Resolución N° 0155 de la Gobernación del Casanare, 18-07-2023 - Normativa - VLEX 941004386

Resolución N° 0155 de la Gobernación del Casanare, 18-07-2023

Año2023
Número de resolución0155
Fecha18 Julio 2023
EmisorDespacho del Gobernador
Gobernación
de
Casanare
Ni1:892009216-6
resoLucion
No)
1
5
5oeL
ARM
20
“POR
LA
CUAL
SE
AUTORIZA
ADELANTAR
EL
TRAMITE
DE
ENAJENACION
DE
BIENES
MUEBLES
DE
PROPIEDAD
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE”
100-15-10
EL
GOBERNADOR
DE
CASANARE,
En
uso
de
sus
facultades
constitucionales
y
legales,
y
en
especial
en
las
conferidas
en
los
artículos
2,
209
y
315
de
la
Constitución
Política
el
artículo
11
y
42
de
la
Ley
80
de
1993,
el
artículo
2%
numeral
4,
literal
a)
de
la
Ley
1150
de
2007,
el
Decreto
Nacional
1082
de
2015,
y
las
demás
normas
que
complementan
y
reglamentan
la
materia,
CONSIDERANDO
úl
Que
el
día
8
de
noviembre
de
2021,
en
sesión
ordinaria
No.
51
del
Comité
de
Contratación
del
Ministerio
de
Agricultura
y
Desarrollo
Rural
(MADR),
de
acuerdo
con
los
estudios
previos
y
solicitud
de
la
Directora
de
Gestión
de
Bienes
Públicos
Rurales,
los
integrantes
recomendaron
a
la
ordenadora
del
Gasto
la
Suscripción
del
Convenio
Interadministrativo
con
el
Departamento
de
Casanare
para
la
ejecución
del
proyecto
denominado
“FORTALECIMIENTO
DE
LAS
CAPACIDADES
PRODUCTIVAS
DE
PEQUEÑOS
Y
MEDIANOS
PRODUCTORES
MEDIANTE
LA
ENTREGA
DE
REPOBLAMIENTO
BOVINO
Y
DOTACIÓN
CON
EQUIPOS
PARA
EL
ESTABLECIMIENTO
DE
BANCOS
FORRAJEROS
EN
EL
DEPARTAMENTO
DEL
CASANARE”,
debidamente
aprobado
por
el
Comité
de
Administración
del
Fondo
de
Fomento
Agropecuario
(FFA)
del
MADR,
mediate
Acta
No.
004
de
fecha
29
de
octubre
de
2021.
Que
en
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
los
artículos
2.2.142.1.4.1
y
2.2.1.2.1.4.4
del
Decreto
1082
de
2015,
el
Ministerio
de
Agricultura
y
Desarrollo
Rural
profirió
el
acto
administrativo
de
justificación
del
Convenio
Interadministrativo
de
fecha
10
de
noviembre
de
2021.
Por
lo
antes
expuesto
y
en
ejercicio
de
la
autonomía
de
la
voluntad,
las
partes
suscriben
el
Convenio
Interadministrativo
No.
20210660,
celebrado
con
fundamento
legal
en
el
artículo
95
de
la
Ley
489
de
1998.
Que
el
objeto
del
Convenio
Interadministrativo
No.
20210660'es
“AUNAR
ESFUERZOS
ECONÓMICOS,
TÉCNICOS,
ADMINISTRATIVOS
Y
FINANCIEROS,
PARA
MEJORAR
LA
PRODUCCIÓN
EN
SISTEMAS
GANADEROS
DE
PEQUEÑOS
Y
MEDIANOS
PRODUCTORES
DEL
DEPARTAMENTO
DEL
CASANARE”.
Que
para
la
ejecución
del
Convenio
Interadministrativo
No.
20210660
celebrado
entre
el
Ministerio
de
Agricultura
y
Desarrollo
Rural
y el
Departamento
de
Casanare,
se
formuló
el
proyecto
sectorial
que
tiene
por
objeto:
“FORTALECIMIENTO
DE
LAS
CAPACIDADES
PRODUCTIVAS
DE
PEQUEÑOS
Y
MEDIANOS
PRODUCTORES
MEDIANTE
LA
ENTREGA
DE
REPOBLAMIENTO
BOVINO
Y
DOTACIÓN
CON
EQUIPOS
PARA
EL
ESTABLECIMIENTO
DE
BANCOS
FORRAJEROS
EN
EL
DEPARTAMENTO
DEL
CASANARE”,
el
cual
se
encuentra
identificado
con
código
BPIN
No.
2022005850004,
dentro
del
cual
se
contempló
el
desarrollo
de
las
siguientes
actividades:
1.
Fomentar
el
establecimiento
de
sistemas
de
banco
de
forraje
con
cercas
vivas
y
cercas
eléctricas
Carrera
20
No.8-02,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6336339,
Ext.
1701-
1702Yopal,
Casanare,
1
de
7
www.casanare.gov.co
despacho
casanare.gov.co
G

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