Resolución Nº 021 de 2020 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 24-03-2020 - 24 de Marzo de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851966965

Resolución Nº 021 de 2020 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 24-03-2020

Fecha de publicación24 Marzo 2020
Fecha de emisión24 Marzo 2020
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta6764
7
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6764 • pP. 1-7 • 2020• MARZO 24
capital adelantando cualquiera de las actividades
exceptuadas en el presente decreto y del Decreto
Nacional 457 de 2020 y que acrediten que su lugar
de domicilio se encuentra en otra ciudad o municipio.
ARTÍCULO 8.- Durante la vigencia de las medidas
previstas en el Decreto 457 de 2020 y las aquí
contempladas no se aplicará las restricciones
impartidas en los Decretos Distritales 840 de 2019, 077
y 078 de 2020, sino que regirá la restricción total a la
circulación de personas y vehículos con las excepciones
contempladas en las disposiciones referidas.
ARTÍCULO 9.- Todas las disposiciones contempladas
en el presente decreto son de estricto cumplimiento
para los habitantes y residentes en el distrito capital.
Su incumplimiento podrá acarrear las sanciones
previstas en la Ley 1801 de 2016, tales como
amonestación, multa, cierre de establecimiento y
demás aplicables, sin perjuicio de incurrir en las
conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000.
Se ordena a los organismos de seguridad del Estado
y a las autoridades civiles hacer cumplir lo dispuesto
en el presente decreto, para lo cual deberán realizar
los operativos de rigor en toda la ciudad y procederán
a aplicar las medidas correctivas de su competencia.
ARTÍCULO 10.- El presente decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días
del mes de marzo de dos mil veinte (2020).
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO
Secretario Distrital de Gobierno
HUGO ACERO VELÁSQUEZ
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
CAROLINA URRUTIA VÁSQUEZ
Secretaria Distrital de Ambiente
JONNY LEONARDO VÁSQUEZ ESCOBAR
Secretario Distrital de Movilidad (E)
Resolución Número 021
(Marzo 24 de 2020)
“Por la cual se suspenden términos en los
procesos disciplinarios de competencia de la
alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., como medida
transitoria para la prevención y mitigación de los
efectos del COVID-19”.
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el numeral 3° del artículo 315
de la Constitución Política, el artículo 2 de la Ley
734 de 2002, y el numeral 8 del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) en
alocución de apertura del Director General en la rueda
de prensa sobre el COVID-19 celebrada el 11 de marzo
de 2020 declaró que la infección causada por el nuevo
Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) puede conside-
rarse una pandemia y animó a todos los países a tomar
las medidas apropiadas para prepararse para ello.
Que a n de adoptar medidas sanitarias y acciones
transitorias de policía tendientes a mitigar el riesgo y
controlar los efectos del COVID-19, la alcaldesa mayor
de Bogotá, D.C. expidió el Decreto Distrital No. 081 del
11 de marzo de 2020, “Por el cual se adoptan medi-
das sanitarias y acciones transitorias de policía para
la preservación de la vida y mitigación del riesgo con
ocasión a la situación epidemiológica causada por el
Coronavirus (COVID-19). En Bogotá, D.C., y se dictan
otras disposiciones.”
Que con posterioridad, el Ministerio de Salud y Pro-
tección Social expidió la Resolución No. 385 del 12 de
marzo de 2020 “Por la cual se declara la emergencia
sanitaria por causa del coronavirus COVID -19 y se
adoptan medidas para hacer frente al virus”.
Que la aludida resolución, en el numeral 2.6 del artí-
culo 2 señaló:
(…)
“2.6. Ordenar a los jefes, representantes legales,
administradores o quienes hagan sus veces a
adoptar, en los centros laborales públicos y priva-
dos, las medidas de prevención y control sanitario
para evitar la propagación del COVID-19.” (…)
RESOLUCIÓN DE 2020

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