RESOLUCIÓN N° 00990 de la Gaceta Ambiental ANLA, 09-06-2021 - Normativa - VLEX 873838777

RESOLUCIÓN N° 00990 de la Gaceta Ambiental ANLA, 09-06-2021

Número de resolución00990
Fecha de publicación30 Junio 2021
Número de expedienteIDB0321
Fecha09 Junio 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00990
( 09 de junio de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Universidad de Antioquia mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de
2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de
abril de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, y se
toman otras determinaciones”
El SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos -Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015 y las Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Resolución 0524
del 27 de mayo de 2014, otorgó a la Universidad de Antioquia, con NIT. 890.980.040-8 y
aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1201, Permiso Marco de
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Investigación Científica No Comercial, para adelantar proyectos de investigación
científica no comercial dentro del territorio nacional, por una vigencia de diez (10) años no
prorrogables, contados a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo, es decir,
a partir del 17 de junio de 2014.
Que esta Autoridad mediante Resolución 1461 del 03 de diciembre de 2014, modificó el
numeral 2 del artículo séptimo de la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014, en el sentido
de incluir nuevos programas, grupos de investigación e investigadores al Permiso Marco de
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Investigación Científica No Comercial.
Que mediante Resolución 00371 del 06 de abril de 2017, esta Autoridad modificó los
subnumerales 2.2 y 2.3 del numeral 2 del Formato de Solicitud del Permiso Marco de
Recolección correspondiente al Anexo 1, de que trata el artículo primero y el numeral 2 del
artículo séptimo de la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014, modificada por la
Resolución 1461 del 03 de diciembre de 2014.
Que esta Autoridad mediante Resolución 00908 del 27 de mayo de 2019, modificó en su
artículo primero, el numeral 2 del artículo séptimo de la Resolución 0524 del 27 de mayo de
2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014 y 00371 del 06 de
abril de 2017 y, en su artículo segundo, los numerales 2.1, 2.2 y 2.3 del Anexo 1, en el
sentido de incluir una (1) línea de investigación, un (1) grupo de investigación y siete (7)
investigadores.
Que la mencionada Resolución 00908 del 27 de mayo de 2019, fue recurrida por la
Universidad de Antioquia mediante el radicado 2019088946-1-000 del 27 de junio de 2019,
Resolución No. 00990 Del 09 de junio de 2021 Hoja No. 2 de 37
“Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Universidad de Antioquia mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de
2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de
abril de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, y se
toman otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
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la cual, fue confirmada en todos sus apartes mediante la Resolución 01489 del 23 de julio
de 2019.
Que esta Autoridad mediante Resolución 01440 del 27 de agosto de 2020, modificó los
numerales 2.1, 2.2 y 2.3 del Anexo 1 de la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014
modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de abril
de 2017 y 00908 del 27 de mayo de 2019, en el sentido de incluir un (1) grupo de
investigación y cuatro (4) investigadores.
Que la Universidad de Antioquia, mediante radicado 2021087438-1-000 del 05 de mayo de
2021, solicitó a esta Autoridad, modificación del Permiso Marco de Recolección de
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación
Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014
modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de abril
de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, conforme a la
información consignada en el Formato de Modificación del Permiso Marco de Recolección
allegado.
Que esta Autoridad mediante Auto 03127 del 10 de mayo de 2021, dio inicio al trámite
administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación
Científica No Comercial, otorgado mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014
modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de abril
de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, conforme a la
solicitud presentada por la Universidad de Antioquia, mediante el radicado 2021087438-1-
000 del 05 de mayo de 2021.
Que el referido Auto No. 03127 del 10 de mayo de 2021 fue notificado a la Universidad de
Antioquia el día 11 de mayo de 2021, quedando debidamente ejecutoriado y publicado el
día 12 de mayo de la misma anualidad.
Que el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
Ambientales de esta Autoridad, evaluó la información allegada por la Universidad de
