Resolución N° 024 de la Gobernación del Casanare, 09-03-2023 - Normativa - VLEX 931451060

Resolución N° 024 de la Gobernación del Casanare, 09-03-2023

Número de resolución024
Año2023
Fecha09 Marzo 2023
EmisorSecretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana
RESOLMEÓNNE"
)9%4
DE
(]
,
MAR
2023
“Por
medio
de
la
cual
se
inscriben
algunos
dignatarios
de
la
Asociación
de
Juntas
de
Acción
Comunal
del
Corregimiento
de
Morichal,
municipio
de
Yopal
del
Departamento
de
Casanare”.
400
15 15
EL
SECRETARIO
DE
GOBIERNO,
CONVIVENCIA
Y
SEGURIDAD
CIUDADANA
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE
En
ejercicio
de
las
facultades
legales
conferidas
por
la
Ley
743
de
2002,
norma
derogada
por
la
Ley
2166
de
2021,
Decreto
Nacional
1066
de
2015,
al
igual
que
el
Decreto
Departamental
No
323
del
01
de
noviembre
2019,
la
Resolución
Departamental
N*0409
de
19
de junio
de
2015
modificada
parcialmente
por
la
Resolución
N*
0274
de
fecha
19
de
diciembre
de
2019;
y
CONSIDERANDOS
DE
TIPO
LEGAL
Que
la
Secretaría
de
Gobierno
Departamental
de
Casanare,
reconoció
Personería
Jurídica
mediante
la
resolución
No.0710
del
día
12
de
septiembre
de
2006,
a
la
ASOCIACION
DE
JUNTAS
DE
ACCION
COMUNAL
DEL
CORREGIMIENTO
DE
MORICHAL,
del
municipio
de
Yopal
del
Departamento
de
Casanare.
Que
la
Secretaría
de
Gobierno,
Convivencia
y
Seguridad
Ciudadana
de
la
Gobernación
de
Casanare,
expidió
la
Resolución
No.1178
del
1”
de
septiembre
de
2022,
por
medio
de
la
cual
inscribió
la
elección
de
la
directiva
y
dignatarios
de
la
Asociación
de
Juntas
de
Acción
Comunal
del
Corregimiento
de
Morichal
Municipio
de
Yopal
Departamento
de
Casanare.
Que
con
posterioridad
fue
emitida
la
Resolución
No.1277
del
27 de
octubre
del
2022,
por
medio
de
la
cual
se
modifica
y
adiciona
la
Resolución
No.1178
del
1”
de
septiembre
de
2022,
de
la
Asociación
de
Juntas
de
Acción
Comunal
del
Corregimiento
de
Morichal
del
Municipio
de
Yopal
Departamento
de
Casanare.
Que
la
Ley
2166
de
18
de
diciembre
de
2021
“Por
la
cual
se
deroga
la
ley
743
de
2002
y
se
desarrolla
el
artículo
38
de
la
Constitución
Política
de
Colombia
en
lo
referente
a
los
organismos
de
acción
comunal”
estableció
en
el
capítulo
XIl
artículos
76
y
78
que
los
registros
de
personería
jurídica,
inscripción
de
estatutos,
nombramientos
de
dignatarios
y
registro
de
los
organismos
comunales,
se
realizarán
ante
las
entidades
que
ejercen
inspección,
vigilancia
y
control.
Que
de
conformidad
con
lo
señalado
en
los
artículo
33
y
36
de
la
Ley
2166
de
2021,
el
periodo
de
los
directivos
y
dignatarios
de
los
organismos
de
acción
comunal
es
el
mismo
de
las
corporaciones
públicas
de
orden
nacional
y
territorial
y
la
fecha
de
elección
de
dignatarios
a
partir
del
2021
se
llevará
a
cabo
un
año
antes
de
las
elecciones
de
corporaciones
públicas
territoriales
en
las
siguientes
fechas:
“a)
Junta
de
acción
comunal
y
juntas
de
vivienda
comunitaria,
el
último
domingo
del
mes
de
abril
y
su
período
inicia
el
primero
de
julio
del
mismo
año;
b)
Asociaciones
de
juntas
de
acción
comunal,
el
último
domingo
del
mes
de
julio
y
su
período
inicia
el
primero
de
septiembre
del
mismo
año”
Que
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
numeral
3
del
artículo
25
del
Decreto
Departamental
0323
de
2019
y
Resolución
Departamental
N”
0409
del
19
de
junio
de
2015,
artículo
primero
numeral
12.1
modificada
por
la
Resolución
N*
0274
de
16
de
diciembre
de
2019,
en
concordancia
con
el
artículo
76
numeral
5
de
la
Ley
2166
de
2021
y
Decreto
Nacional
1066
de
2015,
es
competencia
de
la
Secretaría
de
Gobierno,
Convivencia
y
Seguridad
Ciudadana,
registrar
los
dignatarios
de
los
organismos
comunales
de
primero
y
segundo
grado
en
el
departamento
de
Casanare.
Carrera
20
+
8
-
02,
CAD,
Postal
850001-
Tel.
098
633
4617
,
Ext
1443,
Yopal-Casanare
Www.casanare.gov.co
obierno(Mcasanare.gov.cóN

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