RESOLUCIÓN N° 02358 de la Gaceta Ambiental ANLA, 24-12-2021 - Normativa - VLEX 882161203

RESOLUCIÓN N° 02358 de la Gaceta Ambiental ANLA, 24-12-2021

Fecha de publicación17 Enero 2022
Fecha24 Diciembre 2021
Número de resolución02358
Número de expedienteSBTI0354-00-2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 02358
( 24 de diciembre de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se certifica que son acreditables algunos de los equipos objeto de la solicitud
de exclusión del Impuesto sobre las Ventas – IVA y se toman otras determinaciones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de
2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1625 de 2016 modificado
parcialmente por el Decreto 1564 de 2017, las Resoluciones 1419 de 2015, modificada
por la Resolución 00143 de 2021, 2000 de 2017 y 1690 de 2018, y
CONSIDERANDO QUE:
Mediante las comunicaciones de radicados 2021213781-1-000 del 04 de octubre de 2021
y 2021254483-1-000 del 23 de noviembre de 2021, las empresas Tratamientos Integrales
Ambientales S.A.S. con NIT 900.703.834-8 y Productos Industriales S.A.S. – Proindul
S.A.S. con NIT 860.078.573-4, presentaron solicitud de Certificación para acceder al
incentivo de Exclusión del Impuesto sobre las Ventas - IVA, conforme al artículo 424
numeral 7 del Estatuto Tributario, para la adquisición de un (1) Incinerador modelo CVTM
200 a ser implementado en las instalaciones de la empresa Tratamientos Integrales
Ambientales S.A.S., ubicada en el municipio de Puerto Asís, departamento de Putumayo.
Dentro del trámite pertinente, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites
Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto
Técnico 08165 del 17 de diciembre de 2021, el cual hace parte integral del presente acto
administrativo, en el que concluyó que es viable certificar los equipos relacionados en la
Tabla 3 de dicho concepto. Dado que los equipos Cámara de Postcombustión, Cámara de
Enfriamiento y Tren de Gases, conforman en sí mismos un sistema de control ambiental,
por cuanto están destinados al logro de resultados medibles y verificables en términos del
mejoramiento de la calidad de las emisiones atmosféricas procedentes del proceso de
incineración de residuos peligrosos.
Lo anterior teniendo en cuenta que, en la etapa de postcombustión los gases permanecen
con temperatura, tiempo de residencia y velocidad controladas logrando reducir las
emisiones atmosféricas, principalmente de los siguientes parámetros: CO, PM, HCT, NO2
y SO2.
Posteriormente, en la etapa de enfriamiento se garantiza una temperatura óptima de salida
de los gases, condición que contribuye al control de ciertos parámetros tales como Material
Particulado y las Dioxinas y Furanos, que generalmente se forman en procesos de
combustión, cuando hay oxígeno, carbón, hidrógeno y cloro, en temperaturas entre 200 y
650°C y bajo condiciones de alcalinidad. Con la entrada en operación de dichos equipos se
dará cumplimiento al artículo 45 del Capítulo 12 de la Resolución 909 de 2008.

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