Resolución N° 02776 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-11-2022 - Normativa - VLEX 919140933

Resolución N° 02776 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-11-2022

Número de resolución02776
Fecha de publicación19 Enero 2023
Fecha23 Noviembre 2022
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 02776
( 23 de noviembre de 2022 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN MONTO DE LA LIQUIDACIÓN PARCIAL DE LA INVERSIÓN
FORZOSA DE NO MENOS DEL 1% Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”
EL ASESOR CÓDIGO 1020 GRADO 15 DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades legales establecidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de
septiembre de 2011, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, el Decreto 376 del 11 de marzo de
2020, la Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADS), las Resoluciones ANLA 423 del 12 de marzo de 2020, 918 del 27 de mayo de
2021 y la Resolución 669 del 14 de abril de 2020, expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 303 del 31 de marzo de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, (en adelante la Autoridad Nacional), otorgó Licencia Ambiental a la sociedad
PERENCO COLOMBIA LIMITED identificada con NIT. 860.032.463- 4, (en adelante la Sociedad) para
el proyecto “Área de Exploración 1 del Bloque Llanos 45”, localizado en jurisdicción de los Municipios
de Trinidad y San Luis de Palenque, en el Departamento de Casanare.
Que la Autoridad Nacional, mediante el Auto de control y seguimiento ambiental 3298 de 31 de julio
de 2017, impuso requerimientos, entre otros, para que se allegará la propuesta de compensación de
acuerdo con lo establecido en la ficha 14 del proyecto de recuperación asociado al recurso hídrico.
Que a través de la Resolución 0215 del 21 de febrero de 2018, la Autoridad Nacional, modificó el
artículo décimo noveno de la Resolución 303 de 31 de marzo de 2014, en el sentido de ampliar el
ámbito geográfico para realizar la inversión forzosa de no menos del 1%, a la zona hidrográfica del
Río Meta, de acuerdo con lo dispuesto en el 2.2.9.3.1.4. numeral b. del Decreto 2099 del 22 de
diciembre de 2016; adicionalmente aprobó como línea general de inversión, la “Acción de vigilancia
del recurso hídrico a través de la instrumentación y monitoreo de variables climatológicas e
hidrológicas con estaciones hidrometereológicas y/o con radares, según la tecnología que defina el
IDEAM”.
Que esta Autoridad Nacional mediante el Auto 5680 del 18 de septiembre de 2018, de seguimiento y
control ambiental al proyecto impuso algunos requerimientos.
Que esta Autoridad Nacional mediante el Auto 6405 del 22 de octubre de 2018, de seguimiento y
control ambiental al proyecto impuso algunos requerimientos.

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