RESOLUCIÓN N° 01363 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-08-2021 - Normativa - VLEX 877480510

RESOLUCIÓN N° 01363 de la Gaceta Ambiental ANLA, 04-08-2021

Fecha04 Agosto 2021
Número de expedienteLAV0017-00-2019
Número de resolución01363
Fecha de publicación17 Agosto 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01363
( 04 de agosto de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se resuelven unos recursos de reposición presentados en contra de la
Resolución 170 del 15 de enero de 2021”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA.
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, los Decretos
3573 del 27 de septiembre de 2011, 376 del 11 de marzo de 2020 y 1076 del 26 de mayo de 2015,
Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018, la Resolución 464 del 9 de marzo de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Auto 1695 del 11 de abril de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA., inició al trámite administrativo de licencia ambiental para el proyecto “Segundo Refuerzo de
Red en el Área Oriental: Línea de Transmisión La Virginia – Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 del
2016”, a nombre de la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., el cual
fue publicado el 26 de abril de 2019.
Que mediante Auto 4417 del 26 de junio de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA, reconoció como tercero interviniente a la “Veeduría Ciudadana para la vigilancia y control del
proyecto UMPE01-2013 y otros llevados a cabo en el Municipio de San Antonio del Tequendama
Cundinamarca”, dentro del trámite administrativo de solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto
Segundo refuerzo de Red en el Área Oriental: Línea de Transmisión La Virginia - Nueva Esperanza
500 kV UPME 07 de 2016”.
Que mediante Auto 4787 del 4 de julio de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA, reconoció como tercero interviniente al señor alcalde LUIS MARIA GORDILLO SANCHEZ del
municipio de San Antonio del Tequendama, dentro del trámite administrativo de solicitud de Licencia
Ambiental, para el proyecto “Segundo refuerzo de red en el área oriental: Línea de transmisión La
Virginia – Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 de 2016”.
Que mediante Auto 5896 del 31 de julio de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA, reconoció como tercero interviniente al señor JORGE LONDOÑO DE LA CUESTA, en calidad
de GERENTE DE LA EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P., dentro del trámite administrativo
de solicitud de Licencia Ambiental, para el proyecto “Segundo refuerzo de Red en el Área Oriental:
Línea de Transmisión La Virginia - Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 de 2016”.
Que mediante Auto 8173 del 26 de septiembre de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, suspendió el trámite administrativo de evaluación de solicitud Licencia Ambiental,
para el proyecto “Segundo Refuerzo de Red en el Área Oriental: Línea de Transmisión La Virginia –
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“Por la cual se resuelven unos recursos de reposición presentados en contra de la Resolución 170 del 15 de
enero de 2021”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
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Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 del 2016”, iniciado mediante Auto 1695 de 11 de abril de 2019,
hasta tanto la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., obtuviera por
parte de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible, el levantamiento de veda solicitado y la sustracción de las áreas de Reserva
Forestal Central - Ley 2da de 1959 y la Reserva Forestal Protectora Productora Cuenca Alta del Río
Bogotá, debidamente ejecutoriada.
Que el 22 de noviembre de 2019, se expidió el Decreto 2106, “Por el cual se dictan normas para
simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la
administración pública”, el cual estableció, entre otros, que para el desarrollo o ejecución de proyectos,
obras o actividades que requieran licencia ambiental e impliquen intervención de especies de la flora
silvestre con veda nacional o regional, no se requerirá adelantar el trámite de levantamiento parcial de
veda, por lo que la autoridad ambiental competente impondrá, dentro del trámite de la licencia, las
medidas a que haya lugar para garantizar la conservación de las especies vedadas.
Que mediante Resolución 0220 del 12 de marzo de 2020 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible efectuó la Sustracción definitiva de un área de 3,83 hectáreas y la sustracción temporal de
un área de 19,10 hectáreas de la Reserva Forestal Central, establecida por la Ley 2 de 1959, de
acuerdo con la solicitud realizada por la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGIA
S.A.S. E.S.P., identificada con NIT. 901.030.996-7 para la ejecución del proyecto “Segundo refuerzo
de red en el área oriental: Línea de transmisión La Virginia – Nueva Esperanza 500 kV UPME 07
2016”, en jurisdicción de los municipios Neira, Aranzazu, Salamina, Marulanda y Manzanares
departamento de Caldas, la cual fue allegada a esta Autoridad Nacional mediante la radicación
2020048926-1-000 del 31 de marzo de 2020
Que mediante Auto 11131 del 24 de noviembre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, reconoció como tercero interviniente al abogado Orlando Niño Acosta,
identificado con la cédula de ciudadanía No 79.372.536, dentro del trámite administrativo de solicitud
de Licencia Ambiental para el proyecto “Segundo refuerzo de Red en el Área Oriental: Línea de
