Resolución Nº 0341 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, 12-04-2024 - Normativa - VLEX 1031493019

Resolución Nº 0341 de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, 12-04-2024

Número de resolución0341
Fecha12 Abril 2024
Año2024
REPUBLICA
DE
COLOMBIA
UNIDAD
NACIONAL
PARA
LA
GESTIÓN
DEL
RIESGO
DE
DESASTRES
RESOLUCIÓN
N°.
r 0
341
2
AB
R
2024)
"POR
MEDIO
DEL
CUAL
SE
JUSTIFICA
UNA
CONTRATACIÓN
DIRECTA"
EL
SECRETARIO
GENERAL
DE
LA
UNIDAD
NACIONAL
PARA
LA
GESTIÓN
DEL
RIESGO
DE
DESASTRES
Y
ORDENADOR
DEL
GASTO
DELEGADO
DE
LA
UNGRD
En
ejercicio
de
sus
facultades
legales
y
reglamentarias,
especialmente
de
las
conferidas
por
la
1993,
la
2007,
2015,
y
la
Resolución
320
y
acta
de
posesión
345
de
2024
y
actuando
en
ejercicio
de
sus
facultades
como
ordenador
del
gasto
de
la
UNGRD
bajo
la
Resolución
305
del
03
de
abril
2024
CONSIDERANDO
La
Unidad
Nacional
para
la
Gestión
del
Riesgo
de
Desastres
UNGRD,
es
una
Unidad
Administrativa
Especial
con
personería
jurídica,
autonomía
administrativa
y
financiera,
patrimonio
propio,
del
nivel
descentralizado,
de
la
Rama
Ejecutiva,
del
orden
nacional,
adscrita
al
Departamento
Administrativo
de
la
Presidencia
creada
por
el
2011.
De
conformidad
con
lo
preceptuado
por
el
artículo
4
de
la
precitada
norma,
son
funciones
de
la
Unidad
Nacional
para
la
Gestión
del
Riesgo
de
Desastres
las
siguientes:
"1.
Dirigir
y
coordinar
el
Sistema
Nacional
para
la
Prevención
y
Atención
de
Desastres
—SNPAD,
hacer
seguimiento
a
su
funcionamiento
y
efectuar
propuestas
para
su
mejora
en
los
niveles
nacional
y
territorial.
2.
Coordinar,
impulsar
y
fortalecer
capacidades
para
el
conocimiento
del
riesgo,
reducción
del
mismo
y
manejo
de
desastres,
y
su
articulación
con
los
procesos
de
desarrollo
en
los
ámbitos
nacional
y
territorial
del
Sistema
Nacional
para
la
Prevención
y
Atención
de
Desastres
—SNPAD.
3.
Proponer
y
articular
las
políticas,
estrategias,
planes,
programas,
proyectos
y
procedimientos
nacionales
de
gestión
del
riesgo
de
desastres,
en
el
marco
del
Sistema
Nacional
para
la
Prevención
y
Atención
de
Desastres
—SNPAD
y
actualizar
el
marco
normativo
y
los
instrumentos
de
gestión
del
SNPAD.
4.
Promover
la
articulación
con
otros
sistemas
administrativos,
tales
como
el
Sistema
Nacional
de
Planeación,
el
Sistema
Nacional
Ambiental,
el
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
y
el
Sistema
Nacional
de
Bomberos,
entre
otros,
en
los
temas
de
su
competencia.
5.
Formular
y
coordinar
la
ejecución
de
un
plan
nacional
para
la
gestión
del
riesgo
de
desastres,
realizar
el
seguimiento
y
evaluación
del
mismo.
6.
Orientar
y
apoyar
a
las
entidades
nacionales
y
territoriales
en
su
fortalecimiento
institucional
para
la
gestión
del
riesgo
de
desastres
y
asesorarlos
para
la
inclusión
de
la
política
de
gestión
del
riesgo
de
desastres
en
los
Planes
Territoriales.
7.
Promover
y
realizar
los
análisis,
estudios
e
investigaciones
en
materia
de
su
competencia.
8.
Prestar
el
apoyo
técnico,
informativo
y
educativo
que
requieran
los
miembros
del
Sistema
Nacional
para
la
Prevención
y
Atención
de
Desastres
—SNPAD.
9.
Gestionar,
con
la
Unidad
Presidencial
de
Cooperación
Internacional
de
Colombia,
la
consecución
de
recursos
para
fortalecer
la
implementación
de
las
políticas
de
gestión
del
riesgo
de
desastres
en
el
país.
10.
Administrar
y
mantener
en
funcionamiento
el
sistema
integrado
de,información
de
que
trata
el
artículo
del
Decreto
-ley
919
de
1989
o
del
que
hagákus
veces,
que
posibilite
avanzar
en
la
gestión
del
riesgo
de
desastres.

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