RESOLUCIÓN N° 01095 de la Gaceta Ambiental ANLA, 22-06-2021 - Normativa - VLEX 873837646

RESOLUCIÓN N° 01095 de la Gaceta Ambiental ANLA, 22-06-2021

Número de expedienteLAV0017-00-2016
Fecha22 Junio 2021
Número de resolución01095
Fecha de publicación14 Julio 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01095
( 22 de junio de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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Por la cual se modifica una licencia ambiental y se adoptan otras determinaciones
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, en el Decreto-Ley 3573 de
2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, en el Decreto 1076 de 2015, las
Resoluciones 1690 del 6 de septiembre de 2018 y 464 del 9 de marzo de 2021, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución 763 del 27 de julio de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales –ANLA otorgó Licencia Ambiental a la sociedad AUTOPISTA RÍO
MAGDALENA S.A.S. para la ejecución del proyecto vial de "Construcción de las Unidades
Funcionales UF1 y UF2 Vía Remedios - Alto de Dolores", localizado en los municipios de
Remedios, Maceo, Vegachí, Yalí y Yolombó, en el departamento de Antioquia.
Que, a través de Resolución 654 del 7 de mayo de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales -ANLA modificó la Resolución 763 del 27 de julio de 2016, por la cual otorgó
Licencia Ambiental, en el sentido de adicionar el permiso de aprovechamiento forestal en
6.855 individuos arbóreos con un volumen total de 1.292,18 m3.
Que, por medio de la Resolución 2182 del 26 de noviembre de 2018, la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales -ANLA modificó la Resolución 763 del 27 de julio de 2016, por
la cual otorgó Licencia Ambiental, en el sentido de adicionar obras y actividades
ambientalmente viables; igualmente, modificó el artículo séptimo de dicha Resolución, en
el sentido de otorgar un permiso de vertimientos de aguas domésticas e industriales, entre
otras determinaciones.
Que, mediante Resolución 1767 del 29 de octubre de 2020, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales -ANLA modificó la Resolución 763 del 27 de julio de 2016,
modificada a su vez por las Resoluciones 0654 del 7 de mayo de 2018 y 2182 del 26 de
noviembre de 2018, en el sentido de adicionar una fuente de materiales denominada “El
Diamante”.
Que, mediante Resolución 1948 del 1º de diciembre de 2020, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales -ANLA modificó la Resolución 763 del 27 de julio de 2016, a su vez
modificada por las Resoluciones 0654 del 7 de mayo de 2018, 2182 del 26 de noviembre
de 2018 y 1767 del 29 de octubre de 2020, en el sentido de establecer unas líneas de
inversión para el proyecto “Construcción de las Unidades Funcionales UF1 y UF2 Vía
Remedios -Alto de Dolores.”
Que, mediante escrito con radicación en la ANLA 2021031387-1-000 del 23 de febrero de
2021, el señor JOAQUIN GAGO DE PEDRO identificado con Pasaporte PAA133850 en
Resolución No. 01095 Del 22 de junio de 2021 Hoja No. 2 de 179
“Por la cual se modifica una licencia ambiental y se adoptan otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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calidad de Gerente de la sociedad AUTOPISTA RÍO MAGDALENA S.A.S., identificada con
NIT. 900.788.548-0, radicó en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales –VITAL de
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, (VPD0049-00-2021 – VITAL
3800090078854821002), solicitud de modificación de la licencia ambiental otorgada
mediante Resolución 763 del 27 de julio de 20161, para el proyecto denominado
“Construcción de las Unidades Funcionales UF1 y UF2 Vía Remedios – Alto de Dolores”,
localizado en los municipios de Maceo, Vegachí, Yalí y Yolombó, en el departamento de
Antioquia.
Que la sociedad AUTOPISTA RÍO MAGDALENA S.A.S. presentó el complemento del
Estudio de Impacto Ambiental –EIA del proyecto, acompañado de la documentación
enunciada a continuación:
1. Solicitud suscrita por el señor Joaquín Gago De Pedro, identificado con Pasaporte
PAA133850 en calidad de gerente de la sociedad AUTOPISTA RIO MAGDALENA
S.A.S., de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal
expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá.
2. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad AUTOPISTA RIO
MAGDALENA S.A.S., identificada con NIT 900.788.548-0, expedido por la
Cámara de Comercio de Bogotá el 9 de febrero de 2021.
3. Formulario Único de solicitud o modificación de licencia ambiental.
4. Planos que soportan el EIA de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2182
5. Descripción explicativa del proyecto, localización, dimensión y costo estimado de
inversión y operación.
6. Copia de la constancia de pago por concepto del servicio de evaluación en la
ANLA, vigencia 2021, el cual está relacionado para el presente trámite, de
