RESOLUCIÓN N° 01292 de la Gaceta Ambiental ANLA, 22-07-2021 - Normativa - VLEX 877481208

RESOLUCIÓN N° 01292 de la Gaceta Ambiental ANLA, 22-07-2021

Fecha22 Julio 2021
Fecha de publicación11 Agosto 2021
Número de expedienteLAV0060-00-2016
Número de resolución01292
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01292
( 22 de julio de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se ajusta vía seguimiento la Resolución 763 del 30 de junio de 2017 y se imponen
algunas medidas adicionales”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 2011, el Decreto
1076 de 2015, el Decreto 376 de 2020, la Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018 del MADS, la
Resolución 464 del 9 de marzo de 2021 de la ANLA y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 763 del 30 de junio de 2017, esta Autoridad Nacional otorgó a la Concesionaria
Ruta del Cacao S.A.S., Licencia Ambiental para el proyecto denominado “Concesión Vial Ruta del Cacao”,
localizado en los municipios de Barrancabermeja, San Vicente de Chucurí, Betulia, Girón y Lebrija, en el
departamento de Santander.
Que mediante Resolución 1098 del 11 de septiembre de 2017, esta Autoridad Nacional resolvió un recurso de
reposición interpuesto por la Concesionaria Ruta del Cacao S.A.S., contra la Resolución 763 de 30 de junio
de 2017, aclarando el numeral 2 del artículo cuarto del acto recurrido, referente a la consolidación de la red de
monitoreo.
Que mediante Resolución 1247 de 5 de octubre de 2017, esta Autoridad Nacional aprobó el consolidado de la
red de monitoreo y su temporalidad para los puntos de agua subterránea en vías en superficie.
Que mediante Resolución 133 del 6 de febrero de 2018, esta Autoridad Nacional declaró el cumplimiento de
unas obligaciones y se formularon obligaciones relacionadas con complementar la red piezométrica, mediante
la implementación de 4 puntos de control adicionales.
Que mediante Resolución 451 del 2 de abril de 2018, esta Autoridad Nacional modificó la Licencia Ambiental
otorgada mediante Resolución 763 del 30 de junio de 2017, en el sentido de adicionar unas infraestructuras
y/u obras ambientalmente viables y adicionar la concesión de aguas superficiales, entre otros aspectos.
Que mediante Resolución 619 del 30 de abril de 2018, esta Autoridad Nacional negó la solicitud de
revocatoria directa contra la Resolución 763 del 30 de junio de 2017, interpuesta por el entonces alcalde del
municipio de Lebrija.
Que mediante Resolución 1900 de 22 de octubre de 2018, esta Autoridad Nacional impuso medidas
adicionales, para el proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”, relacionadas con la implementación de un
monitoreo hidrobiológico de las obras hidráulicas construidas, entre otras medidas.
Que mediante Resolución 539 del 5 de abril de 2019, esta Autoridad Nacional aprobó el plan de inversión
forzosa de no menos del 1 %, para el proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”.
Que mediante Resolución 1176 del 20 de junio de 2019, esta Autoridad Nacional aprobó́ el Plan de
Compensación por Pérdida de biodiversidad, para el proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao”.
Resolución No. 01292 Del 22 de julio de 2021 Hoja No. 2 de 44
“Por la cual se ajusta vía seguimiento la Resolución 763 del 30 de junio de 2017 y se imponen
algunas medidas adicionales”
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Que mediante Resolución 2051 del 15 de octubre de 2019, esta Autoridad Nacional modificó la Resolución
763 del 30 de junio de 2017 en el sentido de incluir algunas ZODMES.
Que mediante Resolución 2404 del 9 de diciembre de 2019, esta Autoridad Nacional impuso medidas
ambientales adicionales al titular del proyecto, relacionadas con la instalación en el ZODME Z13T5, de
mínimo 6 puntos de control topográfico, entre otras medidas.
Que mediante Resolución 2491 del 20 de diciembre de 2019, esta Autoridad Nacional impuso medidas
ambientales adicionales al titular del proyecto, relacionadas con realizar la identificación y caracterización de
las condiciones actuales de las ZODMES Z5T6 (1) y Z5T6 (2), entre otras medidas.
Que mediante la Resolución 2594 del 31 de diciembre de 2019, esta Autoridad Nacional modificó la Licencia
Ambiental otorgada mediante la Resolución 763 del 30 de junio de 2017, en el sentido de adicionar unas
infraestructura, obras y actividades.
Que mediante Resolución 337 del 28 de febrero de 2020, esta Autoridad Nacional resolvió́ un recurso de
reposición interpuesto contra la Resolución 2404 del 9 de diciembre de 2019, en el sentido de modificar los
numerales 8, 9, 11 y 12 del artículo primero de la Resolución mencionada y revocar el artículo tercero de la
misma.
Que mediante Resolución 585 del 1 de abril de 2020, esta Autoridad Nacional, resolvió́ un recurso de
reposición interpuesto contra la Resolución 2594 del 31 de diciembre de 2019, en el sentido de confirmarla en
su integridad.
Que mediante la Resolución 1007 del 3 de junio de 2020, esta Autoridad Nacional impuso medidas
ambientales adicionales relacionadas con reportar el momento en que la perforación exploratoria en el frente
de avance registre el Acuífero Formación La Paz, e informar de forma mensual a la comunidad de la vereda
Canoas, los resultados de los monitoreos que la Concesionaria realiza en los afloramientos con coordenadas
