RESOLUCIÓN N° 01119 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-06-2020 - Normativa - VLEX 873837190

RESOLUCIÓN N° 01119 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-06-2020

Número de resolución01119
Número de expedienteLAM6724-00
Fecha26 Junio 2020
Fecha de publicación16 Julio 2020
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01119
( 26 de junio de 2020 )
Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Caiman crocodilus fuscus
– (babilla) y se adoptan otras determinaciones
EL ASESOR DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, los
Decretos 3573 del 27 de septiembre de 2011 y 1076 del 26 de mayo de 2015 y el 376 y
377 del 11 de marzo de 2020, las Resoluciones 423, 425 del 12 de marzo de 2020, 00509
del 25 de marzo de 2020, 0669 del 14 de abril de 2020, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 894 del 25 de septiembre de 1991, el entonces Instituto Nacional
de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - INDERENA, otorgó al señor Hernán
Velásquez Palacios, licencia para el establecimiento de un zoocriadero en etapa de
experimentación con 1.000 ejemplares de Caiman crocodylus fuscus (Babilla) y 10
ejemplares de Crocodylus acutus (Caimán aguja) a obtenerse de medio natural mediante
permiso caza de fomento y así conformar el pie parental fundador.
Que mediante Resolución 549 del 21 de julio de 1993, el entonces Instituto Nacional de los
Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - INDERENA, otorgó al señor Hernán
Velásquez Palacios, licencia de funcionamiento para el proyecto de Babilla Caiman
crocodylus fuscus (Babilla) por un término de diez (10) años.
Que mediante Resolución 190 del 28 de marzo de 1994, el entonces Instituto Nacional de
los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - INDERENA, otorgó al señor Hernán
Velásquez Palacios, cupo de aprovechamiento y comercialización de ejemplares de Babilla
correspondiente a la producción del año 1993. Así mismo, autorizó el aumento del pie
parental de Caiman crocodylus fuscus (Babilla) en 300 individuos (250 hembras y 50
machos) pertenecientes a la producción de 1992.
Que mediante Resolución 0.0031 del 16 de febrero de 1999, la Corporación Autónoma
Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (en adelante CVS), otorgó a la sociedad
Reptilandia Empresa Unipersonal, cupo de aprovechamiento y comercialización de Caiman
crocodylus fuscus (Babilla). No obstante, dado que consultado y revisado todos los
documentos que reposan en el expediente con número interno de la CVS 099, hoy de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, LAM6724-00, no se encontraron
soportes sobre el cambio de la razón social del beneficiario de la licencia, otorgada
mediante la Resolución 894 del 25 de septiembre de 1991, se procedió a verificar la página
Registro Único Empresarial y Social RUES, evidenciando que por escritura pública No.
0000074 de la Notaria Única de Planeta Rica del 11 de febrero de 1997, inscrita el 27 de
mayo de 1997 bajo el número 00008486 del libro IX, la sociedad cambió su nombre de
Reptilandia Limitada por el de Reptilandia Empresa Unipersonal (en adelante Reptilandia
E.U.), representada legalmente por el señor Hernán Velásquez Palacios.
Resolución No. 01119 Del 26 de junio de 2020 Hoja No. 2 de 26
Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Caiman crocodilus fuscus
– (babilla) y se adoptan otras determinaciones
Que mediante Resolución 0.0333 del 28 de octubre de 1999, la CVS otorgó a la sociedad
Zoocriadero Reptilandia E.U., cupo de aprovechamiento y comercialización de Babilla
correspondiente a la producción de 1998. Así mismo, autorizó el aumento del pie parental
de la misma especie con 780 individuos (525 hembras y 255 machos) pertenecientes a la
producción de 1997, alcanzando así un grupo parental de 2.000 individuos (1.500 hembras
y 500 machos).
Que mediante Resolución 0.1014 del 9 de julio de 2001, la CVS aclaró la Resolución 0.0333
del 28 de octubre de 1999 en el sentido de especificar que los animales autorizados para
el aumento del pie parental, hacían parte de la producción del año 1995, y no a la producción
de 1997 como había sido relacionado en el citado acto administrativo.
Que mediante la Resolución 8262 del 4 de junio de 2004, la CVS, aprobó al Zoocriadero
Reptilandia E.U., el Plan de Manejo Ambiental contenido en el Estudio de Impacto
Ambiental presentado por el zoocriadero, por la vida útil del proyecto desarrollado con la
especie Caiman crocodylus fuscus (Babilla) y otorgó a la citada empresa un permiso
provisional de vertimientos por el término de seis (6) meses.
Que mediante Resolución 0.8456 del 22 de septiembre de 2004, la CVS estableció la suma
que debería cancelar la sociedad Reptilandia E.U., por concepto de reposición y
repoblación de los cupos otorgados a las producciones de Babilla de 1992 a 2002.
Que mediante Resolución 1.1199 del 2 de abril de 2007, la CVS autorizó al zoocriadero de
la sociedad Reptilandia E.U., como predio proveedor de especímenes vivos de Caiman
crocodylus fuscus (Babilla)
Que mediante Resolución 1.5842 del 13 de diciembre de 2011, la CVS otorgó a la sociedad
Reptilandia E.U., cupo de aprovechamiento y comercialización de Caiman crocodylus
fuscus (Babilla). Así mismo, se observó nuevamente el cambio en la razón social del
beneficiario de la licencia otorgada mediante la Resolución 894 del 25 de septiembre de
1991. No obstante lo anterior, consultado y revisado todos los documentos que reposan en
el expediente con número interno de la CVS 099, hoy de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, LAM6724-00, no se encontraron soportes sobre el cambio de la razón
social del beneficiario de la licencia, se procedió a verificar la página Registro Único
Empresarial y Social RUES, evidenciando que por Acta No. 0000007 de junta de socios de
Montería del 20 de septiembre de 2011, inscrita el 24 de octubre de 2011 bajo el número
00025058 del libro IX, la sociedad cambio su nombre de Reptilandia Empresa Unipersonal
por el de Reptilandia S.A.S.
Que mediante Resolución 1.9771 del 12 de marzo de 2014, la CVS otorgó a la sociedad
Reptilandia S.A.S. cupo para dar aprovechamiento a 19.891 Babillas (producción 2012) y
autorizó sacrificio, renovación y comercialización del pie parental el cual estaba conformado
por 2.600 individuos, para la conformación de un nuevo pie parental integrado por 2.500
individuos (2.000H: 500M) pertenecientes a la producción de 2011.
Que mediante comunicación con radicado 2015018144-1-000 del 6 de abril de 2015 (Oficio
CVS 090-1120 del 27 de marzo de 2015), la CVS remitió a la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales - ANLA, el expediente de la Sociedad Reptilandia S.A.S.
Que mediante Auto 1294 del 9 de abril de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, en adelante ANLA, avocó conocimiento del expediente
correspondiente al Zoocriadero de la Sociedad Reptilandia S.A.S., y conformó con el mismo
el expediente LAM6724-00 según numeración interna.
Que mediante Auto 2231 del 7 de junio de 2016, la ANLA efectuó control y seguimiento
ambiental a la actividad autorizada a la Sociedad Reptilandia S.A.S., e impuso obligaciones.
Que mediante Auto 3758 del 30 de agosto de 2017, la ANLA efectuó control y seguimiento
ambiental a la actividad autorizada a la Sociedad Reptilandia S.A.S. e hizo requerimientos.

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