Resolución N° 0154 de la Gobernación del Casanare, 05-02-2024 - Normativa - VLEX 988353005

Resolución N° 0154 de la Gobernación del Casanare, 05-02-2024

Año2024
Número de resolución0154
Fecha05 Febrero 2024
EmisorSecretaría de Educación
N1T:892099216-6
RESOLUCIÓN
No
0
1
54
05
FEB
200%
“Por
medio
de
la
cual
se
establece
el
reglamento
interno
para
desarrollar
al
Programa
Casanare
Joven,
primer
semestre
2024”
700.15.15
EL
SECRETARIO
DE
EDUCACIÓN
DEPARTAMENTAL
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
facultades
conferidas
en
la
Ordenanza
020
del
2023
y
el
Decreto
Departamental
No.
024
de
2024,
y
CONSIDERANDO
Que
el
Artículo
54 de
la
establece
que
es
obligación
del
Estado
y
de
los
empleadores
ofrecer
formación
y
habilitación
profesional
y
técnica
a
quienes
lo
requieran,
debiendo
propiciar
la
ubicación
laborar
de
las
personas
en
edad
de
trabajar.
Que
el
Artículo
15
de
la
dispone
que
la
práctica
laboral
es
una
actividad
formativa
desarrollada
por
un
estudiante
de
programas
de
formación
complementaria
ofrecidos
por
las
escuelas
normales
superiores
y
educación
superior
de
pregrado,
durante
un
tiempo
determinado,
en
un
ambiente
laboral
real,
con
supervisión
y
sobre
asuntos
relacionados
con
su
área
de
estudio
o
desempeño
y
su
tipo
de
formación;
para
el
cumplimiento
de
un
requisito
para
culminar
sus
estudios
u
obtener
un
título
que
lo
acreditará
para
el
desempeño
laboral
y
que
dicha
práctica
por
tratarse
de
una
actividad
formativa,
no
constituye
relación
de
trabajo.
Que
el
artículo
192
de
la
establece
que
“Además
de
lo
previsto
en
el
artículo
15
de
la
2016,
las
prácticas
laborales
podrán
desarrollarse
por
estudiantes
de
educación
superior
de
posgrado,
de
educación
para
el
trabajo
y
desarrollo
humano,
de
formación
profesional
integral
del
SENA,
así
como
de
toda
la
oferta
de
formación
por
competencias.”,
precisando
en
el
parágrafo
primero
que
el
tiempo
de
la
práctica
laboral
que
el
estudiante
realice
para
optar
a
su
título
de
profesional,
tecnológico
o
técnico
cuenta
como
experiencia
laboral,
sin
perjuicio
de
las
disposiciones
vigentes
en
la
materia.
Que
el
Artículo
3
de
la
“Por
medio
de
la
cual
se
reconocen
las
prácticas
laborales
como
experiencia
profesional
y/o
relacionada
y
se
dictan
otras
disposiciones”,
define
la
práctica
laboral
como
todas
aquellas
actividades
formativas
desarrolladas
por
un
estudiante
de
cualquier
programa
de
pregrado
en
las
modalidades
de
formación
profesional,
tecnológica
o
técnica
profesional,
en
el
cual
aplica
y
desarrolla
actitudes,
habilidades
y
competencias
necesarias
para
desempeñarse
en
el
entorno
laboral
sobre
los
asuntos
relacionados
con
el
programa
académico
o
plan
de
estudios
que
cursa
y
que
sirve
como
opción
para
culminar
el
proceso
educativo
y
obtener
un
título
que
lo
acreditará
para
el
desempeño
laboral.
el
Carrera
20
N*
8-02,
Edifício
CAD,
Piso
2,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6336339
Ext
1201,
Yopal,
Casanare
1
www.sedcasanare.gov.co
-
educacion)
sedcasanare.gov.co
C
Gobernación
de
are
NiT:892099216-6
RESOLUCION
No
:
9154
05
res
20m
“Por
medio
de
la
cual
se
establece
el
reglamento
interno
para
desarrollar
al
Programa
Casanare
