RESOLUCIÓN N° 02072 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-12-2020 - Normativa - VLEX 873838588

RESOLUCIÓN N° 02072 de la Gaceta Ambiental ANLA, 21-12-2020

Número de resolución02072
Fecha21 Diciembre 2020
Número de expedienteLAM6856-00
Fecha de publicación26 Enero 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 02072
( 21 de diciembre de 2020 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 1 de 31
“Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Caimán
Crocodilus Fuscus (Babilla) y se adoptan otras determinaciones”
EL ASESOR DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS
AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES - ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de
1993, los Decretos 3573 del 27 de septiembre de 2011,1076 del 26 de mayo de
2015, 376 y 377 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 423 del 12 de marzo de
2020, y la Resolución 669 del 14 de abril de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 653 del 18 de julio de 1991, el entonces Instituto Nacional
de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente – INDERENA (en adelante
INDERENA), otorgó licencia ambiental en fase experimental a la sociedad
COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., para el establecimiento de un zoocriadero de
Babilla (Caiman crocodilus fuscus), Iguana (Iguana iguana), y Caimán del
Magdalena (Crocodylus acutus), en el predio denominado “Bajo del Cabildo”,
localizado en jurisdicción de los municipios de Turbaná y Arjona en el Departamento
de Bolívar. Así mismo otorgó permiso de caza de fomento para 1.500 ejemplares
de Babilla (1.000 hembras y 500 machos), 750 iguanas (500 hembras y 250
machos), y 2 ejemplares de Caimán del Magdalena (2 machos).
Que por medio de Resolución 119 del 28 de febrero de 1994, el INDERENA otorgó
a COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., licencia de funcionamiento definitivo por un
término de diez (10) años para adelantar actividades comerciales con individuos y
productos obtenidos como resultado de la actividad de zoocría de las especies
Caiman crocodilus fuscus e Iguana iguana. De otra parte, otorgó un primer cupo de
aprovechamiento y comercialización de las especies Caiman crocodilus fuscus
(18.474 ejemplares), e Iguana iguana (18.777).
Que a través de Resolución 313 del 1 de septiembre de 1997, la Corporación
Autónoma Regional del Canal del Dique – CARDIQUE (en adelante CARDIQUE),
otorgó a COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., cupo de aprovechamiento y
comercialización de Babilla para la producción del año 1996 y de Iguana para el año
1997.
Que mediante Resolución 768 del 11 de diciembre de 1998, CARDIQUE aceptó el
desistimiento presentado por COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., en relación con
Resolución No. 02072 Del 21 de diciembre de 2020 Hoja No. 2 de 31
Por la cual se otorga cupo de aprovechamiento para la especie Caiman crocodilus fuscus
(Babilla) y se adoptan otras determinaciones
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
Página 2 de 31
el programa de zoocría en fase experimental de la especie Crocodylus acutus
(Caimán del Magdalena).
Que por medio de Resolución 797 del 22 de diciembre de 1998, CARDIQUE aceptó
el desistimiento presentado por la Sociedad COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., en
relación con el programa de zoocría de la especie Iguana iguana (Iguana).
Que a través de Resolución 387 del 21 de julio de 1999, CARDIQUE otorgó a
COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción
de Babilla de 1997.
Que mediante Resolución 1107 del 2 de noviembre del 2000, CARDIQUE otorgó a
COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción
de Babilla de 1999.
Que medio de Resolución 349 del 7 de junio de 2001, CARDIQUE estableció el Plan
de Manejo Ambiental - PMA a COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., para el desarrollo
de la actividad de zoocría.
Que a través de Resolución 128 del 27 de febrero del 2003, CARDIQUE otorgó a
COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción
de Babilla (Caiman crocodilus fuscus) de los años 2000 y 2001.
Que mediante Resolución 323 del 26 de mayo de 2003, CARDIQUE autorizó a
COLOMBIAN EXOTIC SKIN LTDA., la nivelación del pie parental de Babilla
(Caiman crocodilus fuscus) para alcanzar una población total de 2.000 ejemplares
(1.500 hembras y 500 machos).
Que por medio de Resolución 588 del 25 de agosto de 2003, CARDIQUE autorizó
la cesión de los derechos y obligaciones, así como los saldos de inventario del
programa de zoocría de Babilla (Caiman crocodilus fuscus) a cargo de COLOMBIAN
EXOTIC SKIN LTDA., a favor de la sociedad comercial ZOOAURIAL LTDA.
Que a través de Resolución 711 del 7 de septiembre de 2004, CARDIQUE otorgó a
ZOOAURIAL LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción de Babilla
(Caiman crocodilus fuscus) de 2002.
Que mediante Resolución 833 del 7 de octubre del 2004, CARDIQUE otorgó a
ZOOAURIAL LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción de Babilla
(Caiman crocodilus fuscus) de 2003.
Que por medio de Resolución 265 del 6 de abril de 2005, CARDIQUE otorgó a
ZOOAURIAL LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción de Babilla
(Caiman crocodilus fuscus) de 2004.
Que a través de Resolución 303 del 31 de marzo de 2006, CARDIQUE otorgó a
ZOOAURIAL LTDA., cupo de aprovechamiento para la producción de Babilla
(Caiman crocodilus fuscus) de 2005.
Que mediante Resolución 543 del 30 de junio de 2006, CARDIQUE autorizó a
ZOOAURIAL LTDA., la ampliación del pie parental de Babilla (Caiman crocodilus
fuscus) quedando con una población total de 3.000 ejemplares (2.250 hembras y
750 machos).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR