Resolución N° 0259 de la Gobernación del Casanare, 21-02-2023 - Normativa - VLEX 929039346

Resolución N° 0259 de la Gobernación del Casanare, 21-02-2023

Número de resolución0259
Año2023
Fecha21 Febrero 2023
EmisorSecretaría de Salud
REesoLUCIÓN
No.
0259,
21
FEB
202
“Por
la
cual
se
modifica
el
artículo
1
y
2
de
la
Resolución
No.
0341
del
11
de
marzo
de
2020,
“Por
medio
de
la
cual
se
otorga
Licencia
de
Practica
Medica
Categoría
ll
para
operación
de
equipo
emisor
de
radiación
¡onizante
a
la
Clínica
Nieves
Clínica
Vascular
de
Casanare
SAS”
800
15
15
LA
SECRETARÍA
DE
SALUD
En
uso
de
sus
facultades
constitucionales
y
legales
y
especialmente
las
conferidas
Por
el
Artículo
43
de
la
Ley
9
de
1979,
la
Ley
715
de
2001,
el
Artículo
23
del
Decreto
780
de
2016,
el
Decreto
0074
de
2021
y
el
Artículo
19
de
la
Resolución
No.
482
de
2018,
CONSIDERANDO
Que
de
conformidad
con
lo
preceptuado
en
la
Ley
9
de
1979
“Por
la
cual
se
dictan
medidas
sanitarias”
dispuso
en
el
artículo
151
que
toda
persona
que
posea
o
use
equipos
de
materiales
productores
de
radiación
¡onizante
deberá
tener
licencia
expedida
por
el
Ministerio
de
Salud
y
de
la
Protección
social.
Que
mediante
el
Artículo
19
de
la
Resolución
No.482
de
2018,
los
prestadores
de
servicios
de
salud
interesados
en
realizar
una
práctica
médica
que
haga
uso
de
equipos
generadores
de
radiación
¡onizante,
móviles
o
fijos,
deberán
solicitar
licencia
de
práctica
médica
ante
la
entidad
territorial
de
salud
de
carácter
departamental
o
distrital
de
la
jurisdicción
en
la
que
se
encuentre
la
respectiva
instalación.
Que
mediante
la
Resolución
No.
0341
del
11
de
marzo
de
2020,
expedida
por
la
Secretaría
de
Salud
se
otorga
a
Clínica
Vascular
de
Casanare
SAS,
representada
legalmente
por
Claudia
Marcela
Montealegre
Galeano
identificada
con
cedula
de
ciudadanía
N”
1.049.609.320
expedida
en
Armenia
Quindío,
Licencia
de
Práctica
médica
categoría
Il,
al
equipo
de
rayos
X
Arco
en
C,
para
prestar
el
servicio
de
toma
de
imágenes
diagnosticas
en
los
servicios
asistenciales.
Que
en
la
fecha
20 de
diciembre
de
2022,
el
señor
Obed
Daniel
Leal
Sanabria
identificado
con
cédula
de
ciudadanía
No.
1.118.564.328
expedida
en
Yopal
(Casanare),
a
través
de
Certificado
de
Existencia
y
Representación
Legal
de
la
Cámara
de
Comercio
de
Casanare,
acreditó
su
Representación
Legal
de
la
Clínica
Nieves
Clínica
Vascular
de
Casanare
SAS,
(antes
Clínica
Vascular
de
Casanare
S.A.S.)
ubicado
en
la
Carrera
21
No.
35
-
68, del
Municipio
de
Yopal
(Casanare),
presentando
solicitud
de
novedades
para
cambio
de
razón
social,
cambio
de
representante
legal
e
inclusión
de
personal
ocupacionalmente
expuestos
para
operar
el
equipo
Rayos
X
Arco
en
C
en
la
entidad
mencionada.
Que
en
la
anterior
solicitud
se
requirió
por
parte
del
representante
legal,
inclusión
de
nuevo
personal
responsable
autorizado,
el
cual
acreditó
su
perfil
para
operar
el
equipo
RX
Arco
en
C,
el
cual
se
menciona
a
continuación:
NOMBRE
Y
APELLIDOS
|
IDENTIFICACIÓN
NIVEL
ACADEMICO
N*
REGISTRO
DE
PROFESION
(ReTHUS)
Angie
Yurany
Bacca
1.118.572.881
Técnico
Auxiliar
en
Enfermería
520
-
2018/04/25.
Correa
Claudia
Patricia
Vega
47.436.955
Profesional
Instrumentación
1300
-
2001/08/24.
Carrera
21
N*
8-32,
Tel.
635
6565/66
Ext.
132-211,
Yopal,
Casapare.,
1
de
3
salud.publi
asanare.
a

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