Joven,
primer
semestre
2024”
700.19:15
Que
conforme
al
Artículo
6
de
la
2020,
el
tiempo
que
el
estudiante
realice
como
práctica
laboral,
deberá
ser
certificado
por
la
entidad
beneficiaria
y
en
todo
caso
sumará
al
tiempo
de
experiencia
profesional
del
practicante.
Que
el
“Por
medio
del
cual
se
expide
el
Decreto
Único
Reglamentario
del
Sector
Trabajo”
en
su
sección
3,
Artículo
2.2.4.2.3.2,
establece
las
reglas
para
la
afiliación
y el
pago
de
aportes
al
Sistema
General
de
Riesgos
Laborales
de
los
estudiantes
que
cumplen
con
las
condiciones
expresamente
señaladas
en
el
literal
a)
numeral
4
del
artículo
13
del
Decreto-ley
1295
de
1994,
modificado
por
el
artículo
2*
de
la
2012,
entre
ellos
los
estudiantes
que
deban
realizar
prácticas
o
actividades
como
requisito
para
culminar
sus
estudios
u
obtener
un
título
o
certificado
de
técnico
laboral
por
competencias
que
los
acreditará
para
el
desempeño
laboral
en
uno
de
los
sectores
de
la
producción
y
de
los
servicios,
que
involucren
un
riesgo
ocupacional.
Que
el
Artículo
2.2.4.2.3.4.
del
establece
que
la
afiliación
y
pago
de
aportes
al
sistema
general
de
riesgos
laborales
de
los
estudiantes
estará
a
cargo
de
la
entidad,
empresa
o
institución
pública
o
privada
donde
se
realice
la
práctica,
para
el
caso
de
la
educación
superior
y
de
los
programas
de
formación
laboral
en
la
educación
para
el
trabajo
y
el
desarrollo
humano,
sin
perjuicio
de
los
acuerdos
entre
la
institución
de
educación
y la
entidad
,
empresa
o
institución
pública
o
privada
donde
se
realice
la
práctica,
sobre
quién
asumirá
la
afiliación
y
el
pago
de
los
aportes
al
Sistema
General
de
Riesgos
Laborales
y
la
coordinación
de
las
actividades
de
promoción
y
prevención
en
seguridad
y
salud
en
el
trabajo.
Que
de
conformidad
con
el
Artículo
5
de
la
2020,
las
entidades
públicas
del
nivel
nacional,
departamental
y
territorial
deberán
realizar
anualmente
por
lo
menos
una
convocatoria
para
que
estudiantes
puedan
realizar
sus
prácticas
laborales,
convocatoria
que
deberá
ser
debidamente
divulgada
a
través
de
los
diferentes
medios
de
comunicación
con
los
que
cuente
la
entidad.
Así
mismo,
desde
la
definición
de
los
términos
de
la
convocatoria
y
durante
el
proceso
de
selección
de
practicantes,
las
entidades
públicas
deberán
establecer
mecanismos
que
prioricen
la
vinculación
de
mujeres
y
personas
con
discapacidad
que
cumplan
los
demás
requisitos
de
la
convocatoria.
Que
luego
de
desarrolladas
las
mesa
de
concertación
con
los
jóvenes
del
Departamento,
resulta
de
la
mayor
importancia,
crear
la
Estrategia
Casanare
Joven,
para
que
sea
ejecutado
conforme
al
Plan
de
Desarrollo
Departamental
“Es
el
tiempo
de
Casanare”,
productivo,
equitativo
y
sostenible,
permitiendo
con
esto
a
los
estudiantes
completar
sus
estudios
y
requisitos
para
obtener
el
grado
respectivo
y
brindar
la
experiencia
mínima
a
través
de
las
prácticas laborales
para
que
puedan
ingresar
al
mercado
laboral.
AS
Carrera
20 N*
8-02,
Edifício
CAD,
Piso
2,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6336339
Ext
1201,
Yopal,
Casanare
2
py
www.sedcasanare.gov.co
-
educacion
sedcasanare.gov.co

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