Resolución N° 02584 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-10-2022 - Normativa - VLEX 913538690

Resolución N° 02584 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-10-2022

Número de resolución02584
Fecha de publicación31 Octubre 2022
Fecha26 Octubre 2022
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 02584
( 26 de octubre de 2022 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
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www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se otorga una licencia ambiental y se adoptan otras determinaciones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, en el Decreto-Ley 3573 de
2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, en los Decretos 1076 de 2015, las
Resoluciones 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la ANLA y 1223 del 19 de septiembre
de 2022 del MADS, y,
CONSIDERANDO QUE:
La Agencia Nacional de Infraestructura ANI, mediante comunicación con número de
radicado 4120-E1-12012 del 11 de marzo de 2014, solicitó a esta Autoridad Nacional
pronunciamiento sobre la necesidad de presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas –
(DAA) para la “Construcción de la variante del municipio de Socorro Departamento de
Santander”, cuyo trámite se surtió en el expediente NDA0956.
En respuesta a la anterior solicitud, con el oficio ANLA 41211-E2-12012 del 6 de mayo del
2014, esta Autoridad Nacional informó a la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI que
el proyecto mencionado no requiere de la presentación de diagnóstico ambiental de
alternativas.
El Instituto Nacional de Vías1, INVIAS, solicitó Licencia Ambiental para la “Construcción de
la variante del municipio de Socorro Departamento de Santander”. Asimismo, presentó la
siguiente documentación en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo
2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 de 2015:
1. Formato Único de Solicitud de Licencia Ambiental.
2. Copia del Decreto 1564 del 14 de agosto del 2018, mediante el cual se nombró
director general del Instituto Nacional de Vías, INVIAS, al doctor Juan Esteban Gil
Chavarría.
3. Resolución 1475 del 6 de julio de 2020 y Acta de posesión 52 del 9 de julio del 2020,
mediante la cual se nombró a la doctora Beatriz Helena García en calidad de Jefe
de la Oficina Asesora Jurídica del INVIAS.
4. Poder especial otorgado al Doctor Jesús Antonio Sánchez Gómez.
1 Identificado con NIT 800.215.807-2, a través del doctor Jesús Antonio Sánchez Gómez, en su calidad de apoderado especial
del INVIAS, según el poder otorgado por la doctora Beatriz Helena García Guzmán en calidad de Jefe de la Oficina Asesora
Jurídica, conforme lo establecido en la Resolución INVIAS 1475 del 06 de julio del 2020 y acta de posesión 000052 del 09 de
julio de 2020, mediante comunicación con radicación en la ANLA 2021276602-1-000 del 20 de diciembre de 2021 y número
VITAL 0200080021580721006.
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“Por la cual se otorga una licencia ambiental y se adoptan otras determinaciones”
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5. Constancia de pago a FONAM-ANLA, por concepto de pago de servicio de
evaluación realizado para la vigencia de 2020 y por concepto de reliquidación para
la vigencia 2021.
6. Copia de las constancias de pago realizadas para la vigencia 2021 a la Corporación
Autónoma Regional de Santander, CAS.
7. Copia de la constancia del radicado 80.30.19694.2021 de fecha 11 de noviembre
del 2021 del estudio de impacto ambiental para el proyecto “ESTUDIO DE IMPACTO
AMBIENTAL (EIA) Y ESTUDIO PREDIAL PARA LA VARIANTE SOCORRO”, ante
la Corporación Autónoma Regional de Santander, CAS.
8. Registro Único Tributario del Instituto Nacional de Vías, INVIAS.
9. Copia de la Resolución 01403 del 16 de julio de 2019, por la cual se otorgó Permiso
de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
10. Copia de la Resolución número 981 del 23 de noviembre del 2021 proferida por el
Instituto Colombiano de Antropología e Historia – ICANH, por la cual se aprobó el
registro del Programa de Arqueología Preventiva para el Proyecto Construcción de
la variante Socorro en el departamento de Santander.
11. Copia de la Resolución número ST- 656 del 30 de agosto del 2020 expedida por la
Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior,
“Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para
proyectos, obras o actividades”, la cual, certificó:
“(…) PRIMERO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Indígenas, para
el proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE DE EL SOCORRO”, localizado en
jurisdicción del municipio de Socorro, en el departamento de Santander, identificado con
las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto administrativo.
SEGUNDO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Negras,
Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, para el proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA
VARIANTE DE EL SOCORRO”, localizado en jurisdicción del municipio de Socorro, en
el departamento de Santander, identificado con las coordenadas referidas en la parte
considerativa del presente acto administrativo.
TERCERO. Que no procede la consulta previa con Comunidades Rom, para el
proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE DE EL SOCORRO”, localizado en
jurisdicción del municipio de Socorro, en el departamento de Santander, identificado con
las coordenadas referidas en la parte considerativa del presente acto administrativo.
CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente resolución aplica
específicamente para las características técnicas y coordenadas relacionadas y
entregadas por el solicitante mediante el oficio con radicado externo EXTMI2020-24348
del 23 de julio de 2020 para el proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE DE EL
SOCORRO”, localizado en jurisdicción del municipio de Socorro, en el departamento de
Santander. (…)
Por medio del Auto 6 del 5 de enero de 2022, esta Autoridad Nacional, dispuso iniciar a
nombre del Instituto Nacional de Vías, INVIAS, el trámite administrativo de solicitud de
Licencia Ambiental para el desarrollo del proyecto ya mencionado, acto administrativo
comunicado a dicha entidad por correo electrónico el 11 de enero de 2022 y publicado en
la Gaceta de la ANLA el 6 de enero de 2022.
A través del oficio con radicación en la ANLA 2022009468-2-000 del 25 de enero de 2022,
esta Autoridad Nacional solicitó la reliquidación por concepto del servicio de evaluación, en
razón a la necesidad que la visita del proyecto sea atendida por cuatro profesionales.
Resolución No. 02584 Del 26 de octubre de 2022 Hoja No. 3 de 260
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En virtud de lo anterior, mediante el Auto 401 del 2 de febrero de 2022, esta Autoridad
Nacional suspendió los términos de la actuación administrativa iniciada mediante Auto 6 del
5 de enero de 2022 desde el 1º de febrero de 2022, en atención a que, de acuerdo con la
solicitud de la ANLA de que se efectuara la reliquidación del servicio de evaluación, el
INVIAS debía adelantar gestiones internas para realizar el respectivo pago.
El Instituto Nacional de Vías, INVIAS, mediante comunicación 2022066573-1-000 del 7 de
abril de 2022 radicó ante la ANLA el registro documental con el respectivo pago de la
reliquidación por el servicio de evaluación.
En atención a la reactivación del trámite de evaluación, esta Autoridad informó previamente
las fechas de la visita de evaluación de la solicitud de Licencia Ambiental al área del
mencionado proyecto, diligencia que se practicaría los días 2 y 3 de mayo de 2022, de la
siguiente manera:
Mediante oficio con radicación ANLA 2022079706-2-000 del 27 de abril de 2022 al
Instituto Nacional de Vías, INVIAS.
Mediante oficio con radicación 2022079736-2-000 del 27 de abril de 2022 a la
Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS.
Mediante oficio con radicación 2022079723-2-000 del 27 de abril de 2022 a la
Alcaldía Municipal de Socorro, departamento de Santander.
Por su parte el equipo técnico evaluador de esta Autoridad Nacional adelantó la visita
presencial entre los días 2 y 3 de mayo de 2022 al área del proyecto.
Mediante oficios 2022086354-2-000 y 2022086359-2-000 del 5 de mayo de 2022, esta
Autoridad Nacional convocó al Instituto Nacional de Vías, INVIAS y a la Corporación
Autónoma Regional de Santander CAS, respectivamente, a la reunión de información
adicional en modalidad virtual para realizarse el 10 de mayo de 2022, dentro del trámite de
solicitud de licencia ambiental iniciado mediante Auto 6 del 5 de enero de 2022.
El Instituto Nacional de Vías, INVIAS, mediante oficio con número de radicado ANLA
2022090133-1-000 del 10 de mayo de 2022 solicitó a esta Autoridad Nacional el
aplazamiento de la reunión de información adicional argumentando que no tuvo el tiempo
suficiente para convocar a todo el personal técnico para que les fuera posible asistir a la
reunión precitada.
En virtud de lo expuesto, mediante oficios ANLA 2022091352-2-000 y 2022091359-2-000
del 11 de mayo de 2022, esta Autoridad informó tanto al Instituto Nacional de Vías, INVIAS,
como a la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS, la reprogramación de la
reunión de información adicional para el 16 de mayo de 2022.
El día 16 de mayo de 2022 se llevó a cabo a través del aplicativo Microsoft Teams en la
modalidad virtual, la reunión de información adicional prevista en el numeral segundo del
artículo 2.2.2.3.6.3. del Decreto 1076 de 2015, por medio de la cual se requirió información
al Instituto Nacional de Vías, INVIAS, con la finalidad de ajustar el Estudio de Impacto
Ambiental – EIA, para que fuera remitida en el término de un (1) mes. Dichos requerimientos
fueron notificados en estrados y quedaron consignados en el Acta 44 de 2022.
Por medio de la comunicación con número de radicado 2022113549-1-000 del 6 de junio
de 2022, el Instituto Nacional de Vías, INVIAS solicitó prórroga de un (1) mes para la
presentación de la información adicional registrada a través del Acta 44 de 2022, con
fundamento en lo expuesto en el inciso sexto del numeral segundo del artículo 2.2.2.3.6.3
del Decreto 1076 de 2015.
Mediante oficio ANLA 2022115800-2-000 del 8 de junio de 2022, esta Autoridad Nacional
concedió una prórroga adicional de un (1) mes para la presentación de la información
adicional requerida mediante Acta 44 de 2022.

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