Resolución N° 0273 de la Gobernación del Casanare, 29-04-2015 - Normativa - VLEX 876356603

Resolución N° 0273 de la Gobernación del Casanare, 29-04-2015

Número de resolución0273
Año2015
Fecha29 Abril 2015
Tipo de documentoResoluciones
GOBERNACION
DE CASANARE
NIT 892099216-6
100 48
RESOLUCION No
0 2 7 3
DE 2015
Por la cual se resuelve recurs° de apelacion contra el auto que decreta pruebas del 12 de diciembre
de 2014 dentro del expediente N° 1166-2011
-
El Gobernador de Casanare, en use de sus facultades legales y.
CONSIDERANDO
Que el 14 de septiembre de 2011 se dio inicio a la investigacion disciplinaria en contra del senor MARTIN
DARIO DAZA FIGUEROA motivada por las reiteradas quejas de los alumnos del senor Daza Figueroa
en el Colegio Ezequiel Moreno y Diaz del municipio de Villanueva. Casanare. quejas dingidas al
Licenciado GIL ROBERTO ARDILA CARO. Rector de la I. E.. a la Coordinadora de Disciplina de la
misma instituciOn, FLORELBA CAMACHO SERRANO, y la Doctora FABIOLA QUINTERO MUN
-
OZ
psicoorientadora de la I.E., en las que manifestaron que al docente. senor DAZA FIGUEROA. se
le
habian entregado sumas de dinero para unos pupitres nuevos y libros de ingles y este entregb pupitres
usados y no habia rendido cuentas de los dineros: de igual forma exponian conductas inapropiadas y
morbosas hacia algunas de las alumnas menores.
Que el senor MARTIN DARIO DAZA FIGUEROA fue nombrado en periodo de prueba dentro del sistema
de carrera docente mediante Resolucion N° 1392 del primero de junio 2010, yen propiedad dentro de la
planta global de personal docente y directivo docente del Departamento de Casanare a traves de
Resolucion N° 0573 de 2011 y posesionado el 24 de febrero de 2011.
Que mediante Despacho Comisorio N° 022-2014 del 31 de enero de 2014. la Oficina de Control
Disciplinario Intern° solicit° colaboraciOn al Institute Colombiano de Bienestar Familiar de Villanueva
Casanare para que con las previsiones de la Ley de Infancia y Adolescencia se recibieran los testimonios
de las menores YURI YISNETH RUIZ URREGO. NEVIS ROXANNA VELNADI, SANDY YINETH PENA
BENITEZ, SHAROL VANNESA LOPEZ y VALENTINA ROJAS VARGAS,
Que mediante officio N° 85 40010300 27 000194 del 12 de febrero de 2014 la Doctora BLANCA DILMA
GARZON DE CUESTA en calidad de Defensora de Familia del Institute Colombiano de Bienestar
Familiar — Centro Zonal Villanueva retorno las diligencias practicadas.
Que mediante auto de la Oficina de Control Disciplinario Interno del Gobernacibn de Casanare, profirid el
cierre de la investigacion disciplinaria, notificada por estado y ejecutoriada sin recursos.
Que el 31 de octubre de 2014 la Oficina de Control Disciplinario Interno del Gobernacien de Casanare
profirib auto de cargos disciplinarios en contra del senor MARTIN DARIO DAZA FIGUEROA notificado
personalmente al investigado el dia 21 de noviembre de 2014.
Que el dia 05 de diciembre de 2014, dentro de los terminos legales. el investigado present° escrito de
descargos en el que solicito. entre otras, la practica de una prueba pericial con valoracion por psiquiatria
forense para las menores YURI YISNETH RUIZ URREGO. NEVIS ROXANNA VELNADI. SANDY
YINETH PENA BENITEZ. SHAROL VANNESA LOPEZ y VALENTINA ROJAS VARGAS con el fin de
"revisar" la veracidad de sus testimonios y si las menores fueron influenciadas en ellos. aduciendo que
"por ser menores de edad. generan una serie de dudas. por demas razonadas. que no pueden set
tenidas en cuenta come medios de conviccion"
y sostiene que toda la acusacibn se trata de '
una intriga
armada por algunas estudiantes y algunos Directivos de la InstituciOn COLEGIO EZEQUIEL MORENO Y
DIAZ DE VILLANUEVA — CASANARE. dentro de los que se encoentra la Dra. FABIOLA QUINTERO
MUNOZ. Psicoorientadora de la Institucion
-
por quien dice sentirse intimidado
Que el 12 de diciembre de 2014 la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Gobernacibn de
Casanare profiria auto en el que se decretan las pruebas documentales y testimonios solicitados. y se
niega la practica de la prueba pericial, el cual fue notificado personalmente al investigado el 19 de
Carrera 19 N" 6-100. Cod Postal 850001, Tel 6358371, Ext 135.136.109. Yopal Casanare
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- despacho@casanare gov co

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