RESOLUCIÓN N° 01910 de la Gaceta Ambiental ANLA, 29-10-2021 - Normativa - VLEX 878465826

RESOLUCIÓN N° 01910 de la Gaceta Ambiental ANLA, 29-10-2021

Número de expedienteLAM1203
Fecha de publicación22 Noviembre 2021
Número de resolución01910
Fecha29 Octubre 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01910
( 29 de octubre de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se imponen unas obligaciones y se toman otras determinaciones”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES
ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL
DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales establecidas mediante la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del
2011, acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 566 del 31
de marzo de 2020, el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 464 del 9 de marzo de
2021 y la Resolución 975 del 13 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 94 del 9 de marzo de 1994, la Corporación Autónoma Regional del Cesar
– CORPOCESAR, estableció el Plan de Manejo Ambiental al CONSORCIO MINERO UNIDO S.A. para
la explotación de carbón a cielo abierto en la Mina Yerbabuena, ubicada en jurisdicción del municipio
de La Jagua de Ibirico, departamento del Cesar.
Que mediante la Resolución 1284 del 24 de diciembre de 1998, el entonces Ministerio del Medio
Ambiente, estableció a la sociedad CARBONES DEL CARIBE S.A., hoy CARBONES DE LA JAGUA
S.A., el Plan de Manejo Ambiental para el proyecto explotación integrada del Flanco Occidental del
Sinclinal Carbonífero de la Jagua de Ibirico; acto administrativo modificado a través de las
Resoluciones 807 de 28 de septiembre de 1999, 0507 de 12 de junio de 2001 y 1341 del 18 de
noviembre de 2004.
Que mediante la Resolución 447 del 22 de abril de 2004, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, estableció el Plan de Manejo Ambiental para el proyecto de
explotación integral de las minas La Victoria y El Tesoro a la sociedad CARBOANDES, hoy
CARBONES EL TESORO (CET), ubicadas en el municipio de La Jagua de Ibirico en el
departamento del Cesar.
Que mediante la Resolución 295 del 20 de febrero de 2007, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, asumió temporalmente el conocimiento, actual y posterior de los
asuntos de la Corporación Autónoma Regional del Cesar - CORPOCESAR, relacionados con las
licencias ambientales, los planes de manejo ambiental, los permisos, las concesiones y demás
autorizaciones ambientales de los proyectos carboníferos que se encuentran en el centro del
Departamento del Cesar, en particular de los Municipios de la Jagua de Ibirico, El Paso, Becerril,
Chiriguaná, Agustín Codazzi y Tamalameque, para su evaluación, control y seguimiento ambiental,
hasta tanto determine que se han adoptado los mecanismos que aseguren el manejo integral
y armónico de la problemática ambiental asociada a los proyectos de minería en la zona centro del
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“Por la cual se imponen unas obligaciones y se toman otras determinaciones”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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departamento del Cesar, en virtud de la facultad selectiva y discrecional consagrada en el numeral
16 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993.
Que mediante la Resolución 2375 de 18 de diciembre de 2008, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, estableció a las Sociedades Mineras CARBONES DE LA JAGUA -
CDJ, CONSORCIO MINERO UNIDO - CMU y CARBONES EL TESORO - CET, Plan de Manejo
Ambiental Unificado en desarrollo de la actividad de Operación Integrada de los contratos mineros
285/95 (CDJ), 132/92 (CET), 109/90 (CMU) y DKP-141 (CDJ) y sus actividades conexas.
Que mediante la Resolución 2539 de 17 de diciembre de 2009, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, modificó el artículo segundo de la Resolución 2375 de diciembre
18 de 2008, en el sentido de incluir dentro del referido Plan de Manejo Ambiental Unificado, el
contrato HKT-08031.
Que mediante Resolución 708 del 28 de agosto de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, modificó la Resolución 2375 del 18 de diciembre de 2008, en el sentido de
incluir al Plan de Manejo Ambiental Unificado, los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el
uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
Que por medio de la Resolución 1229 del 5 de diciembre de 2013, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, aclaró la Resolución 0708 del 28 de agosto de 2012 en el sentido que la
inclusión efectuada al Plan de Manejo Ambiental Unificado -PMAU-, de los permisos, autorizaciones
y/o concesiones otorgados para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, en
desarrollo de la actividad de operación integrada del proyecto minero bajo los contratos mineros
285/95 (CDJ), 132/92 (CET), 109/90 (CMU) y DKP-141 (CDJ) y sus actividades conexas, comprende
la totalidad de los mismos.
Que a través de la Resolución 1554 de 19 de diciembre de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA modificó el Plan de Manejo Ambiental Unificado del proyecto operación
Conjunta, en el sentido de establecer que, a partir del año 2015 y en adelante, las sociedades
CARBONES DE LA JAGUA - CDJ, CONSORCIO MINERO UNIDO - CMU y CARBONES EL
TESORO — CET, titulares de Operación Integrada de los contratos mineros 285/95 (CDJ), 132/92
(CET), 109/90 (CMU), DKP-141 (CDJ) y HKT-08031, presentarán en un mismo y único Informe de
Cumplimiento Ambiental ICA anual, el reporte de cumplimiento de las obligaciones derivadas del
Plan de Manejo Ambiental, así como las derivadas de la totalidad de los permisos, autorizaciones y
concesiones otorgadas para el desarrollo del proyecto.
Que mediante la Resolución 549 del 31 de mayo de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA impuso medidas adicionales a las Sociedades Mineras CARBONES DE LA
JAGUA - CDJ, CONSORCIO MINERO UNIDO - CMU y CARBONES EL TESORO — CET para la
Operación Conjunta, en cuanto al monitoreo del recurso hídrico subterráneo.
Que mediante Resolución 1032 del 29 de agosto de 2017, esta Autoridad Nacional concedió a las
Sociedades Mineras CARBONES DE LA JAGUA, S.A. (CDJ), CONSORCIO MINERO UNIDO S.A
(CMU) y CARBONES EL TESORO S.A. (CET), un plazo adicional hasta el 15 de septiembre de
2017, para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Resolución 549 del 31 de mayo de
2016, confirmada por la Resolución 1225 del 19 de octubre de 2016.
Que mediante la Resolución 1691 del 3 de octubre de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales impuso obligaciones adicionales a las sociedades CARBONES DE LA JAGUA S.A.;
CARBONES EL TESORO S.A. y CONSORCIO MINERO UNIDO S.A. C.M.U.
Que mediante Resolución 1343 del 9 de julio de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales modificó el Plan de Manejo Ambiental Unificado establecido a las sociedades

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