RESOLUCIÓN N° 01373 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-08-2021 - Normativa - VLEX 877480491

RESOLUCIÓN N° 01373 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-08-2021

Número de expedienteIDB0334
Número de resolución01373
Fecha05 Agosto 2021
Fecha de publicación25 Agosto 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01373
( 05 de agosto de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Pontificia Universidad Javeriana mediante la Resolución 0546 del 29 de
mayo de 2014, modificada por las Resoluciones 0458 del 28 de abril de 2016, 00778 del
07 de julio de 2017, 00599 del 27 de abril de 2018, 01364 del 21 de agosto de 2018,
00609 del 03 de abril de 2020 y 02070 del 21 de diciembre de 2020, y se toman otras
determinaciones”
El SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos -Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015 y las Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Resolución 0546 de
29 de mayo de 2014, otorgó a la Pontificia Universidad Javeriana, con NIT. 860.013.720-1,
Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad
Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, a desarrollarse en el territorio
nacional, por una vigencia de diez (10) años, contados a partir de la ejecutoria del referido
acto administrativo, es decir, a partir del 24 de junio de 2014.
Que esta Autoridad mediante las Resoluciones 0458 del 28 de abril de 2016, 00778 del 07
de julio de 2017, 00599 del 27 de abril de 2018, 01364 del 21 de agosto de 2018, 00609 del
03 de abril de 2020 y 02070 del 21 de diciembre de 2020, modificó la Resolución 0546 de
29 de mayo de 2014, por la cual se otorgó Permiso Marco de Recolección de Especímenes
de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No
Comercial.
Que mediante comunicaciones radicadas con número 2021110266-1-000 del 02 de junio
de 2021 y 2021113463-1-000 del 08 de junio de 2021, la Pontificia Universidad Javeriana
solicitó a esta Autoridad modificación la Resolución 0546 de 29 de mayo de 2014,
modificada por las Resoluciones 0458 del 28 de abril de 2016, 00778 del 07 de julio de
2017, 00599 del 27 de abril de 2018, 01364 del 21 de agosto de 2018, 00609 del 03 de abril
de 2020 y 02070 del 21 de diciembre de 2020, de conformidad con el Formato Único
Nacional de Modificación del permiso y documentos anexos allegados.
Resolución No. 01373 Del 05 de agosto de 2021 Hoja No. 2 de 17
“Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Pontificia Universidad Javeriana mediante la Resolución 0546 del 29 de
mayo de 2014, modificada por las Resoluciones 0458 del 28 de abril de 2016, 00778 del
07 de julio de 2017, 00599 del 27 de abril de 2018, 01364 del 21 de agosto de 2018,
00609 del 03 de abril de 2020, y 02070 del 21 de diciembre de 2020, y se toman otras
determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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Que mediante Auto 04226 del 15 de junio de 2021, se inició el trámite administrativo
ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial,
otorgado a la Pontificia Universidad Javeriana, mediante la Resolución 0546 de 29 de mayo
de 2014, modificada por las Resoluciones 0458 del 28 de abril de 2016, 00778 del 07 de
julio de 2017, 00599 del 27 de abril de 2018, 01364 del 21 de agosto de 2018, 00609 del
03 de abril de 2020 y 02070 del 21 de diciembre de 2020.
Que el referido Auto 04226 del 15 de junio de 2021, fue notificado a la Pontificia Universidad
Javeriana el día 16 de junio de 2021, quedando debidamente ejecutoriado y publicado el
día 17 de junio de la misma anualidad.
Que mediante Auto 04537 del 22 de junio de 2021 acogiendo el Concepto Técnico No.
03394 del 18 de junio de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA,
requirió información y documentación a adicional con el fin de dar continuidad a la solicitud
de modificación incoada por la Pontificia Universidad Javeriana.
Que mediante comunicaciones radicadas con número 2021145058-1-000 y 2021152067-1-
000 del 15 y 23 de julio de 2021, respectivamente, la Pontificia Universidad Javeriana allegó
información y documentación en respuesta a los requerimientos efectuados mediante Auto
04537 del 22 de junio de 2021.
Que el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
Ambientales de esta Autoridad evaluó la información allegada por la Pontificia Universidad
Javeriana y emitió el Concepto Técnico 04328 del 26 de julio de 2021, el cual hace parte
integral del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que el Decreto 1076 del 26 de mayo de 20151, mediante el cual se unificó las normas de
carácter reglamentario que rigen el sector ambiental y del desarrollo sostenible, regula en
el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 8, el permiso de recolección de especímenes de
especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no
comercial.
Que el artículo 2.2.2.8.1.5 del referido Decreto, señala las modalidades bajo las cuales
puede otorgarse un Permiso de Recolección, encontrándose entre estas, el Permiso Marco
de Recolección, el cual establece en el artículo 2.2.2.8.2.1 ibídem “Las Instituciones
Nacionales de Investigación que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres
de la diversidad biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial,
deberán solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco
1 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible

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