Resolución N° 0268 de la Gobernación del Casanare, 02-11-2022 - Normativa - VLEX 914133739

Resolución N° 0268 de la Gobernación del Casanare, 02-11-2022

Número de resolución0268
Año2022
Fecha02 Noviembre 2022
EmisorDespacho del Gobernador
C
Gobernación
de
are
NIT:892099216-6
RESOLUCION
No.
0268
DE
FECHA
02/11/2022
“POR
MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
AUTORIZA
LA
CELEBRACIÓN
DE UN
CONTRATO
DE
COMODATO
CON
ENTIDAD
SIN
ANIMO
DE
LUCRO
DE
RECONOCIDA
IDONEIDAD”
100.15.15
EL
GOBERNADOR
(E)
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE,
En
uso
de
sus
atribuciones
conferidas
en
el
2017,
y
CONSIDERANDO:
Que
la
en
su
artículo
209,
dispone:
“La
función
administrativa
está
al
servicio
de
los
intereses
generales
y
se
desarrolla
con
fundamento
en
los
principios
de
igualdad,
moralidad,
eficacia,
economía,
celeridad,
imparcialidad
y
publicidad,
mediante
la
descentralización,
la
delegación
y la
desconcentración
de
funciones.
Las
autoridades
administrativas
deben
coordinar
sus
actuaciones
para
el
adecuado
cumplimiento
de
los
fines
del
Estado”.
Que
el
artículo
298
de
la
consagra
que
los
Departamentos
ejercen
funciones
administrativas
de
coordinación
y
complementariedad
de
la
acción
Municipal,
de
intermediación
entre
la
Nación
y
los
Municipios
y
de
prestación
de
los
servicios
que
determine
la
constitución
y
la
ley.
Que
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
numeral
2
del
artículo
305
de
la
corresponde
al
Gobernador
dirigir
y
coordinar
la
acción
administrativa
del
Departamento
y
actuar
en
su
nombre
como
ges:or
y
promotor
del
desarrollo
integral de
su territorio,
de
conformidad
con
la
Constitución
y
la
ley.
Que
el
inciso
segundo
del
artículo
355
estableció
que
el
Gobierno
Departamental
podrá,
con
recursos
del
respectivo
presupuesto,
celebrar
convenios
con
entidades
privadas
sin
ánimo
de
lucro
y
de
reconocida
idoneidad
con
el
fin
de
impulsar
programas
y
actividades
de
interés
público
acordes
con
el
plan
seccional
de
desarrollo.
Que
el
Gobierno
Nacional
reglamentó
la
celebración
de
los
contratos
con
entidades
privadas
sin
ánimo
de
lucro
a
que
se
refiere
el
inciso
segundo
del
artículo
355
de
la
mediante
el
Que
el
artículo
2”
de
la
señala
que:
"Son
fines
esenciales
del
Estado:
servir
a
la
comunidad,
promover
la
prosperidad
general
y
garantizar
la
efectividad
de
los
principios,
derechos
y
deberes
consagrados
en
la
Constitución;
"Que
el
mismo
artículo
en
su
inciso
final
estipula:
"Las
autoridades
de
la
República
están
instituidas
para
proteger
a
todas
las
personas
residentes
en
Colombia,
en
su
vida,
honra,
bienes,
creencias,
y
demás
derechos
y
libertades,
y
para
asegurar
el
cumplimiento
de
los
deberes
sociales
del
Estado
y
de
los
particulares."
Que
el
artículo
355
de
la
reza:
"Ninguna
de
las
ramas
u
órganos
del
poder
público
podrá
decretar
auxilios
o
donaciones
en
favor
de
personas
naturales
o
juridicas
de
derecho
Carrera
20
No.
8
-
02
Piso
7
torre A
,Cod.
Postal
850001,
Tel.
6336339
Ext
1701-1702,
Yopal,
Casanare
Q
www.casanare.qov.co
-
despacho(Dcasanare.gov.co

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