Resolución N° 01150 de la Gaceta Ambiental ANLA, 01-06-2022 - Normativa - VLEX 917030257

Resolución N° 01150 de la Gaceta Ambiental ANLA, 01-06-2022

Fecha01 Junio 2022
Número de resolución01150
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01150
( 01 de junio de 2022 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES
DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de las facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de
2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones
01603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO QUE:
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Auto 02163 del 4 de
abril de 2022, dio inicio al trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la sociedad
INCO A&J S.A.S., con NIT 900.481.383-3, mediante radicado 2022058412-1-000 del 29 de
marzo de 2022.
El referido acto administrativo fue notificado a la sociedad INCO A&J S.A.S., el día 4 de
abril de 2022, quedando con constancia de ejecutoria el 5 de abril de la misma anualidad y
publicado en la gaceta de esta entidad el día 6 de abril de 2022, en cumplimiento del artículo
70 de la Ley 99 de 19931.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Auto 02565 del 20 de
abril de 2022, requirió información y documentación adicional en el marco de la solicitud de
Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, cuya respuesta
fue presentada por la sociedad INCO A&J S.A.S., con radicado 2022096160-1-000 del 17
de mayo de 2022.
La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico No. 03003 del 31 de mayo de 2022, mediante el cual se
concluyó la viabilidad de otorgar a la sociedad INCO A&J S.A.S., Permiso de Estudio para
la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con
1Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones
Resolución No. 01150 Del 01 de junio de 2022 Hoja No. 2 de 17
“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, en los términos y condiciones que se
señalarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 19742, tratan del permiso para el
estudio de recursos naturales.
El artículo 58 Ibidem, establece que mientras se encuentre vigente un permiso de estudios
no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a aplicaciones
o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros el uso del
recurso materia del permiso.
El Decreto 1076 de 20153, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección
2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de
la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
El artículo 2.2.2.9.2.1. del mencionado Decreto, establece que toda persona que pretenda
adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con
la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso constituye un
trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización
de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos.
El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como
aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o
modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización
y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes
silvestres de la diversidad biológica; y el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de
Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental
competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o
modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones.
El artículo 2.2.2.9.2.3 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales - ANLA, cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más
autoridades ambientales.
Teniendo en cuenta que el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
3Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

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