Resolución N° 014 de la Gobernación del Casanare, 11-01-2023 - Normativa - VLEX 917880602

Resolución N° 014 de la Gobernación del Casanare, 11-01-2023

Número de resolución014
Año2022
Fecha11 Enero 2023
EmisorSecretaría de Integración, Desarrollo Social y Mujer
es
RESOLUCIÓN
No,
014
DE
2022
“Por
la
cual
se
realiza
el
cierre
total
del
proyecto
sectorial
denominado
“FORTALECIMIENTO
DE
ACCIONES
PARA
LA
INCLUSIÓN
SOCIAL
Y
GOCE
EFECTIVO
DE
DERECHOS
DE
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
EN
EL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE”
con
código
BPIN
2020005850093.
600
LA
SECRETARIA
DE
INTEGRACIÓN
DESARROLLO
SOCIAL
Y
MUJER
En
calidad
de
ejecutor
del
proyecto
ycon
fundamento
a
los
postulados
de
Orden
Constitucional,
en
cumplimiento
de
lo
dispuesto
Artículo
29%
y
1996,
“Por
el
cual
se
compilan
la
1989,
la
y
la
Ley
225
de
1995
que
conforman
el
Estatuto
Orgánica
del
Presupuesto.”
|
CONSIDERANDO
Que
el
artículo
49,
numeral
3,
dela
"Por
la
cual
se
establece
la
Ley
Orgánica
del
Plan
de
Desarrollo"taculta
al
Departamento
Nacional
de
Planeación
(DNP)
para
organizar,
de
acuerdo
con
el
reglamento,
las
metodologías,
crterios
y
procedimientos
que
permitan
integrar
los
sistemas
de
información
de
las
entidades
territoriales
con
el
registro
de
proyectos
de
inversión
pública
en
el
Banco
de
Programas
y
Proyectos
de
Inversión
Nacional
(BPIN).
Lo
anterior,
sin
distinción
de
la
fuente
de
financiación.
Que
el
Programa
para
el
Fortalecimiento
del
Sistema
de
Inversión
Pública,
previsto
en
el
documento
CONPES
3751,
contempló
la
necesidad
de
integrar
y
articular
las
diferentes
fuentes
de
información,
para
consolidar
las
fuentes
de
financiamiento
de
los
proyectos
de
inversión
pública
del
país
y
fortalecer
la
divulgación,
acceso
a
la
información
y
compatibilización
de
datos.
Que
el
parágrafo
del
artículo
148
de
la
“Por
la
cual
se
expide
el
Plan
Nacional
de
Desarrollo
2014-2018
Todos
por
un
nuevo
país”,
dispone
que,
con
el
propósito
de
articular
y
consolidar
las
diferentes
fuentes
de
financiación
de
la
inversión
pública,
las
entidades
territoriales,
a
más
tardar
el
1
de
enero
de
2017,
deberán
registrar
la
información
de
la
inversión
conforme
a
los
lineamientos
que
determine
el
Departamento
Nacional
de
Planeación.
Que
el
2015,
reglamenta
lo
relacionado
con
el
Sistema
Unificado
de
Inversión
Pública,
y
mediante
el
artículo
2.2.6.1.4
del
se
dispuso
que
la
administración
de
este
le
corresponde
al
Departamento
Nacional
de
Planeación
(DNP).
Que
el
departamento
Nacional
de
Planeación
expidió
la
resolución
No
4788
de
2016
en
la
cual
dictan
los
lineamientos
para
el
registro
de
la
información
de
inversión
pública
de
las
entidades
territoriales.
Que
el
artículo
38
de
la
ley
“Por
el
cual
se
expide
el
plan
nacional
de
desarrollo
2018
-
2022;
Pacto
Par
Colombia,
Pacto
Por
La
Equidad”
Dispone
que:
“La
programación
presupuestal
debe
orientarse
a
resultados,
promover
el
uso
eficiente
y
transparente
de
los
recursos
públicos
y
establecer
una
refación
directa
entre
el
ingreso,
el
gasto
y
los
bienes
y
servicios
entregados
a
la
ciudadanía.
Para
el
efecto,
el
presupuesto
debe
clasificarse
mediante
programas
Calle
12
No,
25-46,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6326339
Ext.
1720
Yopal,
Casanare
ide?
Sener.
gov
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Sesarollos
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