Resolución N° 0102 de la Gobernación del Casanare, 11-05-2023 - Normativa - VLEX 932851215

Resolución N° 0102 de la Gobernación del Casanare, 11-05-2023

Año2023
Número de resolución0102
Fecha11 Mayo 2023
EmisorDespacho del Gobernador
Cc
Gobernación
de
are
N1iT:B92099216-6
a
Ain
om
RESOLUCIÓN
No.
===
01
(
7
DE
2023
“Por
el
cual
se
designan
los
representantes
del
Gobernador
de
Casanare
que
conformaran
el
Comité
de
Convivencia
Laboral
de
la
Administración
Departamental,
para
la
vigencia
2023-2025”.
100-15-15
El
GOBERNADOR
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
atribuciones
constitucionales
y
legales,
y
en
especial
las
conferidas
por
el
Artículo
305
numeral
1
de
la
Constitución
Política
de
Colombia,
y
CONSIDERANDO
Que
la
Ley
1010
de
2006
en
el
artículo
2*
establece
que:
*...
se
entenderá
por
acoso
laboral
toda
conducta
persistente
y
demostrable,
ejercida
sobre
un
empleado,
trabajador
por
parte
de
un
empleador,
un
jefe
o
superior
jerárquico
inmediato
o
mediato,
un
compañero
de
trabajo
o
un
subalterno,
encaminada
a
infundir
miedo,
intimidación,
terror
y
angustia,
a
causar
perjuicio
laboral,
generar
desmotivación
en
el
trabajo,
o
inducir
la
renuncia
del
mismo”.
Que
por
medio
de
la
resolución
N*
2646
de
2008
del
Ministerio
de
Protección
Social,
se
establecieron
disposiciones
y
se
definieron
responsabilidades,
entre otras
para
la
prevención,
permanente
de
la
exposición
a
factores
de
riesgo
psicosocial
en
el
trabajo;
y
en
el
artículo
2
se
determinó
que
dicha
resolución
aplica
también
a
empleadores
públicos.
Que
por
su
parte
el
Ministerio
del
Trabajo
mediante
Resolución
N*
652
de
2012
artículo
3,
modificado
por
el
artículo
1
de
la
Resolución
N”
00001356
del
2012,
respecto
la
conformación
del
Comité
de
Convivencia
Laboral
estableció
lo
siguiente:
“El
comité
de
Convivencia
Laboral
estará
compuesto
por
dos
(2)
representantes
del
empleador
y
dos
(2)
de
los
trabajadores,
con sus
respectivos
suplentes.
Las
entidades
públicas
y
empresas
privadas
podrán
de
acuerdo
a
su
organización
interna
designar
un
mayor
número
de
representantes,
los
cuales
en
todo
caso
serán
iguales
en
ambas
partes.
Los
integrantes
del
Comité
preferiblemente
contarán
con
competencias
actitudinales
y
comportamentales
tales
como:
respeto,
imparcialidad,
tolerancia,
serenidad,
confidencialidad,
reserva
en
el
manejo
de
información
y
ética;
así
mismo,
habilidades
de
comunicación
asertiva,
liderazgo
y
resolución
de
conflictos...
El
empleador
designará
directamente
a
sus
representantes
y
los
Pat.
ES]
Carrera
20
No.8-02,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6336339,
Ext.1701,
1702,
Yopal,
Casanare
wWww.casanare.gov.co
—despachocasanare.gov.c(a

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