RESOLUCIÓN N° 01087 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-06-2021 - Normativa - VLEX 873837723

RESOLUCIÓN N° 01087 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-06-2021

Número de expedienteLAM0747
Fecha21 Junio 2021
Número de resolución01087
Fecha de publicación14 Julio 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01087
( 21 de junio de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“POR LA CUAL SE MODIFICA UNA LICENCIA AMBIENTAL Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES –
ANLA
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de
1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de
marzo de 2020 que modificó la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y
acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 y con las Resoluciones 1690 del
06 de septiembre de 2018 y la Resolución 464 del 09 de marzo de 2021 de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales – ANLA y,
CONSIDERANDO QUE
Mediante la Resolución 809 del 24 de julio de 1996, el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante el Ministerio), otorgó Licencia Ambiental Ordinaria
a la sociedad AGROQUÍMICOS BERSÁN LTDA., identificada con NIT. 800.018.488-1, para desarrollar
el traslado, montaje y puesta en marcha de una Planta Formuladora de Insumos Agrícolas insecticidas,
fungicidas y herbicidas, con destino a la producción arrocera, ubicada en el Municipio de El Espinal,
en el Departamento del Tolima.
A través de Auto 616 del 22 de octubre de 1998, el Ministerio dispuso que, debido a un cambio de
razón social, a partir de la fecha y para todos los efectos legales, la sociedad AGROQUÍMICOS
BERSÁN LTDA., se denominaría AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. – AGROZ
S.A.
Por medio de la Resolución 379 del 14 de mayo de 1999, el Ministerio modificó el Artículo Décimo
Segundo de la Resolución 809 del 24 de julio de 1996, en el sentido de autorizar la síntesis del Propanil
Técnico a partir de la reacción de 3,4 - Dicloroanilina al 98%, Acido Propiónico al 100% y Tolueno al
99%.
Mediante la Resolución 608 de 29 de julio de 1999, el Ministerio modificó el numeral primero del
Artículo Segundo de la Resolución 379 del 14 de mayo de 1999, en el sentido de ampliar el término a
treinta (30) días adicionales, para desarrollar la evaluación de condiciones de riesgos sanitarios de la
comunidad del área de influencia del proyecto y determinar grupos vulnerables para establecer
medidas de control mediante acciones preventivas, con la participación de una trabajadora social, un
médico, una enfermera, un odontólogo, un comunicador social, un ingeniero sanitario y un veterinario.
Por medio de la Resolución 927 del 09 de octubre de 2002, el Ministerio modificó el Parágrafo del
Artículo Primero y suprimió el numeral 4 del Artículo Segundo de la Resolución 379 del 14 de mayo
de 1999, por medio de la cual, se modificó el Artículo Décimo Segundo de la Resolución 809 del 24
de julio de 1996.
Resolución No. 01087 Del 21 de junio de 2021 Hoja No. 2 de 201
“POR LA CUAL SE MODIFICA UNA LICENCIA AMBIENTAL Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
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Mediante la Resolución 721 de 16 de junio de 2004, el Ministerio modificó el Artículo noveno de la
Resolución 809 del 24 de julio de 1996, en el sentido de cambiar la frecuencia de los monitoreos de
calidad del aire y la presentación del modelo de dispersión, para que, la sociedad AGROQUÍMICOS
ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. – AGROZ S.A. los presentara anualmente.
A través de la Resolución 82 del 16 de enero de 2008, el Ministerio modificó la Resolución 809 de 24
de julio de 1996, en el sentido de autorizar la construcción de una nueva bodega, para el
almacenamiento seguro de materiales de envase y empaques de productos agroquímicos.
Por medio de la Resolución 272 del 19 de febrero de 2008, el Ministerio modificó la Resolución 809
del 24 de julio de 1996, en el sentido de incluir una obligación relacionada con el plan de inversión del
1% en la cuenca hidrográfica de la quebrada la pioja.
Mediante la Resolución 1485 del 26 de agosto de 2008, el Ministerio modificó el Artículo Primero de
la Resolución 272 del 19 de febrero de 2008, en el sentido de aclarar que la cuenca hidrográfica donde
debía realizarse la inversión del 1% del valor del proyecto en actividades de recuperación,
preservación y vigilancia, era la Cuenca hidrográfica del rio magdalena.
A través de la Resolución 133 del 26 de enero de 2009, el Ministerio modificó la Resolución 809 del
24 de julio de 1996, en el sentido de autorizar la ampliación de su ámbito de producción hacia la
elaboración de insumos pecuarios a partir de los ingredientes activos grado técnico que se utilizarían
para realizar las actividades de formulación, maquila (formulación a terceros), empaque y envase.
Mediante la Resolución 374 del 4 de marzo de 2011, el Ministerio modificó la Resolución 809 del 24
de julio de 1999, en el sentido de autorizar la instalación y puesta en marcha de una línea de
producción de aerosoles con base en ingredientes activos para uso pecuario, industrial, doméstico y
salud pública, una nueva línea de herbicidas en forma de suspensiones concentradas y la ampliación
de la formulación de insecticidas en polvo con la formulación a base de TRICLORFON para uso
pecuario.
Por medio de la Resolución 1233 del 17 de octubre de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, modificó la Resolución 809 del 24 de julio de 1999, en el sentido de autorizar
nuevas actividades, tales como, la instalación de un campamento temporal dentro de la planta; la
construcción de punto limpio; la instalación de una nueva línea de aerosoles; la instalación de una
nueva línea de síntesis de propanil, aminación de Glifosato, aminación del 2,4-D, y aminación de
