RESOLUCIÓN N° 02438 de la Gaceta Ambiental ANLA, 31-12-2021 - Normativa - VLEX 882144878

RESOLUCIÓN N° 02438 de la Gaceta Ambiental ANLA, 31-12-2021

Fecha31 Diciembre 2021
Fecha de publicación18 Enero 2022
Número de resolución02438
Número de expedienteLAM1282
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 02438
( 31 de diciembre de 2021 )
“Por la cual se actualiza el Plan de Gestión Social de los Campos Cusiana, Cupiagua y Recetor”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES –
ANLA
En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 2011, el
Decreto 1076 de 2015, la Resolución 1690 del 6 de septiembre de 2018, el Decreto 376 de 11 de
marzo de 2020, las Resoluciones 1690 del 6 de septiembre de 2018 del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible y 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la ANLA, y
CONSIDERANDO
Que la sociedad ECOPETROL S.A., mediante radicado ANLA 2020035295-1-000 del 5 de marzo de
2020 presentó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, solicitud de actualización
del Plan de Gestión Social Integrado – PGSI para revisión, evaluación y aprobación, como una
estrategia que permite unificar las medidas de manejo como instrumento de control, seguimiento y
monitoreo del componente socioeconómico, de los Campos Cusiana, Cupiagua y Recetor, que
comprenden 66 expedientes abiertos en ANLA, de los cuales 54 se encuentran en fase de operación
y 12 en la fase de desmantelamiento y abandono; trámite abordado en el expediente LAM1282, aun
cuando la Sociedad en comento, presentó radicados independientes para cada expediente de los
citados Campos.
La sociedad Ecopetrol S.A., en el capítulo 1 generalidad del mencionado Plan, señala lo siguiente:
“actualmente hay algunos proyectos del Campo Cusiana que ya cuentan con plan de abandono
radicado y/o aprobado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), por lo cual la
gestión social en estas unidades territoriales se realiza de acuerdo con lo estipulado en los Planes de
Abando y fichas de gestión social aprobados por la Autoridad Ambiental”, los expedientes aludidos
son: LAM0046 (solamente pozos Buenos Aires B y C), LAM0047, LAM0225, LAM0298, LAM0388,
LAM0424, LAM0684, LAM0759, LAM0794, LAM1001, LAM1176, LAM1647 y LAM1896.
A partir de la anterior aclaración, se infiere que el PGSI no aplicaría para los proyectos que están en
la fase de desmantelamiento y abandono, esta Autoridad considera pertinente precisar los expedientes
a los cuales aplicaría la presente actualización del PGSI, a saber: LAM0017, LAM0026, LAM0045,
LAM0046, LAM0049, LAM0068, LAM0109, LAM0133, LAM0134, LAM0135, LAM0216, LAM0248,
LAM0370, LAM0376, LAM0443, LAM0444, LAM0524, LAM0532, LAM0668, LAM0685, LAM0690,
LAM0691, LAM0706, LAM0722, LAM0944, LAM0965, LAM1006, LAM1019, LAM1124, LAM1125,
LAM1145, LAM1146, LAM1232, LAM1233, LAM1247, LAM1282, LAM1651, LAM1888, LAM1951,
LAM1960, LAM2017, LAM2032, LAM2049, LAM2068, LAM2130, LAM2345, LAM2495, LAM2512,
LAM2513, LAM2917, LAM2995, LAM3159, LAM3424, LAM4754.
Que esta Autoridad Nacional mediante radicado 2021070419-2-000 del 15 de abril de 2021, emitió
respuesta al radicado 2020035295-1-000 del 5 de marzo de 2020, en la cual se solicitó aclaraciones
Resolución No. 02438 Del 31 de diciembre de 2021 Hoja No. 2 de 83
“Por la cual se actualiza el Plan de Gestión Social de los Campos Cusiana, Cupiagua y
Recetor”
y ajustes respecto a la “Actualización del Plan de Gestión Social Integrado PGSI” presentada por la
sociedad Ecopetrol S.A., concediendo el término de un (1) mes para resolver las solicitudes.
Que la Sociedad Ecopetrol S.A. mediante la comunicación con radicación ANLA 2021096043-1-000
del 14 de mayo de 2021 solicitó prórroga por el término de seis (6) meses para dar respuesta a lo
solicitado por esta Autoridad Nacional mediante la comunicación 2021070419-2-000 del 15 de abril de
2021.
Que mediante la comunicación con radicación 2021119921-2-000 del 16 de junio de 2021 resolvió la
solicitud de prórroga realizada por Ecopetrol S.A. con radicación ANLA 2021096043-1-000 del 14 de
mayo de 2021 indicando que en consideración a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2015,
sustituido en el artículo primero de la Ley 1755 de 2015, se concede prórroga por un término igual al
concedido inicialmente, correspondiente a un (1) mes.
Que mediante comunicación con radicado 2021147332-1-000 del 19 de julio de 2021, la sociedad
Ecopetrol S.A., presentó respuesta a las aclaraciones y ajustes solicitados por esta Autoridad Nacional
mediante el radicado 2021070419-2-000 del 15 de abril de 2021.
Que esta Autoridad Nacional a través de concepto técnico 7253 del 18 de noviembre de 2021, efectuó
el análisis técnico, así como la evaluación vía seguimiento de la documentación técnica presentada
por la sociedad Ecopetrol S.A., en el marco del trámite de Actualización del Plan de Gestión Social
Integrado – PGSI, para los Campos Cusiana, Cupiagua y Recetor.
ANTECEDENTES
LAM0017 Construcción y operación del área de pozos múltiples Cusiana R y Cusiana V
Que mediante la Resolución 617 del 29 de diciembre de 1994, el entonces Ministerio del Medio
