RESOLUCIÓN N° 01440 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-08-2020 - Normativa - VLEX 873839859

RESOLUCIÓN N° 01440 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-08-2020

Número de expedienteIDB0321
Número de resolución01440
Fecha27 Agosto 2020
Fecha de publicación16 Septiembre 2020
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01440
( 27 de agosto de 2020 )
Por la cual se modifica un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y
se toman otras determinaciones
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974
y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las
Resoluciones 1603 de 2018 y 00423 de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Resolución No.
0524 del 27 de mayo de 2014, otorgó a la Universidad de Antioquia, con NIT. 890.980.040-8
y aprobación del Ministerio de Educación Nacional (SNIES) No. 1201, Permiso Marco de
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Investigación Científica No Comercial, por una vigencia de diez (10) años, contados a
partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo.
Que mediante Resolución No. 1461 del 3 de diciembre de 2014, esta Autoridad modificó el
numeral 2 del artículo 7° de la Resolución No. 0524 del 27 de mayo de 2014, en el sentido
de incluir nuevos programas, grupos de investigación e investigadores al Permiso Marco de
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Investigación Científica No Comercial.
Que mediante Resolución No. 00371 del 6 de abril de 2017, esta Autoridad modificó los
subnumerales 2.2 y 2.3 del numeral 2 del Formato de Solicitud del Permiso Marco de
Recolección correspondiente al Anexo 1, de que trata el artículo y el numeral 2 del
artículo 7° de la Resolución 0524 del 27 de mayo de 2014, modificada por la Resolución
1461 del 03 de diciembre de 2014.
Que mediante Resolución No. 0908 del 27 mayo 2019, esta Autoridad modificó la
Resolución No. 0524 del 27 de mayo de 2014, modificada por las Resoluciones Nos. 1461
de 2014 y 00371 de 2017 en el sentido de en incluir dos (2) líneas de investigación, dos (2)
grupos de investigación y ocho (8) investigadores.
Que mediante radicado número 2020105704-1-000 del 3 de julio 2020, la Universidad de
Antioquia realiza la solicitud ante esta Autoridad de modificación del Permiso Marco de
Recolección, con el objeto de incluir un Grupo de Investigación y cuatro investigadores.
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA., mediante oficio No.
2020109049-2- 000 del 8 de julio 2020, solicitó al usuario allegar nuevamente la solicitud al
presentar vacíos de información.
Resolución No. 01440 Del 27 de agosto de 2020 Hoja No. 2 de 20
Por la cual se modifica un Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y
se toman otras determinaciones
Que mediante comunicado No. 2020115285-1-000 del 17 julio 2020, la Universidad de
Antioquia, realizó nuevamente la solicitud de modificación del Permiso Marco de
Recolección, allegando parcialmente lo solicitado en el Oficio de radicado No. 2020109049-
2-000 del 8 de julio de 2020.
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA., mediante oficio número
2020117987-2-000 del 23 de julio 2020, solicitó a la Institución allegar la constancia de
vinculación del investigador extranjero.
Que mediante radicado número 2020122191-1-000 del 30 julio 2020, la Universidad de
Antioquia., presentó respuesta al oficio de radicado No. 2020117987-2-000 del 23 de julio
de 2020.
Que mediante Auto No. 07499 del 6 de agosto de 2020, esta Autoridad dio inicio al trámite
administrativo ambiental de modificación del Permiso Marco de Recolección de
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación
Científica No Comercial, otorgado a la Universidad de Antioquia mediante la Resolución No.
0524 del 27 mayo 2014, modificada por la Resolución No 1461 del 3 de diciembre 2014,
0371 del 6 de abril de 2017 y 0908 del 27 mayo 2019.
Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico No. 05070 del 18 de agosto de 2020, el cual hace parte
integral de la presente Resolución, en el que concluyó la viabilidad de modificar el Permiso
Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica
con Fines de Investigación no comercial, otorgado a la Universidad de Antioquia, mediante
la Resolución No. 0524 del 27 mayo 2014, modificada por la Resolución No 1461 del 3 de
diciembre 2014, 0371 del 6 de abril de 2017 y 0908 del 27 mayo 2019 en los términos y
condiciones que se señalarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 1076 del 26 de
mayo de 20151, mediante el cual unificó las normas de carácter reglamentario que rigen el
sector ambiental y del desarrollo sostenible, regulando en su capítulo 8 (investigación
científica), sección 2, el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial.
Que el artículo 2.2.2.8.1.5. ibídem, señala las modalidades bajo las cuales puede otorgarse
un Permiso de Recolección, encontrándose entre éstas, el Permiso Marco de Recolección.
Que el artículo 2.2.2.8.2.1 del Decreto 1076 de 2015 Por medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, establece lo
siguiente:
Permiso Marco de Recolección. Las Instituciones Nacionales de Investigación
que pretendan recolectar especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica, para adelantar proyectos de investigación científica no comercial, deberán
solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un Permiso Marco de
Recolección que ampare todos los programas de investigación científica, que
realicen los investigadores vinculados a la respectiva institución”.
Que el artículo 2.2.2.8.2.4 del citado Decreto, señala las obligaciones que deberán cumplir
las Instituciones Nacionales de Investigación ante esta Autoridad, para cada programa de
investigación.
1 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible

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