RESOLUCIÓN N° 00897 de la Gaceta Ambiental ANLA, 19-05-2020 - Normativa - VLEX 873834563

RESOLUCIÓN N° 00897 de la Gaceta Ambiental ANLA, 19-05-2020

Número de expedienteLAM1993
Fecha19 Mayo 2020
Fecha de publicación09 Junio 2020
Número de resolución00897
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00897
( 19 de mayo de 2020 )
“Por medio de la cual se acepta el cambio de razón social del titular de una Licencia
Ambiental y se toman otras determinaciones”
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas en la Ley 99 del 22 de
diciembre de 1993, los Decretos 3573 del 27 de septiembre 2011, 1076 del 26 de mayo
2015, 376 y 377 del 11 de marzo de 2020, y las Resoluciones 423 del 12 de marzo de
2020, modificada por la Resolución 509 del 25 de marzo de 2020 y 669 del 14 de abril de
2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 759 del 26 de julio de 2000, el Ministerio del Medio Ambiente,
hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, otorgó a la EMPRESA DE
FABRICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS PARA LA AGRICULTURA S.A. –
FADA S.A., Licencia Ambiental para el proyecto denominado “Instalación de una Planta
Productora del Herbicida Glifosato” con una capacidad de 400.000 litros del producto por
año, ubicada en el Parque Industrial Trocadero, Vereda Méjico, municipio de Puerto Tejada,
departamento del Cauca.
Que mediante Resolución 1070 del 29 de noviembre de 2001, el Ministerio del Medio
Ambiente, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, modificó la Resolución 759
del 26 de julio de 2000, en el sentido de autorizar, la comercialización de los productos
obtenidos de las actividades de síntesis y formulación del Glifosato, realizados en la planta
productora del herbicida.
Que por medio de la Resolución 583 del 26 de junio de 2002, el Ministerio de Medio
Ambiente, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, modificó la Resolución 759
del 26 de julio de 2000, en el sentido de autorizar, el almacenamiento y distribución de los
productos CIPERMETRINA AGROGEN 200 EC, CLORPIRIFOS AGROGEN 48% EC,
MANCOZEB AGROGEN 800 WP, MANCOZEB AGROGEN 430 SC, AMINA AGROGEN
720 SL, DIURON AGROGEN 800 SC, ATRAZINA AGROGEN 500 SC y AMETRINA
AGROGEN 500 SC, en la bodega adecuada dentro de las instalaciones de la planta
productora del herbicida Glifosato.
Que a través de la Resolución 794 del 18 de julio de 2003, el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
modificó la Resolución 759 del 26 de julio de 2000, en el sentido de autorizar la construcción
de una bodega al interior de las instalaciones de la planta productora del herbicida glifosato,
para el almacenamiento y distribución de los productos CIPERMETRINA AGROGEN 20%
EC, CARBOFURAN AGROGEN 330 SC, BUTACLOR AGROGEN 600 EC, PARAQUAT
AGROGEN 200 SL, PROPICONAZOLE AGROGEN 250 EC y MANCOZEB AGROGEN
80% WP.

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