Ambiente hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante el Ministerio, otorgó
Licencia Ambiental Ordinaria a la sociedad BP EXPLORATION COMPANY (COLOMBIA) LTDA.
(BPXC), para el proyecto “Construcción y Operación del Área de Pozos Múltiples denominados
Cusiana R y Cusiana V”.
Que mediante el artículo tercero del Auto 3713 del 18 de diciembre de 2008, se acepta la actualización
del Plan de Gestión Social -PGSI-, correspondiente al Expediente LAM0017.
Que por medio Resolución 1796 del 6 de septiembre de 2011, el Ministerio, aceptó el cambio de razón
social de BP EXPLORATION COMPANY (COLOMBIA) LTD. (BPXC) por el de EQUION ENERGÍA
LIMITED.
Que mediante Resolución 1373 del 15 de noviembre de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, autorizó la cesión total de los derechos y obligaciones originados y derivados de la
Licencia Ambiental Ordinaria otorgada mediante Resolución 617 de 29 de diciembre de 1994 de la
sociedad EQUION ENERGÍA LIMITED a favor de la sociedad ECOPETROL S.A.
Que mediante radicado 2020035181-1-000 del 5 de marzo de 2020, la sociedad Ecopetrol S.A.,
presentó a esta Autoridad, la actualización del Plan de Gestión Social Integrado – PGSI.
LAM0026 Construcción y operación de los pozos exploratorios Cupiagua L O B2 y Cupiagua C
Que mediante Resolución 205 del 1 de abril de 1993, el entonces Instituto Nacional de los Recursos
Naturales Renovables y del Ambiente - INDERENA, otorgó licencia ambiental a la sociedad BP
EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LTD., para el proyecto “Construcción y operación de los
Resolución No. 02438 Del 31 de diciembre de 2021 Hoja No. 3 de 83
“Por la cual se actualiza el Plan de Gestión Social de los Campos Cusiana, Cupiagua y
Recetor”
pozos exploratorios CUPIAGUA L y CUPIAGUA J”, ubicado en el municipio de Aguazul, departamento
de Casanare.
Que a través de Resolución 064 del 5 de abril de 1993, el INDERENA regional Boyacá-Casanare,
otorgó concesión de aguas a la sociedad BP EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LTD., para el
proyecto “Construcción y operación de los pozos exploratorios CUPIAGUA L y CUPIAGUA J”.
Que mediante Resolución 0053 del 15 de abril de 1994, el Ministerio del Medio Ambiente, actual
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante el Ministerio), otorgó autorización para la
utilización de lodos base aceite en los pozos Cupiagua-L y Cupiagua-J, a la sociedad BP
EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LTD., para el proyecto “Construcción y operación de los
pozos exploratorios CUPIAGUA L y CUPIAGUA J”.
Que a través de Resolución 0287 del 8 de septiembre de 1994, el Ministerio, modificó parcialmente la
Licencia Ambiental otorgada a la sociedad BP EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LTD., a través
de la Resolución 205 del 1 de abril de 1993, en el sentido de reubicar la perforación a cincuenta (50)
metros del sitio donde se perforaba inicialmente, pero dentro de la misma locación.
Mediante el artículo tercero del Auto 3749 del 22 de diciembre de 2008, se acepta la actualización del
Plan de Gestión Social -PGSI-, correspondiente al Expediente LAM0026.
Que mediante Resolución 1902 del 30 de septiembre de 2010, el Ministerio, autorizó la cesión de la
licencia ordinaria expedida mediante Resolución 205 del 1 de abril de 1993 de BP EXPLORATION
COMPANY COLOMBIA LTD., a ECOPETROL S.A.
Que a través de Resolución 2301 del 19 de noviembre de 2010 se modificó el artículo cuarto de la
Resolución 1902 del 30 de septiembre de 2010.
Que mediante radicado 2020035407-1-000 del 5 de marzo de 2020, la sociedad Ecopetrol S.A.,
presentó a esta Autoridad, la actualización del Plan de Gestión Social Integrado – PGSI.
LAM0045 Construcción de instalaciones y perforación exploratoria del pozo Buenos Aires Y e
inyector de gas
Que mediante Resolución 34 del 25 de marzo de 1994, el entonces Ministerio del Medio Ambiente,
hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante el Ministerio, otorgó Licencia
Ambiental ordinaria a la sociedad BRITISH PETROLEUM EXPLORATION COMPANY COLOMBIA
LTD - BPXC para adelantar la construcción de las instalaciones y la perforación exploratoria de los
Pozos Múltiples Buenos Aires Y e Inyector de Gas para el proyecto, los cuales se localizan en el
municipio de Tauramena, departamento de Casanare.
Que por medio de Resolución 442 del 10 de mayo de 1995, el Ministerio, modificó la Resolución 34
de 1994, en el sentido de "Manifestar que la licencia ambiental otorgada al Pozo Múltiple Buenos Aires
Y como pozo productor de crudo y no como inyector de gas”, de acuerdo con la solicitud de
modificación hecha por la sociedad.
Mediante el artículo noveno del Auto 3723 del 19 de diciembre de 2008, se acepta la actualización del
Plan de Gestión Social -PGSI-, correspondiente al Expediente LAM0045.
Que a través de la Resolución 12 del 2 de enero de 2017, se autorizó la cesión total de los derechos
y obligaciones derivadas de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución 34 del 25 de marzo
de 1994, a favor de la sociedad ECOPETROL S.A., identificada con NIT 899999068-1.

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