RESOLUCIÓN N° 01047 de la Gaceta Ambiental ANLA, 10-06-2020 - Normativa - VLEX 873838517

RESOLUCIÓN N° 01047 de la Gaceta Ambiental ANLA, 10-06-2020

Fecha de publicación03 Julio 2020
Fecha10 Junio 2020
Número de expedienteLAM2592
Número de resolución01047
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01047
( 10 de junio de 2020 )
“POR LA CUAL SE MODIFICA UNA RESOLUCIÓN”
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL
DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de
1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376
del 11 de marzo de 2020 por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de
2015, la Resolución 414 del 12 de marzo de 2020, la Resolución 423 del 12 de marzo de
2020, modificada por la Resolución 509 del 25 de marzo de 2020, la Resolución 669 del
14 de abril de 2020 expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 409 del 9 de abril de 2003, el Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante el
Ministerio, otorgó a la sociedad ECOPETROL S.A.,, en adelante la Sociedad, la Licencia
Ambiental para el proyecto denominado: "Área de Perforación Exploratoria Río Horta”,
localizado en jurisdicción de los municipios de Yacopi y Puerto Salgar en el Departamento
de Cundinamarca; municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá y municipio
de Bolívar en el Departamento de Santander.
Que por medio de la Resolución 2114 del 30 de octubre de 2006, el Ministerio modificó el
numeral 1 del artículo cuarto de la Resolución 409 del 9 de abril de 2003, en el sentido de
adicionar el uso y el aprovechamiento de los recursos naturales mediante la captación de
aguas superficiales en el río Cáceres.
Que mediante Auto 1032 del 029 de abril de 2010, el Ministerio realizó seguimiento y control
ambiental al proyecto efectuando unos requerimientos a la Sociedad, relacionados con la
obligación de inversión forzosa de no menos del 1%.
Que mediante Auto 226 del 30 de enero de 2013, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, en adelante esta Autoridad, en ejercicio de las funciones de
seguimiento y control ambiental, aceptó parte de la inversión forzosa de no menos del 1%.
para el pozo Zeus-1, siempre y cuando presentara información sobre el valor presente neto
del monto aprobado y solicitó información relacionada con los predios seleccionados para
la construcción de los STARDU.
Que mediante el Auto 2431 del 5 de agosto de 2013, esta Autoridad negó la solicitud de
revocatoria directa elevada por la Sociedad, en contra de los artículos segundo y octavo del
Auto 226 del 30 de enero de 2013.
Que mediante Auto 1065 del 31 de marzo de 2017, esta Autoridad solicitó a la Sociedad
dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con el Plan de Inversión del 1%.
Resolución No. 01047 Del 10 de junio de 2020 Hoja No. 2 de 18
Por la cual se modifica una Resolución
Que mediante Resolución 752 del 17 de mayo de 2018, esta Autoridad aprobó el Plan de
Inversión forzosa de no menos del 1%, presentado por la Sociedad mediante radicados
2017048408-1- 000, 2017049120-1-000 del 30 de junio de 2017 y 2018000998-1-000 del
04 de enero de 2018, para el proyecto "Área de Perforación Exploratoria Río Horta”, en las
siguientes líneas del Decreto 2099 del 22 de diciembre de 2016, modificado por el Decreto
Que mediante Resolución 1436 del 18 de julio de 2019, esta Autoridad resolvió Recurso de
Reposición interpuesto en contra de la Resolución 752 del 17 de mayo de 2018, en el
sentido de aclarar lo establecido en el subnumeral 3.2, numeral 3, Artículo Segundo,
relacionados con planificar a escala de paisaje, las áreas sujetas a las acciones de
conservación y/o recuperación, entre otros.
Que mediante radicado 2019182221-1-000 21 de noviembre de 2019, la Sociedad presentó
a esta Autoridad, la solicitud de acogimiento al porcentaje incremental contenido en el
Artículo 321 de la Ley 1955 de 2019 para el proyecto "Área de Perforación Exploratoria Río
Horta”.
Que mediante oficio 2020026816-2-000 del 21 de febrero del 2020, esta Autoridad requirió
información complementaria con el fin de resolver de fondo la solicitud de acogimiento al
porcentaje incremental contenido en el al Artículo 321 Ley 1955 de 2019.
Que mediante radicado 2020044945-1-000 del 24 de marzo de 2020, la Sociedad dio
respuesta a los requerimientos de información adicional solicitados por esta Autoridad
mediante Oficio 2020026816-2-000 del 21 de febrero del 2020.
Que el Equipo Técnico de esta Autoridad realizó la evaluación de la información remitida
por la Sociedad a través de la cual solicitó el acogimiento al porcentaje incremental del
artículo 321 del Plan Nacional de Desarrollo - PND (Ley 1955 del 25 de mayo del 2019),
pronunciándose mediante el Concepto Técnico 2214 del 15 de abril de 2020.
COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD.
Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, en los términos del artículo 67 de la Ley 489
de 1998, con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hace
parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
estableció a la Autoridad Nacional, entre otras, la función de otorgar o negar las licencias,
permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de conformidad con la ley y
los reglamentos.
Mediante Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modifica la estructura de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales.
Mediante la Resolución 414 del 12 de marzo de 2020 “Por la cual se adopta el Manual
Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de
personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, se establece que le
corresponde al Despacho de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, expedir el presente acto administrativo.
Mediante la Resolución 423 del 12 de marzo de 2020 “Por la cual se delegan unas funciones
y se dictan otras disposiciones” en su artículo 8, modificado por la Resolución 509 del 25
de marzo de 2020, se delegó en el Asesor Código 1020 Grado 15 del Despacho del Director
General, la función de suscribir los actos administrativos que aprueben los planes de
compensación y de no menos del 1%,

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