E: 1082091, N: 1287638 y E: 1082072, N: 1287641 Magna Sirgas origen Central y la quebrada Canoera,
entre otras medidas.
Que mediante la Resolución 1180 del 10 de julio de 2020, esta Autoridad resolvió un recurso de reposición
interpuesto en contra de la Resolución 337 del 28 de febrero de 2020, en el sentido de revocar el artículo
tercero del acto administrativo recurrido.
Que mediante la Resolución 1369 del 18 de agosto de 2020, esta Autoridad Nacional resolvió un recurso de
reposición interpuesto en contra de la Resolución 1007 del 3 de junio de 2020, en el sentido de confirmar el
artículo primero de la Resolución mencionada.
Que mediante Resolución 1537 del 16 de septiembre de 2020, esta Autoridad Nacional ajustó la Resolución
2594 del 31 de diciembre de 2019, en el sentido de modificar vía seguimiento, el literal e) del numeral quinto
del artículo segundo y el literal d) del numeral cuarto del artículo décimo de la Resolución 2594 del 31 de
diciembre de 2019.
Que mediante Resolución 1040 del 11 de junio de 2021, esta Autoridad Nacional ajustó vía seguimiento el
artículo sexto de la Resolución 763 del 30 de junio de 2017 en el sentido de incluir dentro del título “Áreas de
exclusión”, dos puntos de afloramientos de agua, ubicados dentro y en inmediaciones de la denominada
ZOME BRISAS, localizada con coordenadas N: 1286021. 50 y E: 1088283.26, en la vereda Angelinos Alto en
el municipio de Lebrija.
Que esta Autoridad Nacional mediante el Concepto Técnico 4002 del 13 de julio de 2021, efectuó seguimiento
y control de manera a las condiciones actuales de las ZODME Z5T6 (1) y Z5T6 (2) en la vereda Santo
Domingo en el municipio de Lebrija, con base en lo observado en la visita de seguimiento y control ambiental
realizada del 26 al 30 de abril de 2021 y la información obrante al respecto en el expediente LAV0060-00-
2016, el cual sirve de fundamento a las decisiones administrativas que se adoptan en la presente resolución.
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“Por la cual se ajusta vía seguimiento la Resolución 763 del 30 de junio de 2017 y se imponen
algunas medidas adicionales”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
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COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA.
Mediante Decreto-Ley 3573 de 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las facultades
extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, como entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos a
licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que
contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País.
Mediante la Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
se nombró en el empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 015, de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales –ANLA, al Ingeniero Rodrigo Suárez Castaño.
Mediante el Decreto 376 de 2020 fue modificada la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, con el fin de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana ambiental, los
procesos de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, los de gestión de tecnologías de la
información, disciplinarios y de gestión de la Entidad, con el fin de aumentar los niveles de productividad de
esta. En el artículo segundo del citado Decreto, se dispusieron las funciones del Despacho del director
general de la Entidad.
El artículo primero de la Resolución 464 del 9 de marzo de 2021 “Por la cual se adopta el Manual Específico
de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos la Planta de Personal de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales – ANLA”, establece que le corresponde al Director General de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales, la suscripción de los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan
o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales. En tal sentido, es el funcionario
competente, para suscribir el presente pronunciamiento.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES -
ANLA.
Se tienen en cuenta parte de las consideraciones técnicas contenidas en el Concepto Técnico 4002 de 13 de
julio de 2020, las cuales sirven de soporte y motivación de las decisiones que se adoptan en la presente
actuación, encaminadas a ajustar vía seguimiento la Resolución 763 del 30 de junio de 2017 “Por la cual se
otorga una licencia ambiental” e imponer medidas adicionales, tal como se expone a continuación:
“(…)
ESTADO DEL PROYECTO
DESCRIPCIÓN GENERAL
Objetivo del proyecto
El proyecto “Concesión vial Ruta del Cacao” tiene como objetivo mejorar la infraestructura que comunica la ciudad d e
Bucaramanga con el municipio de Yondó en Antioquia; mediante un corredor vial en doble calzada, con estándares
geométricos y el diseño que permitan el tránsito de vehículos automotores con velocidades promedio de 80 Km/h.
Localización
El proyecto “Concesión Vial Ruta del Cacao” se encuentra ubicado en los municipios de Barrancabermeja, San Vicente
de Chucurí, Betulia, Girón y Lebrija del departamento de Santander.
(…)
ESTADO DE AVANCE
A continuación, se presenta el estado de avance de la infraestruc tura, obras y actividades, relacionadas con el desarrollo
de las ZODMES Z5T6(1) y Z5T6(2) en la vereda Santo Domingo del municipio de Lebrija.

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