Antioquia y, como consecuencia, emitió los Conceptos Técnicos 02665 del 18 de mayo de
2021 y 02914 del 28 de mayo de 2021, el cual hace parte integral del presente acto
administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que el Decreto 1076 del 26 de mayo de 20151, mediante el cual se unificó las normas de
carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en
el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de
especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no
comercial.
Que el artículo 2.2.2.8.1.5 del referido Decreto, señala las modalidades bajo las cuales
puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre estas, el Permiso Marco
de Recolección, el cual establece en el artículo 2.2.2.8.2.1 ibidem “Las Instituciones
Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres
1 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible
Resolución No. 00990 Del 09 de junio de 2021 Hoja No. 3 de 37
“Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Universidad de Antioquia mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de
2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de
abril de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, y se
toman otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
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Nit.: 900.467.239-2
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de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial,
deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco
de Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que realicen
los investigadores vinculados a la respectiva institución”.
Que de igual manera, el Parágrafo de la citada norma prevé que la recolección de
especímenes para fines docentes y educativos a nivel universitario deberá estar amparada
por un Permiso Marco de Recolección vigente.
Que el artículo 2.2.2.8.6.5 del precitado Decreto, establece que, como estímulo a la
investigación científica, no se realizará ningún cobro por concepto de los servicios de
evaluación y seguimiento a los Permisos de Recolección.
Que a su vez, el artículo 2.2.2.8.2.6 del citado Decreto, dispone que el titular del permiso
marco de recolección, durante la vigencia del mismo, podrá solicitar la inclusión de nuevos
programas de investigación o modificar los investigadores (nacionales o extranjeros)
adscritos a cada programa; para lo cual deberá tramitar la modificación del respectivo
permiso, conforme a lo indicado en el Formato de Modificación del Permiso Marco de
Recolección.
Que en ese sentido, esta Autoridad mediante la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014,
otorgó a la Universidad de Antioquia, Permiso Marco de Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No
Comercial y, en su artículo noveno estableció “(…) Advertir a la UNIVERSIDAD DE
ANTIOQUIA, que cualquier cambio constituye una modificación al presente permiso y por
tanto deberá ser informada previamente y por escrito a la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales —ANLA, mediante el Formato de Modificación del Permiso Marco de
Recolección para su evaluación y posterior aprobación (…)”.
Que de conformidad a la referida normatividad, la Universidad de Antioquia, mediante el
radicado 2021087438-1-000 del 05 de mayo de 2021, solicitó a esta Autoridad modificar la
Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de
diciembre de 2014, 00371 del 06 de abril de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440
del 27 de agosto de 2020, en el sentido de incluir un (1) grupo de investigación y tres (3)
investigadores y de excluir seis (6) investigadores del permiso marco de recolección,
conforme a la información consignada en el Formato de Modificación del Permiso Marco de
Recolección allegado.
Que esta Autoridad efectuó la evaluación de la solicitud, dando como resultado la emisión
de los Conceptos Técnicos 02665 del 18 de mayo de 2021 y 02914 del 28 de mayo de 2021
acogidos en el presente acto administrativo, mediante los cuales determina que la solicitud
de modificación del Permiso Marco de Recolección presentada por la Universidad de
Antioquia, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.8.2.6 del Decreto 1076
del 2015 y, en tal virtud, encuentra viable modificar la Resolución 0524 del 27 de mayo de
2014 modificada por las Resoluciones 1461 del 03 de diciembre de 2014, 00371 del 06 de
abril de 2017, 00908 del 27 de mayo de 2019 y 01440 del 27 de agosto de 2020, en el
sentido de incluir un (1) grupo de investigación y tres (3) investigadores y de excluir seis (6)
investigadores del permiso marco de recolección que nos ocupa.
Ahora bien, esta Autoridad evidencia que por error de transcripción los investigadores Jaime
Pérez Giraldo, Luis Guillermo Duque Ramírez, Raúl Narváez Sánchez, Juan Carlos
Aristizábal y Juan Camilo Calderón Vélez, pertenecientes al grupo de investigación PHYSIS

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