RESOLUCIÓN N° 01196 de la Gaceta Ambiental ANLA, 08-07-2021 - Normativa - VLEX 873837683

RESOLUCIÓN N° 01196 de la Gaceta Ambiental ANLA, 08-07-2021

Número de expedienteREA0023-00-2021
Fecha de publicación30 Julio 2021
Fecha08 Julio 2021
Número de resolución01196
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01196
( 08 de julio de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES
DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de las facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de
2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones
01603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Auto 03637 del 25
de mayo de 2021, inició trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la
sociedad MCS Consultoría y Monitoreo Ambiental S.A.S., con NIT. 830.073.450-5, a través
de comunicación con número VITAL 5600083007345021001 del 21 de mayo de 2021 y
número de radicado 2021101492-1-000 del 24 de mayo de 2021.
Que el citado acto administrativo se notificó a la sociedad MCS Consultoría y Monitoreo
Ambiental S.A.S., el 26 de mayo de 2021, quedando ejecutoriado el 27 de mayo del mismo
año, a su vez, fue publicado en la Gaceta de esta Autoridad el 27 de mayo de 2021, en los
términos establecidos en el artículo 70 de la Ley 99 de 19931.
Que mediante Auto 04104 del 09 de junio de 2021, esta Autoridad acogiendo el Concepto
Técnico No. 03102 del 04 de junio de 2021, dispuso requerir a la sociedad MCS Consultoría
y Monitoreo Ambiental S.A.S., para que dentro del término de un (1) mes, contado a partir
de su ejecutoria, allegara información y/o documentación adicional, a fin de verificar el
cumplimiento de los requisitos sustanciales para dar continuidad al trámite administrativo
ambiental solicitado. Dicho acto administrativo quedó ejecutoriado el 11 de junio de 2021.
Que la sociedad MCS Consultoría y Monitoreo Ambiental S.A.S., mediante comunicación
con radicado 2021121088-1-000 del 17 de junio de 2021, allegó información con el fin de
dar respuesta al Auto 04104 del 09 de junio de 2021.
Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico No. 03607 del 28 de junio de 2021, el cual hace parte
integral de la presente resolución, en el que concluyó la viabilidad de otorgar a la sociedad
1 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones.
Resolución No. 01196 Del 08 de julio de 2021 Hoja No. 2 de 26
“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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MCS Consultoría y Monitoreo Ambiental S.A.S., Permiso de Estudio para la Recolección
de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de
Elaboración de Estudios Ambientales, en los términos y condiciones que se señalarán en
la parte resolutiva del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 19742, tratan del permiso para
el estudio de recursos naturales.
Que el artículo 58 ibídem, establece que “Mientras se encuentre vigente un permiso de
estudios no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a
aplicaciones o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros
el uso del recurso materia del permiso”.
Que el Decreto 1076 del 26 de mayo de 20153, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2,
Capítulo 9, Sección 2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales.
Que el artículo 2.2.2.9.2.1. del mencionado Decreto, establece que toda persona que
pretenda adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección
de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional,
con la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
Que así mismo, el parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del
permiso constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no
implica la autorización de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos.
Que el artículo 2.2.2.9.2.2. del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales
como aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención
o modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o
autorización y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de
especímenes silvestres de la diversidad biológica; y el Permiso de Estudios con fines de
elaboración de Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad
ambiental competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la
diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para
solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o
autorizaciones.
Que el artículo 2.2.2.9.2.3. del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales - ANLA, cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más
autoridades ambientales.
Que teniendo en cuenta que el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes
de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales solicitado por la sociedad MCS Consultoría y Monitoreo Ambiental S.A.S., se
va a desarrollar en todo el territorio nacional, es la Autoridad Nacional de Licencias
3 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

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