Picloram ; la ampliación del área de servicios mediante la construcción de un segundo nivel; la
adecuación del área casino/auditorio; la inclusión y uso de ingredientes activos, entre otras.
A través de la Resolución 19 del 14 de enero de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
– ANLA, modificó vía seguimiento, el Artículo Primero de la Resolución 721 del 16 de junio de 2004,
en el sentido de solicitar la presentación del modelo de dispersión de contaminantes de la planta de
producción de plaguicidas, en el evento de que, se surtieran modificaciones al interior de la misma, en
relación con los equipos y/o procesos que generan emisiones a la atmósfera.
Mediante comunicación presentada en la Ventanilla Integrada de Trámites Ambientales en Línea –
VITAL, con número 3800080001848820002, con radicación ANLA 2020131922-1-000 del 14 de
agosto de 2020 (VPD0137-00-2020), la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA
S.A. – AGROZ S.A., solicitó modificación de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución
809 del 24 de julio de 1999, en el sentido de: ampliar el área existente de la planta a un nuevo predio
colindante, y construir una nueva área de producción de herbicidas, donde serán trasladadas las líneas actuales
de producción de herbicidas y se instalará la nueva línea de producción de glifosato; construir la infraestructura,
montaje y operación del cuarto de etiquetado y codificado; construir siete (7) bodegas de almacenamiento;
incluir 77 nuevos ingredientes activos y 168 productos formulados; y actualizar el plan de manejo ambiental”,
Resolución No. 01087 Del 21 de junio de 2021 Hoja No. 3 de 201
“POR LA CUAL SE MODIFICA UNA LICENCIA AMBIENTAL Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES”
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en el municipio de El Espinal en el departamento del Tolima, cuyo resultado en reunión de verificación
preliminar de documentos realizada el día 21 de agosto de 2020, fue aprobado.
Por medio del Auto 419 del 08 de febrero de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –
ANLA, inició, a nombre de la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. –
AGROZ S.A., el trámite administrativo de modificación de la Licencia Ambiental otorgada mediante
Resolución 809 del 24 de julio de 1996, para la Planta Formuladora de Insumos Agrícolas, localizada
en el municipio de El Espinal en el departamento del Tolima.
Dicho acto administrativo fue notificado mediante correo electrónico el 26 de febrero de 2021, y
debidamente ejecutoriado y publicado en la gaceta de esta Autoridad el día 01 de marzo del 2021.
Mediante reunión llevada a cabo el 19 de marzo de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, requirió a la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. –
AGROZ S.A., información adicional, para continuar con el trámite tendiente a la modificación de la
Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 809 del 24 de julio de 1996, tal como consta en
el Acta No. 20 de 2021 y como quedó registrado en audio y video; dos de los requerimientos
efectuados por esta Autoridad, fueron objeto de recurso de reposición por parte de la sociedad
interesada, los cuales, fueron resueltos en el sentido de confirmar en su integridad la información
solicitada, así mismo, las decisiones allí adoptadas fueron notificadas en estrados.
Por medio de Auto 2036 del 09 de abril de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –
ANLA, reconoció al señor Daniel Rubio Jiménez, identificado con cédula de ciudadanía 79.629.006,
en calidad de Procurador Judicial II Ambiental y Agrario para el Tolima, como tercero interviniente
dentro del trámite administrativo de modificación de Licencia Ambiental, iniciado mediante Auto No
419 del 08 de febrero de 2021.
Mediante comunicación con radicado 2021065608-1-000 del 12 de abril de 2021, la sociedad
AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. – AGROZ S.A., solicitó a esta Autoridad,
prórroga para presentar la información requerida en reunión de información adicional llevada a cabo
el 19 de marzo de 2021.
A través de comunicación con radicado 2021068667-2-000 del 14 de abril de 2021, esta Autoridad,
concedió a la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. – AGROZ S.A., una
prórroga por el término de un (1) mes, para presentar la información requerida en reunión de
información adicional del 19 de marzo de 2021.
Mediante comunicación con radicado VITAL 3500080001848821002 y radicados ANLA 2021099273-
1-000 y 2021099295-1-000 del 20 de mayo de 2021, la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE
COLOMBIA S.A. – AGROZ S.A., presentó la información adicional requerida por esta Autoridad, en la
reunión de información adicional del 19 de marzo de 2021.
Mediante 4461 del 21 de junio de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA,
declaró reunida la información requerida para decidir sobre la solicitud de modificación de Licencia
Ambiental otorgada mediante Resolución 809 del 24 de julio de 1996, para la Planta Formuladora de
Insumos Agrícolas, localizada en el municipio de El Espinal en el departamento del Tolima, solicitada
por la sociedad AGROQUÍMICOS ARROCEROS DE COLOMBIA S.A. – AGROZ S.A., en el sentido
de ampliar el área existente de la planta a un nuevo predio colindante, y construir una nueva área de
producción de herbicidas, donde serán trasladadas las líneas actuales de producción de herbicidas y
se instalará la nueva línea de producción de glifosato; construir la infraestructura, montaje y operación
del cuarto de etiquetado y codificado; construir siete (7) bodegas de almacenamiento; incluir 77 nuevos
ingredientes activos y 168 productos formulados; y actualizar el plan de manejo ambiental.

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