Resolución N° 00775 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 08-09-2015 - Normativa - VLEX 877911578

Resolución N° 00775 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 08-09-2015

Número de resolución00775
Año2015
Fecha08 Septiembre 2015
Tipo de documentoResolución
coRpoNoR
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL "SINA"
MINISTERIO OE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
-CORPONOR
Resoluc¡ón No
000 ''
0 B srP 20151
"Por Ia cual se aprueba un Programa para el Uso Efíciente y Ahorro del Agua -
PLAN QUINQUENAL 2015 -2019, prcsentado por Ia EMPRESAS MUNICIPALES DE
TIBÚ E.S.P., y se hacen formulan unos requerimientos"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
FRONTERA NORORIENTAL -CORPONOR.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las concedidas por en
Ia Ley 99 de 1993 y Ley 373 de 1997, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 3'1 e la Ley 99 de 1993 dispone que corresponde a las Corporaciones
Autónomas Regionales ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su
jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y
directrices trazadas por el Ministerio del Medio Amb¡ente y Desarrollo Sostenible.
Que además la norma enunciada dispone que corresponde a las Corporaciones
Autónomas Regionales, Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licenc¡as
amb¡entales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los
recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan
afectar el medio ambiente. otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos
forestales, concesiones para el uso de aguas superf¡ciales y subterráneas y establecer
vedas para la caza y pesca deportiva;
Que la Ley 373 de 1997, en su artículo primero, señala sobre el programa para el uso
eficienle y ahorro del agua,, lo siguiente "Todo plan ambiental regional y municipal debe
incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua. se
ent¡ende por programa para el uso eficiente y ahorro de agua el conjunto de proyectos y
acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los
sev¡c¡os de acueducto, alcantaillado, r¡ego y drenaje, producción h¡droetéctrica y demás
usuarios del recurso hídríco.
Las corporaciones Autónomas Regionales y demás autoridades ambientates encargadas
del manejo, protección y control del recurso hídrico en su respectiva jurisdlcción,
aprobarán la implantación y ejecución de dichos programas en coordinación con otras
corporac¡ones autónomas que compañan las fuenles que abastecen los diferentes usos."
Que el .artículo 2 de la Ley ibídem señala: "Conten¡do del programa de uso efic¡ente y
ahorro del agua. El programa de uso eficiente y ahorro de agua, será quinquenat y deberá
estar basado en el d¡agnóst¡co de Ia ofeña hídr¡ca de las fuentes de abastecimiento y Ia
demanda de agua, y contener las metas anuales de reducción de pérdidas, tas campáñas
educativas a la comun¡dad, la util¡zación de aguas supeÍiciales, lluvias y subterráneas, los
¡ncent¡vos y otros aspectos que definan las corporaciones Autónomas Regionates y
demás autoridades ambientales, las entidades prestadoras de /os servlcrbs de acueducto
y alcantarillado, las que manejen proyectos de riego y drenaje, tas hidroetéctricas y demás
usuarios del recurso, que se cons¡deren conven¡entes para el cumplimiento del
programa."
*de
7. 5r
T
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