Resolución N° 0207 de la Gobernación del Casanare, 16-02-2023 - Normativa - VLEX 926802176

Resolución N° 0207 de la Gobernación del Casanare, 16-02-2023

Número de resolución0207
Año2023
Fecha16 Febrero 2023
EmisorSecretaría de Salud
“Por
la
cual
se
autoriza
un
retiro
Parcial
de
cesantías”
800.15.15
LA
SECRETARIA
DE
SALUD
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
facultades
legales
y
en
especial
las
conferidas
mediante
Decreto
No.
0367
del
09
de
noviembre
de
2017,
y
CONSIDERANDO
Que
el
funcionario
JOSE
GUSTAVO
FLOREZ
FUENTES,
identificado
con
cedula
de
ciudadanía
No
19.368.967
expedida
en
Bogotá,
se
encuentra
nombrado
en
la
planta
de
Personal
de
la
Administración
Central
del
Departamento
de
Casanare,
en
el
empleo
de
Técnico
Área
Salud,
Código
323,
Grado
03
de
la
Dirección
de
Salud
Pública
adscrito
a
la
Secretaria
de
Salud
de
Casanare.
Que
mediante
oficio
de
fecha
08
de
febrero
de
2023,
el
funcionario
solicita
el
retiro
parcial
de
cesantías
por
la
suma
de
TRES
MILLONES
OCHOCIENTOS
MIL
PESOS
($
3.800.000),
con
el
fin
de
ser
invertidos
en
mejoramiento
de
su
vivienda
ubicada
en
la
carrera
9
N*20-121,
Barrio
Guadalupe
del
municipio
de
Mani,
según
contrato
de
obra
y
certificado
de
la
cuenta
del
Fondo
de
Pensiones
y
Cesantías
PORVENIR.
Que
de
acuerdo
a
lo
consagrado
en
la
ley
1071
de
2006
por
medio
de
la
cual
se
adicionan
y
modifica
la
ley
244
de
1995,
Articulo
3.
Retiro
Parcial
de
Cesantías.
Todos
los
funcionarios
podrán
solicitar
el
retiro
de
sus
cesantías
parciales
en
los
siguientes
casos:
1.
“Para
la
compra
y
adquisición
de
vivienda,
construcción,
reparación
y
ampliación
de
la
misma
y
liberación
de
gravámenes
del
inmueble
contraídos
por
el
empleado
o
su
cónyuge
o
compañero(a)
permanente”.
2.
“Para
adelantar
estudios
ya
sea
del
empleado,
su
cónyuge
o
compañero(a)
permanente,
o
sus
hijos”.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE
Artículo
1
Autorizar
el
retiro
parcial
de
Cesantías
al
funcionario
JOSE
GUSTAVO
FLOREZ
FUENTES,
identificado
con
cedula
de
ciudadanía
No
19.368.967
expedida
en
Bogotá,
por
la
suma
de
TRES
MILLONES
OCHOCIENTOS
MIL
PESOS
($
3.800.000),
con
el
fin
de
ser
invertidos
en
mejoramiento
de
su
vivienda
ubicada
en
la
carrera
9
N”20-121,
Barrio
Guadalupe
del
municipio
de
Mani,
según
contrato
de
obra
y
certificado
de
la
cuenta
del
Fondo
de
Pensiones
y
Cesantías
PORVENIR.
Artículo
2.
Comunicar
la
presente
autorización
al
Fondo
de
Cesantías
PORVENIR,
para
efectos
del
pago
por
la
suma
antes
citada.
Articulo
3.-
La
presente
resolución
rige
a
partir
de
la
fecha
de
su
expedición.
COMUNIQUESE
Y
CUMPLASE
Dada
en
Yopal,
a
los
1
6
FEB
2023
col)
MARIA CONSTANZA
VEGA
ORDUZ
ea)
Secretaria
de
Salud
de
Casanare
e,
=
As
Revisó:
Edilb
Orjuela
Zea
Proyecto:
Ceila
Elena
Gutierrez
Oropeza
Director
SS
Financiera
Profesional
Universitario
—-
Talento
Humano
Elaboro:
Zorayda
Moreho
H.
Carrera
21
No.
8-32
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6356565,
Ext.
121,
Yopal,
Casanare
www.salud/Vcasanare.gov.co
-
salud.talentohumanoOcasanare.gov.co

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