Transmisión La Virginia - Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 de 2016”.
Que mediante Resolución 170 del 15 de enero de 2021, esta Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales -ANLA, otorgó Licencia Ambiental la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE
ENERGIA S.A.S. E.S.P., identificada con NIT. 901.030.996-7, para el proyecto “Segundo refuerzo de
red en el área oriental: Línea de transmisión La Virginia – Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 2016”,
localizado en los municipios de La Virginia y Pereira en el Departamento de Risaralda; Aranzazu,
Belalcázar, Manizales, Manzanares, Marulanda, Neira, Palestina, Risaralda y Salamina en el
Departamento de Caldas; Ambalema, Armero Guayabal, Casabianca, Falan, Fresno, Herveo, Lérida
y Villahermosa en el Departamento del Tolima; Beltrán, Cachipay, La Mesa, Pulí, Quipile, San Antonio
del Tequendama, Soacha y Tena en el Departamento de Cundinamarca.
Que igualmente mediante Resolución 170 del 15 de enero de 2021, esta Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales -ANLA, reconoció como tercero interviniente al señor ALDO FRANCISCO
ANGULO DEL CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía 19.243.494 expedida en Bogotá,
dentro del trámite administrativo de solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto Segundo refuerzo
de Red en el Área Oriental: Línea de Transmisión La Virginia - Nueva Esperanza 500 kV UPME 07 de
2016”.
Que la Resolución 170 del 15 de enero de 2021, fue notificada a EMPRESAS PÚBLICAS DE
MEDELLIN E.S.P. por correo electrónico el 28 de enero de 2021, la Alcaldía Municipal de San Antonio
de Tequendama, por aviso en correo electrónico el 28 de enero de 2021, al señor Orlando Niño Acosta,
por aviso en correo electrónico el 29 de enero de 2021, a la Veeduría ciudadana del municipio de San
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“Por la cual se resuelven unos recursos de reposición presentados en contra de la Resolución 170 del 15 de
enero de 2021”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
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Antonio de Tequendama, por aviso en correo electrónico el 28 de enero de 2021, a la sociedad
TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., el 28 de enero de 2021 por correo
electrónico y al señor ALDO FRANCISCO ANGULO DEL CASTILLO por correo electrónico el día 24
de febrero de 2021.
Que el señor ORLANDO NIÑO ACOSTA, a través del radicado ANLA 2021023358-1-000 del 11 de
febrero de 2021, interpuso Recurso de Reposición contra la Resolución 00170 de 15 de enero de
2021, igualmente, mediante radicados 2021024508-1-000 y 2021024510-1-000 del 12 de febrero de
2021, presentó documentos de adición al citado recurso.
Que la Veeduría Ciudadana de San Antonio del Tequendama, a través del radicado ANLA
2021017822-1-000 del 4 de febrero de 2021, interpuso Recurso de Reposición contra la Resolución
00170 de 15 de enero de 2021.
Que a través del radicado 2021023420-1-000 del 11 de febrero de 2021, el municipio de San Antonio
de Tequendama interpuso Recurso de Reposición contra la Resolución 00170 de 15 de enero de 2021
Que mediante comunicación con radicado 2021023527-1-000 del 11 de febrero de 2021, la sociedad
TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., interpuso Recurso de Reposición contra
la Resolución 00170 de 15 de enero de 2021.
Que a través de su recurso de reposición, la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA
S.A.S. E.S.P., allegó el escrito con radicado del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible No.
03825 del 5 de febrero de 2021, solicitando el envío del Anexo No. 3 de la Resolución 220 del 12 de
marzo de 2020, por la cual se efectuó la sustracción definitiva de un área de 3,83 ha y la sustracción
temporal de un área de 19,1 ha de la Reserva Forestal Central, establecida mediante la Ley 2ª de
1959, tramitada dentro del expediente SRF 474.
Que mediante el oficio con radicado 2021053046 del 24 de marzo de 2021, esta Autoridad Nacional
efectuó traslado de pruebas allegadas por la Veeduría Ciudadana de San Antonio de Tequendama y
el señor Orlando Niño Acosta, a la sociedad TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S.
E.S.P.
Que mediante el oficio con radicado ANLA 2021053047 del 24 de marzo de 2021, esta Autoridad
Nacional efectuó traslado de pruebas allegadas al trámite por parte de la sociedad TRANSMISORA
COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., la Veeduría Ciudadana de San Antonio del Tequendama,
y el señor Orlando Niño Acosta, al municipio de San Antonio de Tequendama.
Que mediante el oficio con radicado ANLA 2021053048 del 24 de marzo de 2021, esta Autoridad
Nacional efectuó traslado de pruebas allegadas al trámite por parte de la sociedad TRANSMISORA
COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., y por el señor Orlando Niño Acosta, a la Veeduría
Ciudadana de San Antonio de Tequendama.
Que a través de comunicación con radicación 2021053719-1-000 de 25 de marzo de 2021, la sociedad
TRANSMISORA COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P. presentó alcance al recurso de
reposición presentado mediante comunicación radicada bajo número 2021023527-1-000 del 11 de
febrero de 2021.
Que mediante el oficio con radicado ANLA 2021055746 del 29 de marzo de 2021, esta Autoridad
Nacional efectuó traslado de pruebas allegadas al trámite por parte de la sociedad TRANSMISORA
COLOMBIANA DE ENERGÍA S.A.S. E.S.P., y la Veeduría Ciudadana de San Antonio del
Tequendama, al señor Orlando Niño Acosta.

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