Resolución N° 01841 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 06-09-2016 - Normativa - VLEX 906834851

Resolución N° 01841 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 06-09-2016

Fecha06 Septiembre 2016
Número de resolución01841
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..POR LA CUAL SE APRUEBA EL PLAN DE CONTINGENCIA PARA EL MANEJO Y TRANSPORTE DE
HIDROCARBUROS, DERIVADOS Y SUSTANCIAS NOCIVAS DE LA ESTACIoN DE seRviclo
AUTOMOTRIZ J & M UBICADA EN EL MUNICIPIO DE FONSECA. LA GUAJIRA. Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LA GUAJIRA
"CORPOGUAJIRA" en usos de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley gg de 19g3,
Decreto 1076 de 2015, demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución politica de Colombia reconoce a los habitantes de Colombia el derecho de gozar de u;
medio ambie¡ile sano, de esta manera elartículo 7 establece que es una obligación de Estado y de ios;
particulares proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación , a su vez, el articulo 58 garantiza la
propiedad privada y los demás derechos'adquiridos con arreglo a las leyes civiles, así mismo establece
que la propiedad cumple una función social y como tal le es inherente la función ecológica, pues no se
puede abusar de la explotación de un recurso en contra de claros preceptos para la protección del medio
ambiente.
Que así mismo, corresponde al estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales,
así como "prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las acciones legales y exigir la
reparación de los daños causados".
Que los fundamentos de la Política Ambiental Nacional son determinados mediante ley gg de 1g93, que da
origen al Sistema Nacional Ambiental (SINA) e integra .orientaciones, normas, actividades, recurso$l
programas é rnstituciones para poner en marcha los principios generales ambientales entre los cuales'se
incluyen: la prevenciÓn de desastre será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para e\ , r" l
mitigar ios ei*ctos de su ocunencia serán de obligatorio cumplimiento.
Que, promover la realización de programas y proyectos de gestión ambiental para la prevención de
desastres, de manera que se realicen coordinadamente las actividades del SINA y las del Sistema Nacional
para la Prevención y Atención de desastre.
Que de igual manera, se asigna a las Corporaciones Autónomas Regionales la función de realizar
actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastre, asistir a los aspectos
meCioambientales en la prevención y la atención de emergencias y desastres; adelantar con las
administraciones municipales o dishitales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto
riesgo , tales como control de erosión , manejo de cauces y reforestación.
Que el Decreto 1076 de 2015 en su Artículo 2.2.6.L3.6. Literal E, en cuanto a las Obligaciones del
transportadoi'de residuos o desechos peligrosos, consagra que se debe contarcon un plan de contingencia
actualizado para atender cualquier accidente o eventualidad qué presente y contar con personal preparado
para su implementaciÓn. En caso de tratarse de un derrame de estos residuos el plan de contingen6i¿ f,r r ,
seguir los ltneamientos del Decreto 321 de 1999 por el cual se adopta el Plan Nacional de Continge*uia
contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas Marinas, Fluviales y Lacustres
0 a que lo modifique o sustituya y, en caso de presentarse otro tipo de contingencia el plan deberá estar
articulado con el plan local de emergencias del municipio.
Que según lo dispuesto en elArtículo 2.2.3,3.4.14. Del Decreto 1076 de 201b, Los usuarios que exploren,
exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocaóuros o sustanc¡as
nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar provistos de un plan de contingencia
y control de derrames, el cLlal deberá contar con la aprobación de la autoridad ambiental competente.
Que mediante Oficio de fecha 22 de Julio de 2016, y registrado en esta Corporación bajo Radicado interno
No.20163300324002 de fecha 25 de Julio de 2016, la señora CARMEN iULtA MOLTNÁ CARRILLO en su
condiciÓn de Representante Legal de la EDS AUTOMOTRIZ J & M ubicada en el Municipio de Fonsec. rEg
Cra, ? llo 12 - 25
www.corpoguajira.gon,ro
Fiohacha - Solomhia.

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