conformidad con la información suministrada por la Subdirección Administrativa y
Financiera de la Entidad.
7. Copia de la constancia de pago para la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia -CORANTIOQUIA.
8. Copia de la constancia de radicación ante la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia -CORANTIOQUIA del complemento del Estudio de Impacto
Ambiental de la presente solicitud, con número de radicado 160ZF-COE2102-
6930 del 23 de febrero de 2021.
9. Autorización de Intervención Arqueológica No. 7041 expedida por el Instituto
Colombiano de Antropología e Historia -ICANH, mediante la cual se aprobó el
“PROGRAMA DE ARQUEOLOGIA PREVENTIVA PARA LA FASE DE
PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA DE LA INCLUSIÓN DE NUEVAS FUENTES
DE MATERIALES, UNIDADES FUNCIONALES 1 Y 2, CANTERAS EL
PESCADO, LA MANADA Y EL DIAMANTE EN JURISDICCIÓN DE LOS
MUNICIPIOS DE VEGACHÍ, YALI, YOLOMBO, MACEO DEPARTAMENTO DE
ANTIOQUIA”.
10. Resolución ST-1263 de 9 de diciembre de 2020 expedida por la Dirección de la
Autoridad Nacional de Consulta Previa “Sobre la procedencia o no de la consulta
previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades”, la cual
señala:
1 modificada por las Resoluciones 654 del 7 de mayo de 2018, 2182 del 26 de noviembre de 2018, 1767 del 29 de octubre
de 2020 y 1948 del 1º de diciembre de 2020.
Resolución No. 01095 Del 22 de junio de 2021 Hoja No. 3 de 179
“Por la cual se modifica una licencia ambiental y se adoptan otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
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PRIMERO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Indígenas, para el
proyecto: “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL
RESOLUCIÓN 763 DE 2016 PARA LA INCLUSIÓN DE FUENTES DE MATERIAL LA
MANADA, Y EL PESCADO DE LAS UNIDADES FUNCIONALES 1 Y 2 DEL
PROYECTO AUTOPISTA RÍO MAGDALENA”, localizado en jurisdicción de los
municipios de Maceo, Vegachí y Yolombó, en el departamento de Antioquia,
identificado con las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto
administrativo.
SEGUNDO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Negras,
Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, para el proyecto: SOLICITUD DE
MODIFICACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL RESOLUCIÓN 763 DE 2016 PARA LA
INCLUSIÓN DE FUENTES DE MATERIAL LA MANADA, Y EL PESCADO DE LAS
UNIDADES FUNCIONALES 1 Y 2 DEL PROYECTO AUTOPISTA RÍO
MAGDALENA”, localizado en jurisdicción de los municipios de Maceo, Vegachí y
Yolombó, en el departamento de Antioquia, identificado con las coordenadas referidas
en la parte considerativa del presente acto administrativo.
TERCERO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Rom, para el
proyecto: “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL
RESOLUCIÓN 763 DE 2016 PARA LA INCLUSIÓN DE FUENTES DE MATERIAL
LA MANADA, Y EL PESCADO DE LAS UNIDADES FUNCIONALES 1 Y 2 DEL
PROYECTO AUTOPISTA RÍO MAGDALENA”, localizado en jurisdicción de los
municipios de Maceo, Vegachí y Yolombó, en el departamento de Antioquia,
identificado con las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto
administrativo.
CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente resolución aplica
específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y
entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado externo EXTMI2020-38813
del 25 de noviembre de 2020 para el proyecto: “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE
LICENCIA AMBIENTAL RESOLUCIÓN 763 DE 2016 PARA LA INCLUSIÓN DE
FUENTES DE MATERIAL LA MANADA, Y EL PESCADO DE LAS UNIDADES
FUNCIONALES 1 Y 2 DEL PROYECTO AUTOPISTA RÍO MAGDALENA”, localizado
en jurisdicción de los municipios de Maceo, Vegachí y Yolombó, en el departamento de
Antioquia
(…)”
Que según el complemento del Estudio de Impacto Ambiental –EIA presentado por la
sociedad AUTOPISTA RÍO MAGDALENA S.A.S., se indica con respecto a la
“MODIFICACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL RESOLUCIÓN 763 DE 2016 PARA LA
INCLUSION DE LAS FUENTES DE MATERIALES LA MANADA Y EL PESCADO PARA
LAS UNIDADES FUNCIONALES 1 Y 2 DEL PROYECTO AUTOPISTA RIO
MAGDALENA”, lo siguiente:
“(…)
3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
(…)
El presente Capítulo contiene la información técnica requerida para la inclusión de las
nuevas fuentes de materiales denominadas El Pescado y La Manada para el proyecto vial
“Construcción de las Unidades Funcionales UF1 y UF2 Vía Remedios- Alto de Dolores”,
localizado en los municipios de Remedios, Maceo, Vegachí, Yalí y Yolombó del Municipio
de Antioquia, la cual corresponde a la explotación de materiales de construcción de las dos
canteras.
De manera general, la presente solicitud de modificación de licencia considera los
siguientes aspectos:
I. Extracción de 425.644 m3 del polígono de explotación denominada El Pescado 1

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