Resolución N° 0146 de la Gobernación del Casanare, 28-06-2023 - Normativa - VLEX 937009860

Resolución N° 0146 de la Gobernación del Casanare, 28-06-2023

Año2023
Número de resolución0146
Fecha28 Junio 2023
EmisorDespacho del Gobernador
Ni1:892099216-6
ResoLUCIÓN
No”
Ú
1
4
6
2
8
JUN
2023
“Por
la
cual
se
ordena
una
transferencia
al
INSTITUTO
PARA
LA
RECREACIÓN,
EL
DEPORTE,
LA
EDUCACIÓN
EXTRAESCOLAR
Y
EL
APROVECHAMIENTO
DEL
TIEMPO
LIBRE
EN
EL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE
-
INDERCAS”
100.15.15
EL
GOBERNADOR
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
atribuciones
legales
y
en
Especial
las
conferidas
en
la
Ordenanza
027
de
2022
y
CONSIDERANDO:
Que,
la
Constitución
Política
de
Colombia
en
su
artículo
44
establece
que
son
Derechos
Fundamentales
de
los
niños:
La vida,
la
integridad
física
y
la
salud;
y
en
su
artículo
52
determinó
que
el
ejercicio
del
deporte,
sus
manifestaciones
recreativas,
competitivas
y
autóctonas
tienen
como
función
la
formación
integral
de
las
personas,
preservar
y
desarrollar
una
mejor
salud
en
el
ser
humano.
El
Deporte
y
la
recreación,
forman
parte
de
la
Educación
y
constituyen
gasto
público
social,
a
su
vez,
el
artículo
355
establece
que
el
Gobierno,
en
los
niveles
Nacional,
Departamental,
Distrital
y
Municipal
podrán,
con
recursos
de
los
respectivos
presupuestos,
celebrar
contratos
con
entidades
privadas
sin
ánimo
de
lucro
y
de
reconocida
idoneidad
con
el
fin
de
impulsar
programas
y
actividades
de
interés
público
acordes
con
el
Plan
Nacional
y
los
planes
seccionales
de
Desarrollo.
Por
otra
parte,
el
artículo
209
de
la
Carta
Constitucional
plantea
la
destinación
de
la
función
administrativa
a
los
intereses
generales
del
Estado
fundamentada
sobre
principios
de
igualdad,
moralidad,
eficacia,
economía,
celeridad,
imparcialidad,
publicidad,
mediante
la
delegación
y
la
desconcentración
de
funciones...
De
igual
manera
establece
el
deber
para
las
autoridades
administrativas
de
coordinar
sus
actuaciones
para
el
adecuado
cumplimiento
de
los
fines
del
estado.
Que,
el
numeral
24
Art.
41
de
la
Ley
1098
de
2006,
concibe
como
obligación
del
Estado
el
Fomentar
el
deporte,
la
recreación
y
las
actividades
de
supervivencia,
y
facilitar
los
materiales
y
útiles
necesarios
para
su
práctica
regular
y
continuada.
Que
los
objetivos
de
la
Ley
181 de
1995
o
ley
del
deporte
son
el
patrocinio,
el
fomento,
la
masificación,
la
divulgación,
la
planificación,
la
coordinación,
la
ejecución
y
el
asesoramiento
de
la
práctica
del
deporte,
la
recreación
y
el
aprovechamiento
del
tiempo
libre
y
la
promoción
de
la
educación
extraescolar
de
la
niñez
y
la
juventud
en
todos
los
niveles
y
estamentos
sociales
del
país, en
desarrollo
del
derecho
de
todas
personas
a
ejercitar
el
libre
acceso
a
una
formación
física
y
espiritual
adecuadas.
Así
mismo,
la
implantación
y
fomento
de
la
educación
física
para
contribuir
a
la
formación
integral
de
la
persona
en
todas
sus
edades
y
facilitar
el
cumplimiento
eficaz
de
sus
obligaciones
como
miembro
de
la
sociedad.
El
deporte
y
la
recreación
son
manifestaciones
universales,
se
inspiran
en
principios
que
aplican
en
cualquier
parte
del
mundo
y
pueden
unir
a
las
personas
independientemente
de
sus
diferencias;
plasman
valores
como
el
respeto,
el
reconocimiento
de
las
reglas,
el
juego
limpio,
el
trabajo
en
equipo,
la
responsabilidad
y la
solidaridad,
además
de
fomentar
el
desarrollo
de
la
personalidad
de
los
niños,
niñas,
jóvenes
y
adultos,
así
como
el
desarrollo
social,
económico
y
fa
..”
Carrera
20
No. 8-02,
Edificio
CAD
piso
2.
Código
Postal
850001,
Tel.
8336339.
Extensión
1701,
Yopal
Casanare
1de
8
www.casanare.gov.co
-
despacho(Dcasanare.gov.co
ba
g

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