RESOLUCIÓN N° 01921 de la Gaceta Ambiental ANLA, 30-11-2020 - Normativa - VLEX 873836232

RESOLUCIÓN N° 01921 de la Gaceta Ambiental ANLA, 30-11-2020

Número de expedienteLAM3578
Fecha30 Noviembre 2020
Número de resolución01921
Fecha de publicación24 Diciembre 2020
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 01921
( 30 de noviembre de 2020 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 1 de 30
“POR LA CUAL SE MODIFICA UNA RESOLUCIÓN”
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre
de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto
376 del 11 de marzo de 2020 por el cual se modifica la estructura de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de
mayo de 2015, la Resolución 423 del 12 de marzo de 2020, la Resolución 669 del 14 de
abril de 2020 y la Resolución 1743 del 26 de octubre de 2020, expedidas por la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 167 del 2 de febrero de 2007 el entonces Ministerio de Ambiente
Vivienda y Desarrollo Territorial hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en
adelante el Ministerio) otorgó licencia ambiental a la Sociedad Integral de Servicios
Técnicos S.A. (IST SA) para el proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo”,
localizado en jurisdicción del Municipio de Orocué Departamento de Casanare.
Que por medio de la Resolución 523 del 23 de marzo de 2007 el Ministerio modificó la
licencia ambiental del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo” en el sentido de
autorizar un nuevo vertimiento de aguas residuales.
Que a través de la Resolución 950 del 31 de mayo de 2007 el Ministerio modificó la licencia
ambiental del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo” en el sentido de
adicionar nuevas actividades e imponer nuevas obligaciones relacionadas con la obligación
de inversión forzosa de no menos del 1%.
Que mediante Auto 2148 del 10 de agosto de 2007 el Ministerio aceptó un plan de
compensación forestal consistente en la reforestación de 30 ha en la finca La Amapola,
propiedad del señor Leonardo Bautista, vereda El Algarrobo, en jurisdicción del Municipio
de Orocué, Departamento de Casanare.
Que por medio de la Resolución 1839 del 12 de octubre de 2007 el Ministerio aclaró el
artículo sexto de la Resolución 950 del 31 de mayo de 2007 en lo relacionado a la imposición
de obligaciones para el cumplimiento de la inversión forzosa de no menos del 1% para el
proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo”.
Que mediante Resolución 2375 del 28 de diciembre de 2007 el Ministerio modificó la
licencia ambiental del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo” en el sentido de
adicionar nuevas actividades y otorgar nuevos permisos de concesión de aguas
subterráneas.
Resolución No. 01921 Del 30 de noviembre de 2020 Hoja No. 2 de 30
POR LA CUAL SE MODIFICA UNA RESOLUCIÓN
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 2 de 30
Que el Ministerio, a través de la Resolución 2107 del 28 de noviembre de 2008 modificó la
licencia ambiental del proyecto “Bloque de Perforación Exploratoria Cravoviejo”, en el sentido
de ampliar las áreas de interés y autorizar nuevas actividades.
Que a través del Auto 1510 del 22 de octubre de 20201, el Ministerio ordenó acumular el
expediente LAM4431 al expediente LAM3578 y en consecuencia continuar con el trámite
de licenciamiento ambiental dentro de las presentes diligencias.
Que por medio de la Resolución 1286 del 3 de julio de 2009 el Ministerio autorizó la cesión
de los derechos y obligaciones de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 167
de 2 de febrero de 2007, de la Sociedad Integral de Servicios Técnicos S.A., a favor del
Grupo C&C Energía Barbados Sucursal Colombia.
Que mediante Resolución 758 del 20 de abril de 2010 el Ministerio otorgó licencia ambiental
global a la Sociedad Grupo C&C Energía Barbados Sucursal Colombia (en adelante la
Sociedad) para el proyecto “Explotación de Hidrocarburos en el Bloque Cravoviejo”, localizado
en el Municipio de Orocué Departamento de Casanare.2
Que por medio del Auto 1973 del 30 de abril de 2018 la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA (en adelante la Autoridad Nacional) aceptó el cambio de razón social
de la sociedad Grupo C&C Energía Barbados Sucursal Colombia por el de Frontera Energy
Colombia Corp., Sucursal Colombia identificada con NIT. 830.126.302-2 (en adelante la
Sociedad).
Que a través de la Resolución 1518 del 29 de julio de 2019 la Autoridad Nacional, modificó
la Resolución 758 del 20 de abril de 2010 en el sentido de aceptar el acogimiento al régimen
de transición del Decreto 2099 del 22 de diciembre de 2016, modificado por el Decreto 75
del 20 de enero 2017 y el 1120 del 29 de junio del 2017 de acuerdo con la Sociedad elevada
por el titular de la licencia ambiental.
Que mediante comunicaciones con radicado 2019183943-1-000 del 25 de noviembre de
2019 y 2019183952-1-000 del 25 de noviembre de 2019, la Sociedad allegó a la Autoridad
Nacional la solicitud de acogimiento al porcentaje incremental contemplado en el artículo
321 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 para los proyectos “Bloque de Perforación
Exploratoria Cravoviejo” y “Explotación de Hidrocarburos en el Bloque Cravoviejo”,
respectivamente.
Que por medio de la comunicación con radicado 2019202874-1-000 del 23 de diciembre de
2019, la Sociedad remitió a la Autoridad Nacional información adicional correspondiente a
“Certificación valores base de liquidación 1%” del Proyecto “Perforación Exploratoria
Cravoviejo”.
Que a través de la comunicación con radicado 2020064637-2-000 del 27 de abril de 2020,
la Autoridad Nacional requirió la presentación de información adicional para pronunciarse
de fondo respecto a la solicitud de acogimiento al porcentaje incremental allegado por la
Sociedad mediante radicados 2019183952-1-000 y 2019183943-1-000 del 25 de noviembre
de 2019.
Que mediante radicado 2020081607-1-000 del 26 de mayo de 2020 la Sociedad solicitó
prorroga de un mes adicional para presentar la información requerida, la cual allegó a través
de la comunicación con radicado 2020101037-1-000 del 26 de junio de 2020.
Que finalmente, por medio de la comunicación con radicado 2020105439-1-000 del 3 de
julio de 2020, la Sociedad entregó certificado emitido por la revisora fiscal encargada de
auditar los estados financieros a fecha 31 de diciembre de 2019.
1 Acto administrativo contenido en el expediente LAM4431
2 Acto administrativo contenido en el expediente LAM4431

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR