó concesión de aguas superficiales, para
beneficio del predio la Merced, ubicado en la Vereda las Mercedes, Municipio de Mutiscua,
Departamento Norte de Santander.
Que, mediante auto de inicio de fecha 09 de Junio de 2015, la subd¡rección de Desarrollo
Sector¡al Sostenible de la Corporación, admitió la solicitud de concesión de agua superficial y se
ordenó continuar el trámite correspondiente, el cual se programó visita ocular para el día 02 de
Julio de 2015, por parte del grupoiécnico, previo cumplimiento a los requisitos señalados en los
artícufos 2.2.3.2.s.3.v 2.2.3.2.9.4. del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015
Que, una vez fijados y desfijados los avisos de ley, se procedió a rcalizat la respect¡va vis¡ta
técnica observañdo lo dispuesto en el Art. 2.2.3.2.9.4. del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015;
así mismo dentro del tramite no hubo oposición ni obiec¡ones de otras personas a la conces¡ón
solicitada de conformidad con el articulo 2.2.3.2.9.7 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015'
por consiguiente el grupo técnico de la Subdirección de Desarrollo Sectorial Sostenible, rinde
informe técnico, conce¡rtuando lo s¡gu¡ente: \

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