Resolución N° 0259 de la Gobernación del Casanare, 22-02-2024 - Normativa - VLEX 1027961747

Resolución N° 0259 de la Gobernación del Casanare, 22-02-2024

Año2024
Número de resolución0259
Fecha22 Febrero 2024
EmisorSecretaría de Salud
RESOLUCIÓN
No.
()
2
5
9
-oe
22
FEB
2024
“Por
la
cual
se
concede
incapacidad
laboral
por
enfermedad
general”
800.15.15
LA
SECRETARIA
DE
SALUD
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
facultades
legales
y
en
especial
las
conferidas
mediante
la
Resolución
205
del
9
de
noviembre
de
2023
y,
CONSIDERANDO:
Que
el
funcionario
BALMES
ENRIQUE
TAMAYO
RODRIGUEZ,
identificado
con
cedula
de
ciudadanía
número
19409573
expedida
en
Bogotá,
se
encuentra
nombrado
en
la
Planta
Global
de
Personal
de
la
Administración
Central
del
Departamento
de
Casanare,
desde
el
día
13
de
abril
de
1994,
en
el
empleo
de
Profesional
Especializado
Código
222
Grado
08
adscrito
a
DESPACHO
de
la
Secretaría
de
Salud
Departamental.
Que
el
día
23 de
febrero
de
2024
se
radico
en
la
Dirección
de
Talento
Humano,
incapacidad
medica
de
fecha
22
de
febrero
de
2024
emitida
por
Clínica
Colsanitas
SA,
en
la
cual
se
refiere
al
señor
BALMES
ENRIQUE
TAMAYO
RODRIGUEZ
con
incapacidad
por
el
término
de
Treinta
(30)
días
contados
a
partir
del
día
22
de
febrero
de
2024
hasta
el
día
22 de
marzo
del
2024.
Que
el
2012,
Art.
121
inciso
final
indica
que
“(...)
Para
efectos
laborales,
será
obligación
de
los
afiliados
informar
al
empleador
sobre
la
expedición
de
una
incapacidad
o
licencia”,
por
consiguiente,
es
evidente
la
obligación
del
empleado
incapacitado
de
reportar
el
respectivo
certificado
que
acredita
tal
incapacidad.
En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO
1*.
Conceder
incapacidad
al
funcionario
BALMES
ENRIQUE
TAMAYO
RODRIGUEZ,
identificado
con
cedula
de
ciudadanía
número
19409573
expedida
en
Bogotá,
Profesional
Especializado
Código
222
Grado
08
adscrito
a
DESPACHO
de
la
Secretaría
de
Salud
Departamental.
A partir
del
día
22
de
febrero
de
2024
hasta
el
día
22
de
marzo
del
2024,
debe
reintegrarse
a
sus
labores
el
día
01
de
abril
del
2024.
ARTÍCULO
2”.
La
presente
Resolución
rige
a
partir
de
la
fecha
de
su
expedición.
COMUNIQUESE
Y
CUMPLASE
Reviso:
Luis
Fredy
Martínez
Montaño
/Director
Adminigtrativo
y
Financiero.
Proyectó:
Ceila
Elena
Gutiérrez
Oropeza
/
Profesional
Universitari
Elaboró:
Natalia
Melissa
Tarazona
Caro
/
Técnico
AdmMinistrativ;
Carrera
21
No.
8-32
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6356565,
Ext.
121,
Yopal,
Casanare
www.salud(Ocasanare.gov.co
-
salud.talentohumano(Ocasanare.gov.co

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